III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14782)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109269
correspondientes contratos no pudiesen formalizarse en el plazo previsto. Este retraso ha motivado
que la Intervención General de la CA (IGCA) haya dictado el 5 de junio de 2019 sendas instrucciones
referidas a la rendición de cuentas de fundaciones y consorcios autonómicos según las cuales:
“Si antes del 15 de julio de 2019 no se hubiera emitido informe de auditoría de la entidad, la
cuenta anual formulada se presentará sin informe de auditoría y sin la diligencia de aprobación de
la cuenta. Estos documentos se aportarán a la IGCA cuando se haya producido la aprobación del
informe y aprobación de la cuenta por el órgano correspondiente.
Si como consecuencia de los trabajos de auditoría hubieran de realizarse ajustes contables a las
cuentas anuales del ejercicio 2018, estos se realizarán en el ejercicio 2019, al objeto de no modificar
las cuentas anuales remitidas a la IGCA. De este hecho se emitirá informe que deberá enviarse a
la IG junto con el informe de auditoría, la diligencia de aprobación de la cuenta, y se dejará
constancia en la memoria de la cuenta anual del ejercicio 2019”.
Como consecuencia de los referidos retrasos en la realización de las correspondientes auditorías,
las cuentas anuales de la totalidad de fundaciones y de los consorcios del sector público
autonómico, fueron integradas en la Cuenta General, sin contar con informe de auditoría y sin
acreditar la aprobación de las mismas, a excepción de:
Fundación Jóvenes y Deporte que incluye sus cuentas anuales auditadas y aprobadas en la
Cuenta General.
Fundación Orquesta de Extremadura que incluye sus cuentas anuales aprobadas, sin estar
auditadas previamente.
Las cuentas anuales del resto de consorcios, fundaciones y de la entidad AGENEX fueron rendidas
con posterioridad al plazo de rendición de la Cuenta General, una vez fueron auditadas y aprobadas.
Respecto a las cuentas anuales de la Sociedad Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de
Extremadura, S.A. (GISVESA), fueron integradas en la Cuenta General sin auditar y sin certificado
de aprobación, sin que se hayan rendido con posterioridad acreditando la aprobación de las mismas.
La entidad Plataforma Logística del Suroeste Europeo, S.A. estaba incursa en un proceso de
disolución acordado el 25 de julio de 2018, que concluyó con la presentación del balance final de
liquidación, el 29 de mayo de 2019, por lo que conforme al artículo 388 del Texto Refundido de la
Ley de Sociedades de Capital (TRLSC) no forma cuentas anuales correspondientes al ejercicio
2018. Al respecto, en 2018 la normativa autonómica no contemplaba el régimen de rendición de
cuentas de las entidades en proceso de liquidación, que sería introducido en la LH mediante las
modificaciones en la misma operadas por la LAMA en 2019.
Todas las entidades públicas autonómicas con actividad en el ejercicio fiscalizado han aportado la
documentación que debe acompañar a las cuentas anuales conforme a lo previsto por la Resolución
de 3 de abril de 2009 de la IGCA por la que se dictan instrucciones sobre la rendición de cuentas
anuales de las entidades que integran el sector público autonómico, con la excepción de GISVESA
que no ha aportado diligencia de aprobación de sus cuentas.
La Cuenta General de la CAEX correspondiente al ejercicio 2018 fue rendida el 30 de octubre de
2019, cumpliendo el plazo previsto por el artículo 143 de la LH.
A través de sendas Resoluciones de la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de
Cuentas de 8 de abril de 2014 y 30 de octubre de 2017 se insta a efectuar las modificaciones
normativas necesarias para adelantar el plazo de rendición de la Cuenta General al 30 de junio del
año siguiente al que se refieran. En el ejercicio fiscalizado no se habían aprobado disposiciones en
cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es
II.2.2. Plazo
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109269
correspondientes contratos no pudiesen formalizarse en el plazo previsto. Este retraso ha motivado
que la Intervención General de la CA (IGCA) haya dictado el 5 de junio de 2019 sendas instrucciones
referidas a la rendición de cuentas de fundaciones y consorcios autonómicos según las cuales:
“Si antes del 15 de julio de 2019 no se hubiera emitido informe de auditoría de la entidad, la
cuenta anual formulada se presentará sin informe de auditoría y sin la diligencia de aprobación de
la cuenta. Estos documentos se aportarán a la IGCA cuando se haya producido la aprobación del
informe y aprobación de la cuenta por el órgano correspondiente.
Si como consecuencia de los trabajos de auditoría hubieran de realizarse ajustes contables a las
cuentas anuales del ejercicio 2018, estos se realizarán en el ejercicio 2019, al objeto de no modificar
las cuentas anuales remitidas a la IGCA. De este hecho se emitirá informe que deberá enviarse a
la IG junto con el informe de auditoría, la diligencia de aprobación de la cuenta, y se dejará
constancia en la memoria de la cuenta anual del ejercicio 2019”.
Como consecuencia de los referidos retrasos en la realización de las correspondientes auditorías,
las cuentas anuales de la totalidad de fundaciones y de los consorcios del sector público
autonómico, fueron integradas en la Cuenta General, sin contar con informe de auditoría y sin
acreditar la aprobación de las mismas, a excepción de:
Fundación Jóvenes y Deporte que incluye sus cuentas anuales auditadas y aprobadas en la
Cuenta General.
Fundación Orquesta de Extremadura que incluye sus cuentas anuales aprobadas, sin estar
auditadas previamente.
Las cuentas anuales del resto de consorcios, fundaciones y de la entidad AGENEX fueron rendidas
con posterioridad al plazo de rendición de la Cuenta General, una vez fueron auditadas y aprobadas.
Respecto a las cuentas anuales de la Sociedad Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de
Extremadura, S.A. (GISVESA), fueron integradas en la Cuenta General sin auditar y sin certificado
de aprobación, sin que se hayan rendido con posterioridad acreditando la aprobación de las mismas.
La entidad Plataforma Logística del Suroeste Europeo, S.A. estaba incursa en un proceso de
disolución acordado el 25 de julio de 2018, que concluyó con la presentación del balance final de
liquidación, el 29 de mayo de 2019, por lo que conforme al artículo 388 del Texto Refundido de la
Ley de Sociedades de Capital (TRLSC) no forma cuentas anuales correspondientes al ejercicio
2018. Al respecto, en 2018 la normativa autonómica no contemplaba el régimen de rendición de
cuentas de las entidades en proceso de liquidación, que sería introducido en la LH mediante las
modificaciones en la misma operadas por la LAMA en 2019.
Todas las entidades públicas autonómicas con actividad en el ejercicio fiscalizado han aportado la
documentación que debe acompañar a las cuentas anuales conforme a lo previsto por la Resolución
de 3 de abril de 2009 de la IGCA por la que se dictan instrucciones sobre la rendición de cuentas
anuales de las entidades que integran el sector público autonómico, con la excepción de GISVESA
que no ha aportado diligencia de aprobación de sus cuentas.
La Cuenta General de la CAEX correspondiente al ejercicio 2018 fue rendida el 30 de octubre de
2019, cumpliendo el plazo previsto por el artículo 143 de la LH.
A través de sendas Resoluciones de la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de
Cuentas de 8 de abril de 2014 y 30 de octubre de 2017 se insta a efectuar las modificaciones
normativas necesarias para adelantar el plazo de rendición de la Cuenta General al 30 de junio del
año siguiente al que se refieran. En el ejercicio fiscalizado no se habían aprobado disposiciones en
cve: BOE-A-2021-14782
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II.2.2. Plazo