III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14783)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2018.
197 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109550


La DA Única establecía que, por una sola vez, la cuenta 413 habría de abonarse con cargo
a las cuentas 409 y 411 (como paso previo a la supresión de esta cuenta), por el importe del saldo
acreedor que presentasen las mismas en el momento de la entrada en vigor de la Orden.

La DT Única señala que el apartado Dos.1 del Artículo Único de la Orden, que recoge la
supresión de la cuenta 411, entra en vigor el 1 de enero de 2018, por lo que durante el ejercicio
fiscalizado esta cuenta no debía presentar movimientos, como así se ha verificado.

Por el contrario, la cuenta 409 siguió registrando movimientos en 2018, concretamente los
producidos de forma automática por la aplicación informática que utilizaba la Administración de la
CA (SIC2) y que corresponden a los documentos contables registrados en enero de 2019 con
fecha de gasto de ejercicios anteriores. Como se detalla en el epígrafe II.2.2, la Orden
HAC/46/2019, de 19 de diciembre, dispone la implantación del SIC3 antes del día 1 de mayo de
2020, con efectos contables desde el 1 de enero de 2020, lo que debe permitir la eliminación de
estos movimientos.
El siguiente cuadro muestra, en miles de euros, el saldo final de la cuenta 409 “Acreedores por
operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” durante los ejercicios 2015 y 2016. Respecto de
los ejercicios 2017 y 2018, se recogen los saldos finales de la cuenta 413 “acreedores por
operaciones devengadas” excluyendo los gastos que corresponden a operaciones que, estando
devengadas, no procede aún su imputación a presupuesto y que, con anterioridad a la
modificación del PGCP, se hubieran registrado en la cuenta 411” acreedores por periodificación
de gastos presupuestarios”.
CUADRO Nº 11. ACREEDORES POR OPERACIONES PENDIENTES DE APLICAR A
PRESUPUESTO
(miles de euros)
Ejercicio

Saldo final

2015

2016

2017

2018

90.333

161.029

180.938

187.560

Fuente: Elaboración propia a partir de datos aportados por las entidades fiscalizadas.

Aunque la variación el periodo 2017-2018 ha sido del 3 %, en el periodo 2015-2018 se ha
producido un fuerte incremento, pasando desde los 90.333 miles de euros hasta los 187.560 miles
que se recogen en el cuadro anterior.

Otros acreedores
La deuda resultante de la liquidación definitiva relativa del sistema de financiación de la CA,
correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, cuyo resultado se conoció, respectivamente, en julio
de 2010 y julio de 2011, no se recogió en la contabilidad financiera de dichos ejercicios, como ya
se ha señalado en los informes de fiscalización anteriores. Según Instrucción de la IGAC de 28 de
diciembre de 2011, las retenciones en las entregas a cuenta del Estado practicadas para cancelar

cve: BOE-A-2021-14783
Verificable en https://www.boe.es

Finalmente, cabe señalar que, pese a que la LO 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la
deuda comercial en el sector público establecía, en su DA tercera, que en las entidades de las
Administraciones Públicas no sujetas a auditoría de cuentas se debían efectuar anualmente
trabajos de verificación de la existencia de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y
servicios recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria, al cierre de
2019 no había realizado ningún control con respecto a los ejercicios anteriores.