III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-15039)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad de Castilla y León, para el impulso y consolidación del Sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 15 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 113312

Código INE, los códigos admitidos se encuentran en esta dirección: http://
www.ine.es/nomen2/index.do (página nomenclátor del INE).
– NOMBRE DEL MUNICIPIO DE RESIDENCIA. Si se desconoce el código anterior,
será obligatorio introducir aquí en texto la localidad de residencia. Si no se conoce, el
nombre del municipio podría contener «DESCONOCIDO».
– El resto de campos no son obligatorios pero, en caso de que alguno tenga
contenido se deberá cumplir la siguiente obligatoriedad:









CODIGO DE VÍA (obligatorio).
NOMBRE DE LA VIA (obligatorio).
NUMERO DE LA VIA (no obligatorio).
ESCALERA (no obligatorio).
PUERTA (no obligatorio).
PISO (no obligatorio).
BLOQUE (no obligatorio).
CODIGO POSTAL (obligatorio).

Para DOMICILIO EXTRANJERO (código país distinto de 724 y 953), se enviará en
modo texto la dirección extranjera a través de los siguientes campos:
– DIRECCION DE RESIDENCIA 1. Datos de la dirección.
– DIRECCION DE RESIDENCIA 2. Datos adicionales por si no fuese suficiente el
campo anterior.
– LOCALIDAD DE RESIDENCIA EXTRANJERA. Nombre de la localidad extranjera.
Si se desconoce deberá contener «DESCONOCIDO».

– 01: Alta de prestación. Alta de prestación en el sistema de tarjeta social digital.
– 02: Modificación de prestación. Modificación de datos de una prestación existente
(previamente cargada) en el sistema de tarjeta social digital.
– 03: Borrado de prestación. Borrado físico de una prestación. Se utilizará esta
acción para corregir errores y borrar prestaciones previamente remitidas al sistema de
tarjeta social digital.
– 04: Cambio de situación de prestación. Se utilizará para modificar el estado de una
prestación previamente enviada (campo ESTADO ACTUAL). Un uso típico podría ser
una prestación que ha estado de Alta durante un periodo de tiempo y en un momento
dado pasa a Baja.
– 05: Cambio de identificación de persona. Cambio en el identificador de una
persona existente en el sistema de tarjeta social digital. Uso típico de campo de tipo de
IPF de 6 (extranjero) a 1 (nacional).
– 06: Variación de datos personales. Variación de datos personales de persona
existente en el sistema de tarjeta social digital.
– 07: Traspaso de prestación. Asocia una prestación existente en el sistema de
tarjeta social digital a otra persona.
Dado que la carga inicial (o masiva) de prestaciones es un proceso muy costoso que
pretende agilizar la carga de una gran cantidad de información en el sistema, únicamente
permitirá acciones de tipo Alta prestación (01).

cve: BOE-A-2021-15039
Verificable en https://www.boe.es

Apartado DATOS ESPECÍFICOS IMV o RIS. Este conjunto de datos únicamente se
deberá completar si el registro que se está enviando es una prestación de Ingreso
Mínimo Vital (IMV, código 1230102) o una Renta de Integración Social (RIS,
código 560202). En cualquier otro caso estos datos irán rellenos a espacios en blanco.
Tipos de acciones disponibles en prestaciones. Una vez descrito el formato del
fichero de prestaciones y validaciones básicas, procedemos a explicar las acciones
disponibles que, a través del fichero, las entidades externas podrán remitir al INSS.
El campo CODIGO DE ACTUACION indicará qué operación se pretende aplicar con
el registro (prestación) remitido. Sus posibles valores son: