III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 110013

Como consecuencia de las 51 sentencias y 81 autos dictados por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 1 de Logroño en 2015 en las que se reconoció al personal funcionario de la AG
de la CAR el derecho a disfrutar de los días hábiles adicionales de vacaciones consolidados antes
del 1 de enero de 2012 correspondiente a los años 2012 a 2015 y el derecho a disfrutar de los
días adicionales de asuntos particulares por razón de antigüedad consolidados antes del 31 de
diciembre de 2012 correspondientes a las anualidades 2013 a 2015, la Administración de la CA
dictó en el año 2017 un total de 294 resoluciones para la ejecución de autos recaídos en
procedimientos de extensión de efectos de las mencionadas sentencias y dictó de oficio 71
resoluciones reconociendo el mismo derecho en procedimientos de extensión de efectos de
aquellas sentencias dictadas en 2015, habiendo contestado desfavorablemente a otras ocho
reclamaciones en 2018. En la fiscalización no ha sido posible cuantificar el coste derivado de las
contrataciones por sustitución para la cobertura de los servicios prestados como consecuencia del
reconocimiento judicial indicado.
En el sector sanitario, tal y como se detalla en el epígrafe II.6.5, el SERIS mantenía a 31 de
diciembre de 2018 una extraplantilla de 732 efectivos, frente a los 749 del ejercicio anterior,
habiendo disminuido las personas contratadas por acumulo de tareas que ocupaban puestos de
naturaleza estructural, pasando de 46 en 2017 a 39 en 2018.
Respecto a los procesos de selección de personal, en el ejercicio fiscalizado tan solo se ha
interpuesto un recurso de reposición contra las convocatorias de procesos selectivos que fue
desestimado, no habiendo reclamaciones o impugnaciones a los mismos.
Los procedimientos aplicados para la realización de las pruebas selectivas y para la formación de
las listas de espera, según la información aportada en la fiscalización, han seguido los criterios
previstos en los anexos XII.1.A y IX.1.a, respectivamente, del acuerdo y convenio colectivo de la
CAR, habiendo tenido lugar únicamente un recurso de reposición y tres reclamaciones respecto
de la mencionada confección de listas, con resultado de desestimación. También se ha
constatado la presentación de diez ofertas genéricas al Servicio Público de Empleo Estatal
(SPEE) para la cobertura de diferentes vacantes, previo informe emitido por las Secretarías
Generales de las Consejerías solicitantes.
Al 31 de diciembre de 2018 se mantenían en comisión de servicio un total de 260 funcionarios,
frente a los 239 existentes a la finalización del año anterior, de los que 54 se destinaron a la
cobertura de puestos vacantes, 25 a puestos reservados y 181 eran de carácter forzoso. De
acuerdo con el art. 7 del D. 78/1991 de 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de
puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la CAR, las
comisiones de servicio pueden autorizarse por un periodo desde seis meses hasta un máximo de
dos años, habiéndose superado el plazo de dos años en el caso de los forzosos, para los que está
prevista su convocatoria en breve plazo, según informa la Comunidad sin mayor concreción. No
se ha informado de este extremo en el portal de transparencia de la CAR.
Finalmente, cabe indicar que el D. 50/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la carrera
horizontal y la evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera de AG de la CAR y
sus OOAA, que entró en vigor el 22 de diciembre de 2017, estableció la implantación de un
sistema de carrera profesional basado en la evaluación del desempeño, la valoración de forma
objetiva de la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los
conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño, basado en los principios
de igualdad, objetividad y transparencia. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo
del Acuerdo de Gobierno de 13 de mayo de 2016, por el que se ratificó el Acuerdo de la Mesa
General de Negociación Colectiva, prevista en el art. 36 del EBEP, en materia de recuperación de
derechos de los empleados públicos de la AG de la CAR, se han generado unos gastos
correspondientes a la evaluación del ejercicio 2017 por importe definitivo de 4.464 miles de euros,
de los que 4.262 miles de euros se abonaron a cuenta en el propio ejercicio 2017 y el resto en
2018. Los compromisos de gasto generados para la evaluación de la carrera profesional

cve: BOE-A-2021-14785
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Núm. 217