III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14783)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

D)

Sec. III. Pág. 109522

OFICINA DE SUPERVISIÓN INTEGRAL DEL GASTO

La citada Oficina fue creada por el Decreto 80/2012, de 27 de diciembre, con el fin de la
realización del estudio, análisis, evaluación y propuestas de mejora de la actividad del Sector
público autonómico susceptible de generar gasto. Durante el ejercicio 2013 no tuvo actividad,
aprobándose su estructura orgánica en el ejercicio 2014, mediante Decreto de 28 de marzo, y las
funciones asignadas a la misma se desarrollaron por Orden de 23 de mayo del mismo año.
Por Decretos 1/2017, de 10 de febrero, y 2/2017, de 9 de febrero, se produce la modificación de
las normas reguladoras de esta oficina. Como resultado de tal modificación, cambia su
denominación a “Oficina de Seguimiento e Información del Gasto” y se suprime el procedimiento
de “cuestionamiento previo”, pasando todas las actuaciones generadoras de gasto a utilizar
únicamente el procedimiento de “remisión de información”. Las razones esgrimidas en el Decreto
de 2017 para llevar a cabo la supresión del citado procedimiento de control se referían a la
necesidad de “un importante número de recursos humanos especializados concurrentes para
poder analizar, sin dilaciones perjudiciales, los miles de expedientes anuales remitidos por las
diversas áreas de gestión”, sin hacer referencia a los efectos, en términos de eficacia y eficiencia,
derivados de su implantación y funcionamiento. Por su parte, el Decreto 71/2017, de 28 de
septiembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia y
Justicia y se modifican parcialmente las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Presidencia del
Gobierno y de la Consejería de Presidencia y Justicia, procedió a suprimir los cinco puestos de la
unidad encargada del cuestionamiento previo.
En el ejercicio fiscalizado, el Decreto 10/2018, de 16 de febrero, procede a la supresión de la
Oficina, adscribiendo la unidad existente de “remisión de información”, con todos sus puestos de
trabajo, a la DG de Organización y Tecnología, a la que se asignan todas las funciones y
competencias de la Oficina suprimida que, entre otras funciones, estaba dando adecuado soporte
al Órgano Directivo responsable del Portal de Transparencia, en materia de actos de gestión
administrativa con repercusión económica del artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a través de su Sistema
Informático de Gestión Integral del Gasto9. A diferencia de lo ocurrido con los puestos de trabajo
de la unidad de cuestionamiento previo, los correspondientes a esta unidad se mantienen, si bien
modificando su centro de adscripción.
E)

REGISTRO DE FACTURAS Y PUNTO DE ENTRADA

Por Orden HAC/06/2013, de 20 de febrero, se creó el módulo de Gestión de Facturas en el SIC de
la CA. La Orden dispone la grabación de la factura en este módulo, una vez registrada
administrativamente, como requisito necesario para la tramitación del reconocimiento de la
obligación derivada de las prestaciones realizadas a favor del sector público administrativo
autonómico.
Tras el dictado de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y
creación del RCF en el Sector Público y de la Orden del Ministerio de Hacienda y
Según el citado Decreto, la entrada en vigor de la Ley de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del
Sector Público Institucional de Cantabria (Ley 5/2018, de 22 de noviembre) contempla la supresión de la referencia
específica a la estructura de la Presidencia y el Gabinete del Presidente recogida en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre
(derogada por la primera), para posibilitar que pudieran existir "órganos directivos con las funciones y competencias que
se determinen en la estructura orgánica de la Presidencia", por lo que la entrada en vigor de la Ley 5/2018 provocaría la
supresión de la Oficina de Seguimiento e Información del Gasto. No obstante, se reconoce que esta oficina estaba
dando adecuado soporte al órgano directivo responsable del Portal de Transparencia, en materia de actos de gestión
administrativa con repercusión económica del artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno, por lo cual se hace necesario mantener la unidad encargada de ello, junto con
sus puestos de trabajo, si bien adscribiéndolos a la Consejería de Presidencia y Justicia con la finalidad de realizar
posteriormente las correspondientes adaptaciones de las estructuras por parte de la Dirección General de Organización
y Tecnología.

cve: BOE-A-2021-14783
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