III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14783)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109515
23 de julio de 2019 e inscrita en el Registro Mercantil el 12 de agosto del mismo año. El haber
social ascendía a 13 miles de euros y fue adjudicado al socio único, Inversiones Cántabras
Empresariales, S.L. (ICE).
Las cuentas anuales de 2018 de la Sociedad de Activos Inmobiliarios Campus de Comillas, S.L.
(SAICC) se han rendido sin acompañar el certificado de su aprobación por la Junta General.
Las cuentas anuales de 2018 de la sociedad Ciudad de Transportes de Santander, S.A.
(CITRASA) fueron rendidas sin la firma de los administradores, subsanándose este defecto
posteriormente con la documentación remitida en el periodo de alegaciones 6.
Las cuentas anuales de ICE no venían acompañadas del informe relativo al cumplimiento de las
obligaciones de carácter económico-financiero que asumen dichas entidades como consecuencia
de su pertenencia al sector público, previsto en el artículo 122.3 de la LF, si bien fue aportado
durante la fiscalización.
II.2.4. Cuentas del sector público fundacional
El artículo 122.2 de la LF dispone que las cuentas anuales de las entidades que deben aplicar los
principios y normas de contabilidad recogidos en la adaptación al PGC a las entidades sin fines
lucrativos, serán las previstas en dicha norma. Estos principios y normas son los establecidos por
el Real Decreto (RD) 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de
adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las
entidades sin fines lucrativos, y por las Resoluciones de 26 de marzo de 2013, del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el plan de contabilidad de las
entidades sin fines lucrativos y el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin
fines lucrativos, que recoge asimismo los modelos de cuentas aplicables a microentidades.
Las cuentas de las fundaciones públicas se rindieron completas, ajustadas a las normas
anteriores y en el plazo fijado, incluyéndose en la Cuenta General, con las siguientes salvedades:
6
Junto con las alegaciones, se han remitido unas nuevas cuentas anuales de CITRASA, reformuladas el 27 de junio de
2019.
cve: BOE-A-2021-14783
Verificable en https://www.boe.es
Las cuentas anuales de la Fundación Comillas del Español y la Cultura Hispánica se
rindieron en plazo, pero sin la aprobación del Patronato, ya que esta se produjo con fecha 21 de
noviembre de 2019, según acta aportada durante la fiscalización. Ni las cuentas rendidas
inicialmente ni las remitidas durante la fiscalización contenían la firma del secretario ni el visto
bueno del presidente, incumpliendo el requisito formal dispuesto en el artículo 28.3 del RD
1337/2005.
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109515
23 de julio de 2019 e inscrita en el Registro Mercantil el 12 de agosto del mismo año. El haber
social ascendía a 13 miles de euros y fue adjudicado al socio único, Inversiones Cántabras
Empresariales, S.L. (ICE).
Las cuentas anuales de 2018 de la Sociedad de Activos Inmobiliarios Campus de Comillas, S.L.
(SAICC) se han rendido sin acompañar el certificado de su aprobación por la Junta General.
Las cuentas anuales de 2018 de la sociedad Ciudad de Transportes de Santander, S.A.
(CITRASA) fueron rendidas sin la firma de los administradores, subsanándose este defecto
posteriormente con la documentación remitida en el periodo de alegaciones 6.
Las cuentas anuales de ICE no venían acompañadas del informe relativo al cumplimiento de las
obligaciones de carácter económico-financiero que asumen dichas entidades como consecuencia
de su pertenencia al sector público, previsto en el artículo 122.3 de la LF, si bien fue aportado
durante la fiscalización.
II.2.4. Cuentas del sector público fundacional
El artículo 122.2 de la LF dispone que las cuentas anuales de las entidades que deben aplicar los
principios y normas de contabilidad recogidos en la adaptación al PGC a las entidades sin fines
lucrativos, serán las previstas en dicha norma. Estos principios y normas son los establecidos por
el Real Decreto (RD) 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de
adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las
entidades sin fines lucrativos, y por las Resoluciones de 26 de marzo de 2013, del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el plan de contabilidad de las
entidades sin fines lucrativos y el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin
fines lucrativos, que recoge asimismo los modelos de cuentas aplicables a microentidades.
Las cuentas de las fundaciones públicas se rindieron completas, ajustadas a las normas
anteriores y en el plazo fijado, incluyéndose en la Cuenta General, con las siguientes salvedades:
6
Junto con las alegaciones, se han remitido unas nuevas cuentas anuales de CITRASA, reformuladas el 27 de junio de
2019.
cve: BOE-A-2021-14783
Verificable en https://www.boe.es
Las cuentas anuales de la Fundación Comillas del Español y la Cultura Hispánica se
rindieron en plazo, pero sin la aprobación del Patronato, ya que esta se produjo con fecha 21 de
noviembre de 2019, según acta aportada durante la fiscalización. Ni las cuentas rendidas
inicialmente ni las remitidas durante la fiscalización contenían la firma del secretario ni el visto
bueno del presidente, incumpliendo el requisito formal dispuesto en el artículo 28.3 del RD
1337/2005.