II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública. (BOE-A-2021-14927)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Martes 14 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 112097

b) Grado personal consolidado: se otorgará la siguiente puntuación al grado
personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado» y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento de
grado por la autoridad competente, a la fecha de finalización del plazo de presentación
del certificado del anexo V de esta Resolución:






Grados 11, 12, 13 y 14: 4 puntos.
Grados 15 y 16: 6 puntos.
Grados 17 y 18: 8 puntos.
Grados 19 y 20: 10 puntos.
Grados 21 y siguientes: 12 puntos.

c) Trabajo desarrollado: se otorgará la siguiente puntuación según el nivel de
complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que ocupe el día de la
publicación de esta convocatoria:





Niveles 14 e inferior: 10 puntos.
Niveles 15 a 17: 14 puntos.
Niveles 18 a 20: 16 puntos.
Niveles 21 y superior: 18 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras
reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de
familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del
Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u
órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería
efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en la
situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les
valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
d) Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con carácter
interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las del
Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
Se valorará a razón de 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo
de 3 puntos.
Los méritos del personal laboral fijo se valorarán de acuerdo con los siguientes
criterios:

– Se otorgará 1 punto por cada año de servicios.
– Puntuación máxima en la valoración de la antigüedad: 28 puntos.
b) Experiencia: se valorará el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y 2G –
Arquitectos Técnicos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente, así como el tiempo de servicios efectivos
prestados como personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros

cve: BOE-A-2021-14927
Verificable en https://www.boe.es

a) Antigüedad: se valorarán los años completos de servicios efectivos prestados y
reconocidos al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.