III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2021-14912)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convocan los Premios Reina Letizia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 111805
f) Aplicación de medios técnicos y/o económicos destinados a lograr la autonomía
personal de las personas con discapacidad en su entorno familiar, social, educativo y
laboral: hasta 10 puntos.
3. «Premio Reina Letizia de promoción de la inclusión laboral de las personas con
discapacidad»:
a) Disponer de una política específica de incorporación de personas con
discapacidad, independientemente de su obligatoriedad o no: hasta 10 puntos.
b) Consecución de niveles de empleo que superen la cuota del dos por ciento en
caso de que la empresa esté obligada a ello: hasta 10 puntos.
c) Diseño y desarrollo de acciones que promuevan la contratación de personas con
discapacidad con especiales dificultades de inclusión laboral: hasta 10 puntos.
1.º Personas con parálisis cerebral, con trastorno del espectro autista, con trastorno
de salud mental o con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido
igual o superior al treinta y tres por ciento.
2.º Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad
reconocido igual o superior al sesenta y cinco por ciento.
3.º Personas sordas o con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad
reconocido igual o superior al treinta y tres por ciento.
4.º Mujeres con discapacidad.
5.º Trabajadores con discapacidad, mayores de 45 años.
d) Desarrollo de actuaciones dedicadas a la accesibilidad en los entornos físicos y
tecnológicos de la empresa: hasta 10 puntos.
e) Existencia de políticas de responsabilidad social de la empresa enfocadas a la
inclusión laboral de las personas con discapacidad: hasta 10 puntos.
f) Disposición de un punto de referencia o persona que atienda las necesidades y
haga el seguimiento del proceso de inclusión laboral de personas con discapacidad en la
plantilla: hasta 10 puntos.
g) Incorporación estructural de la discapacidad en la estrategia de la comunicación
de la empresa: hasta 10 puntos.
«Premio Reina Letizia de tecnología accesible»:
a) Innovación del proyecto: hasta 10 puntos.
b) Aplicabilidad y pragmatismo para la obtención de resultados: hasta 10 puntos.
c) Incidencia directa en la mejora de la calidad de vida y su autonomía personal:
hasta 10 puntos.
d) Transversalidad y viabilidad del proyecto o labor presentada: hasta 10 puntos.
e) Viabilidad: hasta 10 puntos.
f) Grado de comercialización: hasta 10 puntos.
g) Tecnologías utilizadas y madurez de las mismas valorando preferentemente los
sistemas abiertos, estándares, universales y gratuitos: hasta 10 puntos.
h) Coste asequible para la persona usuaria final: hasta 10 puntos.
i) Público objetivo que se vería beneficiado por la solución o proyecto: hasta 10
puntos.
j) Accesibilidad y usabilidad de la solución: hasta 10 puntos.
k) Participación efectiva de las personas con discapacidad o mayores en la
definición, experimentación, desarrollo o prueba: hasta 10 puntos.
l) Proyecto de emprendimiento con impacto social para las personas con
discapacidad: hasta 10 puntos.
5.
«Premio Reina Letizia de cultura inclusiva»:
a) Accesibilidad de la creación o del proyecto: hasta 10 puntos.
b) Carácter innovador y calidad del proyecto: hasta 10 puntos.
cve: BOE-A-2021-14912
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 111805
f) Aplicación de medios técnicos y/o económicos destinados a lograr la autonomía
personal de las personas con discapacidad en su entorno familiar, social, educativo y
laboral: hasta 10 puntos.
3. «Premio Reina Letizia de promoción de la inclusión laboral de las personas con
discapacidad»:
a) Disponer de una política específica de incorporación de personas con
discapacidad, independientemente de su obligatoriedad o no: hasta 10 puntos.
b) Consecución de niveles de empleo que superen la cuota del dos por ciento en
caso de que la empresa esté obligada a ello: hasta 10 puntos.
c) Diseño y desarrollo de acciones que promuevan la contratación de personas con
discapacidad con especiales dificultades de inclusión laboral: hasta 10 puntos.
1.º Personas con parálisis cerebral, con trastorno del espectro autista, con trastorno
de salud mental o con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido
igual o superior al treinta y tres por ciento.
2.º Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad
reconocido igual o superior al sesenta y cinco por ciento.
3.º Personas sordas o con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad
reconocido igual o superior al treinta y tres por ciento.
4.º Mujeres con discapacidad.
5.º Trabajadores con discapacidad, mayores de 45 años.
d) Desarrollo de actuaciones dedicadas a la accesibilidad en los entornos físicos y
tecnológicos de la empresa: hasta 10 puntos.
e) Existencia de políticas de responsabilidad social de la empresa enfocadas a la
inclusión laboral de las personas con discapacidad: hasta 10 puntos.
f) Disposición de un punto de referencia o persona que atienda las necesidades y
haga el seguimiento del proceso de inclusión laboral de personas con discapacidad en la
plantilla: hasta 10 puntos.
g) Incorporación estructural de la discapacidad en la estrategia de la comunicación
de la empresa: hasta 10 puntos.
«Premio Reina Letizia de tecnología accesible»:
a) Innovación del proyecto: hasta 10 puntos.
b) Aplicabilidad y pragmatismo para la obtención de resultados: hasta 10 puntos.
c) Incidencia directa en la mejora de la calidad de vida y su autonomía personal:
hasta 10 puntos.
d) Transversalidad y viabilidad del proyecto o labor presentada: hasta 10 puntos.
e) Viabilidad: hasta 10 puntos.
f) Grado de comercialización: hasta 10 puntos.
g) Tecnologías utilizadas y madurez de las mismas valorando preferentemente los
sistemas abiertos, estándares, universales y gratuitos: hasta 10 puntos.
h) Coste asequible para la persona usuaria final: hasta 10 puntos.
i) Público objetivo que se vería beneficiado por la solución o proyecto: hasta 10
puntos.
j) Accesibilidad y usabilidad de la solución: hasta 10 puntos.
k) Participación efectiva de las personas con discapacidad o mayores en la
definición, experimentación, desarrollo o prueba: hasta 10 puntos.
l) Proyecto de emprendimiento con impacto social para las personas con
discapacidad: hasta 10 puntos.
5.
«Premio Reina Letizia de cultura inclusiva»:
a) Accesibilidad de la creación o del proyecto: hasta 10 puntos.
b) Carácter innovador y calidad del proyecto: hasta 10 puntos.
cve: BOE-A-2021-14912
Verificable en https://www.boe.es
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