III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15028)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Renault España, SA.
200 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 15 de septiembre de 2021

8.

Sec. III. Pág. 113052

Revisiones de la valoración:

8.1 La Empresa podrá efectuar por propia iniciativa la revisión de la valoración de
los puestos en cualquier momento.
Para ello:
a) El Departamento peticionario remitirá al Departamento de Valoración y Estudio
de Puestos el cuestionario debidamente diligenciado.
b) El Departamento de Valoración y Estudio de Puestos efectuará el estudio del
mismo y comunicará el nivel resultante al Departamento peticionario.
c) La Empresa comunicará el resultado al trabajador cuando éste sea favorable.
8.2 Los efectos económicos de una revisión tendrán retroactividad desde la fecha
de recepción, por parte del jefe inmediato, del cuestionario debidamente diligenciado por
el titular del puesto.
8.3 Cuando el titular de un puesto se niegue a cumplimentar el cuestionario para la
valoración del mismo, pese a haber sido requerido para ello por su jefe inmediato, no
tendrá derecho a la retroactividad a la que hace referencia el párrafo 8.2.
9. Reclamaciones. El trabajador disconforme con el nivel definitivo del puesto de
trabajo que ocupe, podrá efectuar reclamación cuyo trámite y tratamiento serán los
siguientes:

Al Departamento de Valoración y Estudio de Puestos, un ejemplar de la reclamación
y el cuestionario revisado y firmado por el jefe del Departamento. De no estar conforme
el Departamento con la descripción efectuada por el reclamante, hará constar las
observaciones y puntualizaciones que estime oportunas en el lugar del cuestionario
reservado con este objeto.
Al Comité Mixto de Valoración del centro de trabajo correspondiente (secretaría de la
Representación de los Trabajadores), un ejemplar de la reclamación y copia de las
observaciones anteriores, si las hubiera.
d) El Departamento de Valoración y Estudio de Puestos efectuará su estudio en un
plazo de cuarenta y cinco días naturales desde la fecha de recepción de la
documentación correspondiente.
e) Contestación de la Empresa. La Empresa dispondrá de un plazo de quince días
naturales para contestar por escrito al reclamante, contados desde la fecha de la

cve: BOE-A-2021-15028
Verificable en https://www.boe.es

a) Preparación de la reclamación. El trabajador formalizará su reclamación por
escrito, en impreso normalizado por cuadruplicado, en el que expondrá las razones de su
disconformidad con el nivel asignado al puesto.
También efectuará la descripción del puesto de trabajo utilizando un ejemplar del
cuestionario destinado al efecto.
Los impresos de reclamación y cuestionario de descripción de funciones serán
solicitados por el trabajador a su jefe inmediato, el cual se los facilitará.
b) Presentación de la reclamación. La hará el trabajador reclamante ante su jefe
inmediato, al que entregará los cuatro ejemplares diligenciados del impreso de
reclamación y el cuestionario conteniendo la descripción del puesto de trabajo.
El jefe inmediato admitirá siempre la reclamación y devolverá al reclamante uno de
los ejemplares de la reclamación diligenciado con su firma y la fecha de entrega de la
misma para que le sirva de justificante, procediendo a dar al resto de la documentación
el curso que se establece en los apartados siguientes.
c) Tramitación por parte del Departamento. El jefe receptor de la reclamación
enviará los tres ejemplares restantes y el cuestionario al jefe del Departamento, que se
quedará con un ejemplar y tramitará en un plazo de quince días naturales, contados
desde la fecha de entrega por el trabajador del cuestionario al jefe inmediato, los dos
ejemplares restantes: