III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-15039)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad de Castilla y León, para el impulso y consolidación del Sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 113313

Por el contrario, el proceso de carga diaria permite utilizar todas las acciones que
aquí se detallan.
Alta de prestación. Se utilizará para dar de alta una nueva prestación en el sistema
por parte de una entidad externa. Se aportará por la entidad externa la información
referente a los datos personales (incluyendo como opcional el indicador de protección),
el domicilio de residencia y los datos de la prestación.
Validaciones a aplicar:
– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de Alta de prestación
vienen detallados en la tabla del apartado 4.2.8.
– Si la prestación ya se encuentra dada de alta en el sistema se rechazará.
– Si la persona perceptora de la prestación ya se encuentra en el sistema (mismo
IDENTIFICADOR) no se le dará de alta. Se asociará a la persona encontrada la nueva
prestación recibida siempre y cuando se detecte que se trata de la misma persona. Para
ello se aplicará el algoritmo de coincidencia del 80% de los datos personales (nombre y
apellidos). En el caso de que, aun siendo un identificador encontrado, no coincidan los
datos personales (menos del 80% de similitud) se devolverá error de identificación.
– No se admitirán movimientos de alta de prestación asociados a un identificador de
persona que previamente haya sido modificado a través de un movimiento de CAMBIO
DE IDENTIFICACION DE PERSONA (05). En estos casos, en el fichero de respuesta se
indicará el error 31034 (Referencia al identificativo antiguo en el movimiento) y se
devolverá a la entidad gestora a nivel informativo cual es el identificador actual de
persona dada de alta en TSD en el campo OTRO IDENTIFICATIVO.
– Si el domicilio contiene campos con valor «desconocido» y existe para esa misma
persona en TSD un domicilio válido, éste no será modificado.
– Si el en el campo TIPO DE PAGO se introduce el valor U (pago único), el campo
SITUACION ACTUAL debe ser «B» (baja) y la FECHA SITUACION debe ser el día que
se concede la prestación.
– Solo para el proceso de carga inicial o masiva, no se permitirá dentro del mismo
fichero el envío de alta de prestaciones asociadas al mismo identificativo (IPF) con
apellidos y nombres distintos. Esto es debido a que las validaciones que obligan estas
situaciones ralentizarían el proceso masivo. En caso de detectarse esta situación, se
devolverá error con el código 11033 (Identificador duplicado con diferente valor en
Apellidos y/o nombre en el fichero de entrada. No se contempla este caso en carga
inicial). Esta situación se puede dar especialmente en hermanos con IPF’s ficticios
nacidos el mismo día (que tendrán el mismo IDENTIFICATIVO). Si fuese necesario
tramitar su alta se deberá remitir a través de una carga diaria.
– Si el registro que se pretende crear es de la prestación Ingreso Mínimo Vital (IMV,
código 1230102) o una Renta de Integración Social (RIS, código 560202), se deberán
aportar obligatoriamente los campos NUMERO CONVIVIENTES, PERCEPTOR y
ESTADO PERCEPTOR.
– Para prestaciones IMV o RIS, se usará el mismo movimiento para el alta de la
prestación y alta de beneficiario. El campo CLAVE PROPIA ENTIDAD será igual para
titulares y beneficiarios, la diferenciación vendrá por el tipo de Perceptor (T o B). Solo se
dará alta de la prestación si es titular. Si es beneficiario se dará de alta una asociación
entre la prestación (que ya deberá existir por un alta previa de titular) y la persona
(beneficiario). Si el campo obligatorio «número de convivientes» es superior a 1 se
tendrán que recibir como datos identificativos obligatorios los de los miembros de la
unidad de convivencia o familiar. (Ejemplo: si se hace constar 3 miembros, deberán
enviar datos identificativos de 2 miembros además de los datos del titular).
– Para prestaciones IMV o RIS, se rechaza el alta de un beneficiario, en el caso de
que la prestación no exista (necesaria el alta previamente de la prestación con el titular).
Modificación de prestación. Se utilizará para modificar algún dato de una prestación
almacenada en el sistema. La entidad externa identificará la prestación que quiere

cve: BOE-A-2021-15039
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Núm. 221