I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. Estatuto Orgánico. (BOE-A-2021-14976)
Real Decreto 793/2021, de 14 de septiembre, por el que se modifica el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, aprobado por el Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221
Miércoles 15 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 112421
deberá figurar en su denominación la indicación "autoridad administrativa independiente"
o su abreviatura "AAI"».
Este real decreto responde a los principios de buena regulación de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, de conformidad
con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de
necesidad y eficacia dado el interés general en el que se fundamenta el contenido de la
disposición al pretender garantizar el adecuado ejercicio de las funciones encomendadas
a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. La norma es acorde con el
principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la
consecución de los objetivos previamente mencionados. Igualmente, se ajusta al
principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico.
En cuanto al principio de transparencia, la norma será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado». Por último, en relación con el principio de eficiencia, se ha procurado que la
norma no genere cargas administrativas para los ciudadanos.
El presente real decreto, de modificación organizativa interna, se compone de un
artículo único que incluye cambios en varios preceptos del vigente estatuto, una
disposición derogatoria y tres disposiciones finales referidas a las referencias
normativas, la habilitación normativa y la entrada en vigor.
Este real decreto se dicta en ejercicio de la habilitación legal contenida en la
disposición final cuarta de la citada Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre.
Durante la tramitación de este real decreto, de acuerdo con lo previsto en
Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, se ha solicitado informe a la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de septiembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal, aprobado por el Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por
el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal.
El Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal,
aprobado por el artículo único del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se
aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal,
queda modificado como sigue:
Los apartados 1, 2 y 3 del artículo 1 quedan redactados como sigue:
«1. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, creada por el
artículo 1 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, es una Autoridad
Administrativa Independiente, con personalidad jurídica propia y plena capacidad
pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia
respecto de las Administraciones Públicas y que actúa de forma objetiva,
trasparente e imparcial.
Su denominación oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.3
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, será
"Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI".
2. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal está adscrita, a
efectos organizativos y presupuestarios, al Ministerio de Hacienda y Función
cve: BOE-A-2021-14976
Verificable en https://www.boe.es
Uno.
Núm. 221
Miércoles 15 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 112421
deberá figurar en su denominación la indicación "autoridad administrativa independiente"
o su abreviatura "AAI"».
Este real decreto responde a los principios de buena regulación de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, de conformidad
con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de
necesidad y eficacia dado el interés general en el que se fundamenta el contenido de la
disposición al pretender garantizar el adecuado ejercicio de las funciones encomendadas
a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. La norma es acorde con el
principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la
consecución de los objetivos previamente mencionados. Igualmente, se ajusta al
principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico.
En cuanto al principio de transparencia, la norma será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado». Por último, en relación con el principio de eficiencia, se ha procurado que la
norma no genere cargas administrativas para los ciudadanos.
El presente real decreto, de modificación organizativa interna, se compone de un
artículo único que incluye cambios en varios preceptos del vigente estatuto, una
disposición derogatoria y tres disposiciones finales referidas a las referencias
normativas, la habilitación normativa y la entrada en vigor.
Este real decreto se dicta en ejercicio de la habilitación legal contenida en la
disposición final cuarta de la citada Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre.
Durante la tramitación de este real decreto, de acuerdo con lo previsto en
Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, se ha solicitado informe a la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de septiembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal, aprobado por el Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por
el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal.
El Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal,
aprobado por el artículo único del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se
aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal,
queda modificado como sigue:
Los apartados 1, 2 y 3 del artículo 1 quedan redactados como sigue:
«1. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, creada por el
artículo 1 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, es una Autoridad
Administrativa Independiente, con personalidad jurídica propia y plena capacidad
pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia
respecto de las Administraciones Públicas y que actúa de forma objetiva,
trasparente e imparcial.
Su denominación oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.3
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, será
"Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI".
2. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal está adscrita, a
efectos organizativos y presupuestarios, al Ministerio de Hacienda y Función
cve: BOE-A-2021-14976
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