III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15028)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Renault España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 15 de septiembre de 2021

Artículo 39.

Sec. III. Pág. 113027

Aportación de la Empresa a la mutua del personal de Renault España, S.A.

La Empresa subvencionará a la Mutua del Personal de Renault España, S.A. con
una aportación mensual en función al número de trabajadores afiliados a la misma y a la
cuantía de las cuotas. La ayuda empresarial se fija en la cantidad mensual de 34 euros
por afiliado para el año 2021, y evolucionará de manera paralela a la aportación mínima
del trabajador que fije la Mutua del personal Renault España, S.A.
Artículo 40. Créditos.
La Empresa seguirá su política de créditos, dando la suficiente publicidad a las
normas que los regulan.
Artículo 41.

Premios.

Premio de Antigüedad.
Los trabajadores percibirán un pago único de 500 euros brutos al alcanzar una
antigüedad en la empresa de 25 años.
Además, se les obsequiará con la insignia de la empresa.
El resto de los premios se regularán por las normas establecidas en el Anexo VI del
presente Convenio.
Artículo 42.

Formación.

Durante la vigencia del presente Convenio las partes se comprometen a mantener el
siguiente acuerdo sobre formación continua en Renault España, S.A.:
Declaración de principios:
1. Las partes firmantes consideran que la formación profesional es un factor
decisivo para la adecuada aptitud profesional de los trabajadores y para aumentar la
competitividad de la Empresa.
2. Los trabajadores tienen derecho a la formación en los términos previstos en la
legislación vigente, por ello todos los trabajadores podrán tener acceso y beneficiarse de
la formación durante su vida activa.
3. Las partes firmantes asumen los contenidos del Acuerdo Nacional de Formación
Continua y se comprometen a desarrollar conjuntamente sus contenidos en la Empresa.
Objetivos:

a) Promover el desarrollo personal y profesional y la prosperidad de la Empresa y
de los trabajadores en beneficio de todos.
b) Contribuir a la eficacia económica mejorando la competitividad de la Empresa y
con ello, al mantenimiento del empleo.
c) Adaptarse a los cambios motivados tanto por procesos de innovación tecnológica
como por nuevas formas de organización de trabajo.
d) Contribuir con la formación profesional continua a propiciar el desarrollo de
nuevas actividades económicas.

cve: BOE-A-2021-15028
Verificable en https://www.boe.es

1. Se potenciarán planes de formación dentro de la Empresa para un mejor
desarrollo personal y profesional, adecuando los criterios formativos a los trabajadores y
a los puestos de trabajo.
2. Los citados planes identificarán las necesidades formativas de la Empresa y su
contenido será adecuado a los objetivos de gestión, teniendo en cuenta los criterios
siguientes: