III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15084)
Resolución de 2 de agosto de 2021, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Consejo Insular de Mallorca, en materia de prevención y extinción de incendios, salvamento y protección civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 16 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 113476

l) La adopción de las medidas de protección del medio ambiente que requiera la
situación de emergencia.
m) La formación permanente del personal en el Consell de Mallorca de las zonas
de servicio del puerto de Alcúdia, así como en el Consell de Mallorca de sus riesgos, de
acuerdo con la actividad que se desarrolla y las mercancías que se manipulan o que se
almacenan.
n) La realización de todos los trabajos y tareas necesarios para mantener en estado
operativo el material cedido por la APB.
o) La realización habitual de actividades de prevención, inspección y supervisión de
la zona de servicio y de las instalaciones del puerto de Alcúdia.
El Consell de Mallorca, para el cumplimiento del Convenio, aportará todos los medios
personales y materiales que durante la vigencia del Convenio tengan los BdM, así como
todos aquellos que en una situación de emergencia pueda movilizar, y dispondrá de un
Grupo de Intervención organizado que actuará como Grupo de Intervención inmediata.
Igualmente, el Consell de Mallorca se compromete a que los BdM lleven a cabo
sesiones informativas específicas cuando así le sea solicitado para el personal de la
APB.
3.2 Compromisos de la APB. La APB facilitará en todo momento su colaboración en
las tareas que lleven a cabo los BdM y asesorará a la Dirección de BdM en todos los
aspectos que sean de su competencia.
La APB aportará efectivos humanos para el desarrollo de las actividades de
vigilancia en la zona de servicio del puerto de Alcúdia, según la disponibilidad de cada
momento.
La APB pondrá a disposición los medios del Centro de Control del puerto de Alcúdia,
dotado de un CCTV con una cobertura actual de la mayor parte de la zona de servicio
del puerto, y equipado con diferentes sistemas informáticos y de comunicación, a utilizar
exclusivamente por el personal de la APB.
Para la adecuada prestación, mantenimiento y disponibilidad del servicio, las partes
consideran necesario abordar, entre otros aspectos, la adquisición de material y un
programa de formación específica del personal perteneciente a BdM.
Tanto la adquisición de material como la propuesta, gestión y contratación de la
formación específica serán tratadas y aprobadas por la Comisión de Seguimiento (cuyas
funciones y atribuciones se detallan en la cláusula Cuarta).
Asimismo, dicha comisión determinará en cada momento si el abono será asumido
directamente por la APB o bien pondrá a disposición los fondos necesarios para que el
Consell de Mallorca (directamente o a través de BdM) lleve a cabo los abonos
correspondientes.
En cualquier caso, la aportación máxima de fondos por parte de la APB será de
acuerdo al siguiente desglose:
Año

Año primero.

70.000 euros.

Año segundo.

71.000 euros.

Año tercero.

72.000 euros.

Año cuarto.

73.000 euros.

Tal como se indica en el cuadro, la aportación máxima se incrementará en 1.000 €
(mil euros) cada año, incluyendo las posibles prórrogas a este Convenio que pudieran
acordarse.
Esta partida presupuestaria podrá compensarse entre dos periodos anuales
consecutivos si las necesidades formativas así lo requieren. De esta manera si en un
periodo anual no se gasta todo el importe disponible, el sobrante de ese periodo anual

cve: BOE-A-2021-15084
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