III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14783)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109543

Fundamentales. Finalmente, en el capítulo 9 se han incrementado los derechos reconocidos en un
6 % sobre el ejercicio anterior (2 % de incremento en 2017), como consecuencia de las
operaciones de endeudamiento derivadas de los mecanismos extraordinarios de financiación.

El resto de capítulos presentan un reducido peso dentro del presupuesto. Los capítulos 7 y 8
han experimentado aumentos, siendo especialmente significativo el del capítulo 8, con un
12.450 %, principalmente por el reconocimiento en el ejercicio 2018 de reintegros de ejercicios
cerrados. Por su parte, el capítulo 7 ha experimentado un aumento del 173 %, rompiendo la
tendencia descendente de los últimos ejercicios. Por el contrario, han experimentado
disminuciones los capítulos 5 y 6, del 23 % y 36 %, respectivamente.
Finalmente, el grado de ejecución de los capítulos 6 y 8 fue del 53 % y 23 %, respectivamente
(9 % y 0 %, tanto en 2017 como en 2016). Por su parte, en el capítulo 7 se ha incrementado
considerablemente este indicador, con un 88 %, frente al 37 % de 2017 y 2016. Ello pone de
manifiesto una mejora en la programación presupuestaria de los capítulos 6 y 8, pese a que su
grado de ejecución continúa en términos reducidos.
2.

Análisis de los derechos reconocidos

El marco legal que fija las líneas generales del sistema de financiación autonómica y sus
principios rectores se encuentra en los artículos 156 a 158 de la Constitución Española y en su
desarrollo mediante la LOFCA, completado con la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se
regula el sistema de financiación de las CCAA de régimen común y Ciudades con EA.
El alcance y condiciones de la cesión de tributos del Estado a Cantabria queda fijado en la Ley
20/2010, de 16 de julio. Dentro de las competencias normativas de la CA en esta materia, el
Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, aprueba el texto refundido de la Ley 11/2002 de
Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado.
Por otra parte, la autorización otorgada al Gobierno de Cantabria para la elaboración de un texto
refundido de medidas fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado e impuestos propios de
la CA, que había sido concedida por la Disposición adicional (DA) primera de la Ley de Cantabria
10/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se viene prorrogando
sucesivamente mediante las leyes de medidas de cada año (la última, DF primera de la Ley de
Cantabria 5/2019, de 23 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas), lo que supone un
importante retraso desde que la autorización fue aprobada inicialmente.
El sistema de financiación, que toma como año base el 2007, se basa fundamentalmente en los
tributos cedidos, total o parcialmente, por el Estado (que constituyen la denominada “capacidad
tributaria“), el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales y el Fondo de Suficiencia
Global, actuando este último como mecanismo de cierre, al cubrir la diferencia entre las
necesidades globales de financiación de cada Comunidad y la suma de su capacidad tributaria y
la transferencia del Fondo de Garantía.

Para la materialización de las transferencias de estos recursos por la Administración estatal a las
Administraciones autonómicas, el sistema se basa en la instrumentación de entregas a cuenta 27
27

En el ejercicio siguiente al fiscalizado, el RD-L 13/2019, de 11 de octubre, regula la actualización extraordinaria de las
entregas a cuenta para el año 2019 de las CCAA de régimen común y de las entidades locales, en situación de prórroga
presupuestaria, y se establecen determinadas reglas relativas a la liquidación definitiva de la participación de las
entidades locales en los tributos del Estado, correspondiente al año 2017.

cve: BOE-A-2021-14783
Verificable en https://www.boe.es

Por otra parte, para aproximar a las CCAA en términos de financiación por habitante y de
favorecer la igualdad y equilibrio económico territorial, la Ley 22/2009 creó los fondos de
convergencia autonómicos, dotados con recursos adicionales del Estado (Fondo de
Competitividad y Fondo de Cooperación).