III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2021-14817)
Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218
Sábado 11 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 110854
Ley 38/2003 de 17 de noviembre. Queda fuera de este concepto la contratación de
aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo
de la actividad subvencionada.
En estos casos, el beneficiario deberá adjuntar los partes horarios firmados por los
empleados que impartan tales actuaciones.
4.º Honorarios de los ponentes.
En ningún caso serán subvencionables los equipos o material para los asistentes,
gastos vinculados a merchandising ni los gastos imputables para conocer las
necesidades del sector previo a la realización de los talleres o jornadas.
7.
Otros gastos subvencionables.
a) Implantación de redes WiFi en zonas comerciales.
b) Aplicaciones que faciliten información sobre los mercados municipales,
mercadillos y/o venta itinerante, junto con elementos del patrimonio arquitectónico,
histórico o cultural próximos al lugar o la convocatoria de eventos culturales o artísticos,
con el fin de fomentar el turismo gastronómico, cultural y de compras.
c) Señalética integrada de la oferta comercial.
d) Acciones de potenciación de centros comerciales abiertos.
8. Se apoyarán, para cualquiera de los gastos enumerados en el presente artículo,
aquellas actuaciones que sean consideradas como indispensables para la correcta
implantación de las soluciones tecnológicas, permitiendo conocer la situación de partida,
pertinencia de las actuaciones y necesidades del sector comercial, así como el diseño
del plan de acción, y que conduzcan a realizar una mejor selección y adaptación de las
acciones a emprender por parte del beneficiario.
En ningún caso se subvencionará el seguimiento, mantenimiento o cualquier otro
gasto relacionado con el funcionamiento y mejora de la solución tecnológica tras su
implementación.
9. No serán subvencionables aquellos proyectos que no respeten plenamente las
normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el
principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio
de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles
y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088. Se excluyen de la financiación,
en la medida en que resulten aplicables a los conceptos en que se realice el gasto al que
se destinan las presentes ayudas:
Asimismo, se exigirá que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que
cumplan la legislación medioambiental nacional y europea pertinente.
10. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos.
11. No serán subvencionables los gastos financieros, reestructuraciones de pasivo
o refinanciaciones, circulante y otros impuestos o tasas que sean susceptibles de
recuperación o compensación. Así mismo no serán subvencionables los gastos
bancarios de cualquier tipo de operación así como aquellos que generen autofacturación.
12. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y en el artículo 37
cve: BOE-A-2021-14817
Verificable en https://www.boe.es
a) Las inversiones relacionadas con combustibles fósiles (incluido el uso posterior).
b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión (ETS)
con emisiones de gases de efecto invernadero proyectadas que no sean sustancialmente
inferiores a los valores de referencia establecidos para la asignación gratuita.
c) El tratamiento de los residuos generados mediante tratamiento mecánicobiológico (TMB), incineración o vertido.
d) Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de desechos puede
causar daños a largo plazo al medio ambiente (por ejemplo, desechos nucleares).
Núm. 218
Sábado 11 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 110854
Ley 38/2003 de 17 de noviembre. Queda fuera de este concepto la contratación de
aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo
de la actividad subvencionada.
En estos casos, el beneficiario deberá adjuntar los partes horarios firmados por los
empleados que impartan tales actuaciones.
4.º Honorarios de los ponentes.
En ningún caso serán subvencionables los equipos o material para los asistentes,
gastos vinculados a merchandising ni los gastos imputables para conocer las
necesidades del sector previo a la realización de los talleres o jornadas.
7.
Otros gastos subvencionables.
a) Implantación de redes WiFi en zonas comerciales.
b) Aplicaciones que faciliten información sobre los mercados municipales,
mercadillos y/o venta itinerante, junto con elementos del patrimonio arquitectónico,
histórico o cultural próximos al lugar o la convocatoria de eventos culturales o artísticos,
con el fin de fomentar el turismo gastronómico, cultural y de compras.
c) Señalética integrada de la oferta comercial.
d) Acciones de potenciación de centros comerciales abiertos.
8. Se apoyarán, para cualquiera de los gastos enumerados en el presente artículo,
aquellas actuaciones que sean consideradas como indispensables para la correcta
implantación de las soluciones tecnológicas, permitiendo conocer la situación de partida,
pertinencia de las actuaciones y necesidades del sector comercial, así como el diseño
del plan de acción, y que conduzcan a realizar una mejor selección y adaptación de las
acciones a emprender por parte del beneficiario.
En ningún caso se subvencionará el seguimiento, mantenimiento o cualquier otro
gasto relacionado con el funcionamiento y mejora de la solución tecnológica tras su
implementación.
9. No serán subvencionables aquellos proyectos que no respeten plenamente las
normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el
principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio
de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles
y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088. Se excluyen de la financiación,
en la medida en que resulten aplicables a los conceptos en que se realice el gasto al que
se destinan las presentes ayudas:
Asimismo, se exigirá que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que
cumplan la legislación medioambiental nacional y europea pertinente.
10. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos.
11. No serán subvencionables los gastos financieros, reestructuraciones de pasivo
o refinanciaciones, circulante y otros impuestos o tasas que sean susceptibles de
recuperación o compensación. Así mismo no serán subvencionables los gastos
bancarios de cualquier tipo de operación así como aquellos que generen autofacturación.
12. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y en el artículo 37
cve: BOE-A-2021-14817
Verificable en https://www.boe.es
a) Las inversiones relacionadas con combustibles fósiles (incluido el uso posterior).
b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión (ETS)
con emisiones de gases de efecto invernadero proyectadas que no sean sustancialmente
inferiores a los valores de referencia establecidos para la asignación gratuita.
c) El tratamiento de los residuos generados mediante tratamiento mecánicobiológico (TMB), incineración o vertido.
d) Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de desechos puede
causar daños a largo plazo al medio ambiente (por ejemplo, desechos nucleares).