III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 110021
En la fiscalización se ha seleccionado una muestra de los ocho expedientes siguientes que han
generado un gasto de 521 miles de euros, que representa el 54 % del total del gasto reconocido
en esta línea de ayudas.
Cuadro 48. Subvenciones a Federaciones Deportivas Riojanas
(miles de euros)
Solicitante
Federación Riojana de atletismo
Presupuesto
Subv. concedida
93
71
199
161
57
47
145
129
Federación Riojana de balonmano
54
45
Federación Riojana de ciclismo
39
22
Federación Riojana de esgrima
20
8
Federación Riojana de gimnasia
45
38
Federación Riojana de fútbol
Federación Riojana de natación
Federación Riojana de pelota
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por las entidades fiscalizadas
En el análisis de los expedientes seleccionados se ha constatado el correcto cumplimiento de las
prescripciones establecidas en las bases reguladoras, excepto por lo siguiente:
a) En el expediente de la Federación Riojana de Atletismo (FRA) no se ha aportado la declaración
responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de
subvenciones y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la
LGS, tal como establece el apartado 9.i) de la Resolución de convocatoria.
b) En la justificación de los gastos generados en los Juegos Deportivos de la Rioja la Federación
Riojana de Futbol (FRF) no ha aportado facturas y demás documentos de valor probatorio
equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil por importe de 79 miles de euros en
correspondencia con el presupuesto presentado.
c) Las actividades relativas a los “programas de tecnificación” y “actividades propias”, llevadas a
cabo por personal técnico que recibe por ello una remuneración de la FRF, se han justificado
mediante recibís sin firmar por los perceptores por un importe global de 8 miles de euros.
d) La Federación Riojana de Natación (FRN) no ha presentado en la justificación de la subvención
el certificado acreditativo de los ingresos recibidos para la actividad subvencionada según lo
dispuesto en el art. 9.1.d) de la O. 11/2006.
e) En la justificación de las subvenciones de la Federación Riojana de Balonmano (FRB) y de la
Federación Riojana de Ciclismo (FRC) no se han facilitado los certificados de sus presidentes
acreditativos de la realización de las actividades y del destino dado a las ayudas en los
apartados de gastos generales, programas de tecnificación y de actividades propias, tal y como
exigía el art. 18.1.a) de la O. 11/2006. Asimismo, en esas ayudas tampoco ha sido posible
establecer una vinculación entre las actividades subvencionables y los documentos
justificativos aportados por importe de 7 miles de euros y 1 miles de euros, respectivamente, al
cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 110021
En la fiscalización se ha seleccionado una muestra de los ocho expedientes siguientes que han
generado un gasto de 521 miles de euros, que representa el 54 % del total del gasto reconocido
en esta línea de ayudas.
Cuadro 48. Subvenciones a Federaciones Deportivas Riojanas
(miles de euros)
Solicitante
Federación Riojana de atletismo
Presupuesto
Subv. concedida
93
71
199
161
57
47
145
129
Federación Riojana de balonmano
54
45
Federación Riojana de ciclismo
39
22
Federación Riojana de esgrima
20
8
Federación Riojana de gimnasia
45
38
Federación Riojana de fútbol
Federación Riojana de natación
Federación Riojana de pelota
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por las entidades fiscalizadas
En el análisis de los expedientes seleccionados se ha constatado el correcto cumplimiento de las
prescripciones establecidas en las bases reguladoras, excepto por lo siguiente:
a) En el expediente de la Federación Riojana de Atletismo (FRA) no se ha aportado la declaración
responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de
subvenciones y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la
LGS, tal como establece el apartado 9.i) de la Resolución de convocatoria.
b) En la justificación de los gastos generados en los Juegos Deportivos de la Rioja la Federación
Riojana de Futbol (FRF) no ha aportado facturas y demás documentos de valor probatorio
equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil por importe de 79 miles de euros en
correspondencia con el presupuesto presentado.
c) Las actividades relativas a los “programas de tecnificación” y “actividades propias”, llevadas a
cabo por personal técnico que recibe por ello una remuneración de la FRF, se han justificado
mediante recibís sin firmar por los perceptores por un importe global de 8 miles de euros.
d) La Federación Riojana de Natación (FRN) no ha presentado en la justificación de la subvención
el certificado acreditativo de los ingresos recibidos para la actividad subvencionada según lo
dispuesto en el art. 9.1.d) de la O. 11/2006.
e) En la justificación de las subvenciones de la Federación Riojana de Balonmano (FRB) y de la
Federación Riojana de Ciclismo (FRC) no se han facilitado los certificados de sus presidentes
acreditativos de la realización de las actividades y del destino dado a las ayudas en los
apartados de gastos generales, programas de tecnificación y de actividades propias, tal y como
exigía el art. 18.1.a) de la O. 11/2006. Asimismo, en esas ayudas tampoco ha sido posible
establecer una vinculación entre las actividades subvencionables y los documentos
justificativos aportados por importe de 7 miles de euros y 1 miles de euros, respectivamente, al
cve: BOE-A-2021-14785
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