III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 110020

Colegio Oficial de Farmacéuticos de la CAR (74.758 miles de euros) y los conciertos educativos
con centros concertados (49.899 miles de euros). La evolución interanual de estas prestaciones y
ayudas presenta un ligero aumento de cuatro puntos porcentuales en 2018, debido básicamente
al aumento de las prestaciones periódicas de inserción social.
Las formas o procedimientos establecidos para la concesión de las subvenciones otorgadas por la
CAR, de acuerdo con lo previsto en la LGS y en el D. autonómico 14/2006, son, por una parte, el
procedimiento de concurrencia competitiva, que es el cauce ordinario y general de actuación a
través del cual se individualiza el beneficiario y, por otra, el de concesión directa, procedimiento
restringido a los supuestos de subvenciones nominativas, subvenciones impuestas por una norma
de rango legal y, con carácter excepcional, subvenciones en las que se acreditan razones que
dificultan su convocatoria pública. La regulación de las subvenciones nominativas se lleva a cabo
mediante convenio y normativa propia, según establece el art. 22.2.a del D. 14/2006 y para las
subvenciones directas en las que hay que acreditar razones de interés público, social, económico
o humanitario u otras que dificulten la convocatoria pública, mediante Orden o Convenio, tal y
como dispone el art. 28 quáter del D. 14/2006. Dentro de estas últimas destacan las ayudas
tramitadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente como ayudas directas
financiadas con fondos FEAGA en el marco de la Política Agrícola Común, las ayudas otorgadas a
través del Fondo de Cooperación Local y ayudas instrumentadas a través de convenios con
entidades locales para el desarrollo de programas e inversiones en materia de servicios sociales
destinadas a personas dependientes y en riesgo de exclusión social.
En la fiscalización se han seleccionado para su análisis dos líneas de ayudas dirigidas a financiar
las actividades de las Federaciones Deportivas Riojanas y a las explotaciones agrarias, en el
marco de las medidas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020.
A) Subvenciones a Federaciones Deportivas Riojanas
Mediante la O. 11/2006, de 6 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se
establecen las bases reguladoras y los procedimientos de concesión de subvenciones a las
Federaciones Deportivas Riojanas en régimen de concurrencia competitiva, distinguiendo entre
las que tienen un presupuesto anual de gasto igual o superior a 90.000 euros y las que lo tienen
inferior a dicho importe.
El objeto de las ayudas es la financiación de los gastos generales y programas deportivos de las
federaciones, considerando como gastos subvencionables las ayudas a las entidades deportivas
adscritas a la federación correspondiente e inscritas en el Registro General de Entidades
Deportivas de la CAR cuya actividad se desarrolle mayoritariamente en la CAR y cuyo destino sea
la realización y promoción de actividades estrictamente deportivas, o adquisición de material
deportivo, los gastos en el programa de tecnificación y en actividades propias, los gastos
generales y de administración, los gastos financieros, de asesoría jurídica, notarial y los de
amortización que respondan a la actividad de la federación y otros gastos corrientes.
En relación con los criterios de concesión y graduación del importe de las ayudas establecidos en
las bases reguladoras es de señalar que resultan excesivamente genéricos o ambiguos y no están
vinculados a índices o parámetros susceptibles de medición objetiva, la cual, por otra parte, queda
establecida en un rango de valores, sin que en las bases o en las convocatorias se indique la
forma en que se pueden distribuir las puntuaciones dentro de cada rango.
Mediante sendas Resoluciones de 22 de marzo de 2018 se han convocado ayudas por 356 miles
de euros para federaciones con presupuesto anual de gasto inferior a 90 miles de euros y por 605
miles de euros para federaciones con presupuesto anual de gasto superior o igual a 90 miles de
euros.

cve: BOE-A-2021-14785
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Núm. 217