III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109963

G) Recursos Humanos
Las consejerías de la CAR no disponen de manuales internos de personal, al margen de la
normativa reglamentaria, en los que se definan las funciones de los departamentos y los puestos
de trabajo y se regulen aspectos tales como la tramitación de las nóminas, la forma de selección y
contratación de personal o los controles regulares a llevar a cabo sobre las retribuciones o la
detección de incompatibilidades.
No se han regulado procedimientos para la solicitud y autorización anual de la masa salarial de las
entidades del sector autonómico, ni tampoco se ha tutelado y controlado desde la Dirección
General competente en materia de personal el cumplimiento de los límites retributivos, de las
horas extraordinarias, así como de otros devengos que pudieran ser superiores a lo previsto en la
normativa aplicable.
La contratación del personal temporal en las entidades dependientes no ha estado acompañada
de la previa supervisión, control y posterior autorización por parte de la Administración General
conforme a los criterios señalados en las leyes anuales de presupuestos del Estado y de la CAR.
Por lo que se refiere al grado de dotación de efectivos, todas las Consejerías han considerado que
la plantilla real no es suficiente para realizar la carga de trabajo existente.
En relación con la implantación de la denominada carrera profesional no se han realizado estudios
para determinar el impacto a medio plazo que tendría en términos económicos la carrera
profesional y el desempeño profesional. Tampoco se han realizado análisis sobre las eventuales
medidas de ahorro que pudieran compensar el incremento del coste adicional derivado de la
implantación de la citada carrera, así como la evolución vegetativa del personal.
H) Procedimientos de concesión y control de las subvenciones y ayudas públicas
El D. 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector
Público de la CAR establece en su art. 8 que los órganos, organismos públicos y entes
instrumentales que integran el Sector Público de la CAR que propongan el establecimiento de
subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones,
que, previamente a su aprobación, requerirá informe de la Dirección General con competencias en
materia de planificación presupuestaria, el cual deberá hacer referencia a la suficiencia de fuentes
de financiación así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, los
objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución,
que en ningún caso superará los tres años, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Asimismo, establece que la gestión de las subvenciones debe realizarse de acuerdo con los
principios de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y
utilización de los recursos públicos.

- El 75 % de las consejerías no disponía en el ejercicio fiscalizado de manuales de procedimiento
para la gestión de las líneas de subvención. Asimismo, ninguna consejería tenía implantados
sistemas que permitan detectar la posible prescripción del derecho de la Administración a
reconocer o liquidar el reintegro de las subvenciones, sin que se haya comunicado periódicamente
a la Intervención General de la CAR información de los reintegros iniciados y de su situación.
- En relación con las líneas de ayuda seleccionadas para su análisis en el ejercicio fiscalizado, no
consta la aprobación de un manual de procedimiento de aplicación para la gestión (ayudas a
federaciones deportivas) y la tramitación ha adolecido de una escasa segregación de funciones

cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es

En el análisis de la gestión de las subvenciones analizadas se han puesto de manifiesto los
siguientes resultados: