III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2021-14750)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la segunda subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109125
administradora de la subasta estará habilitada para la alteración de los horarios previstos
de las diferentes fases de la subasta, siempre previo aviso a los participantes a través de
la aplicación de mensajes del sistema de información de la subasta.
Se podrá presentar una única oferta válida por cada una o varias tecnologías,
distinguibles por sus especificidades, según se establece en la resolución de convocatoria,
de cada uno de los productos por la que se desee ofertar, de acuerdo a los volúmenes
máximos de calificación declarados por el participante.
La oferta estará compuesta por uno o varios tramos. Cada oferta incluirá la cantidad
de producto (en bloques de 1kW) y el precio de cada tramo, que podrá ser diferente para
cada uno de los tramos que integren la oferta.
En aplicación del artículo 9 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, durante
la fase de presentación de ofertas, el participante establecerá en cada oferta los tramos
por los que está dispuesto a pujar de la siguiente manera:
a) Los tramos ofertados incluirán un número de bloques y un precio. La cantidad
mínima a ofertar por tramo es de 1 bloque, equivalente a 1 kW.
b) El precio de cada tramo de oferta se establecerá en euros/MWh con 2 decimales.
c) Cada oferta podrá tener hasta un máximo de 40 tramos.
d) Deberá establecerse como condición si cada tramo ofertado es divisible o indivisible.
e) Un tramo indivisible no podrá ser aceptado parcialmente.
f) Cada oferta podrá estar formada por diferentes tramos divisibles e indivisibles.
g) A un mismo precio, se podrá ofertar un tramo divisible y más de un indivisible.
h) Existirá un límite máximo de la cantidad que se puede ofertar en un tramo indivisible
para cada producto de acuerdo con lo establecido en la resolución de convocatoria.
i) Si una tecnología está definida con una limitación máxima de su potencia, la
cantidad máxima ofertada por tramo deberá de cumplir con dicha limitación.
j) El sistema de información de la subasta verificará que las ofertas enviadas
cumplen con estos requisitos, rechazando la oferta en caso contrario.
Para que una oferta sea válida, será preciso que cumpla los requisitos establecidos a
continuación, en caso contrario, resultarán inválidas:
k) La oferta deberá recibirse durante la fase de presentación de ofertas.
l) Cada cantidad de producto incluida en un tramo de oferta deberá estar expresada
en números enteros no negativos. En el caso de que alguna tecnología esté definida con
una limitación máxima de su potencia, la cantidad máxima ofertada por tramo deberá de
cumplir con dicha limitación.
m) El precio declarado en cada tramo de oferta deberá ser mayor o igual que 0
euros/MWh.
n) La suma de las cantidades incluidas en los tramos de todas las ofertas enviadas
para un producto por un participante no podrá superar su volumen máximo de
calificación para ese producto.
o) La suma de las cantidades incluidas en los tramos de cada oferta enviada para
un producto por un participante no podrá superar la limitación del máximo volumen que
puede ser adjudicado a una misma empresa o grupo empresarial.
p) En el caso de que la oferta incluya tramos a diferentes precios, éstos deberán
declararse estrictamente en orden creciente con el número de tramo, salvo que se
tengan N tramos consecutivos indivisibles o una combinación de N tramos indivisibles
con un divisible, en cuyo caso podrán tener el mismo precio. No se permitirá más de un
tramo divisible al mismo precio.
q) Únicamente se incorporará al proceso de casación una oferta válida por cada
participante, producto y una o varias tecnologías distinguibles por sus especificidades,
según se establece en la resolución de convocatoria. Los participantes podrán enviar
diferentes versiones de oferta, siendo la última oferta válida la que se incluya en el
proceso de casación de la subasta, quedando anuladas las previas.
cve: BOE-A-2021-14750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109125
administradora de la subasta estará habilitada para la alteración de los horarios previstos
de las diferentes fases de la subasta, siempre previo aviso a los participantes a través de
la aplicación de mensajes del sistema de información de la subasta.
Se podrá presentar una única oferta válida por cada una o varias tecnologías,
distinguibles por sus especificidades, según se establece en la resolución de convocatoria,
de cada uno de los productos por la que se desee ofertar, de acuerdo a los volúmenes
máximos de calificación declarados por el participante.
La oferta estará compuesta por uno o varios tramos. Cada oferta incluirá la cantidad
de producto (en bloques de 1kW) y el precio de cada tramo, que podrá ser diferente para
cada uno de los tramos que integren la oferta.
En aplicación del artículo 9 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, durante
la fase de presentación de ofertas, el participante establecerá en cada oferta los tramos
por los que está dispuesto a pujar de la siguiente manera:
a) Los tramos ofertados incluirán un número de bloques y un precio. La cantidad
mínima a ofertar por tramo es de 1 bloque, equivalente a 1 kW.
b) El precio de cada tramo de oferta se establecerá en euros/MWh con 2 decimales.
c) Cada oferta podrá tener hasta un máximo de 40 tramos.
d) Deberá establecerse como condición si cada tramo ofertado es divisible o indivisible.
e) Un tramo indivisible no podrá ser aceptado parcialmente.
f) Cada oferta podrá estar formada por diferentes tramos divisibles e indivisibles.
g) A un mismo precio, se podrá ofertar un tramo divisible y más de un indivisible.
h) Existirá un límite máximo de la cantidad que se puede ofertar en un tramo indivisible
para cada producto de acuerdo con lo establecido en la resolución de convocatoria.
i) Si una tecnología está definida con una limitación máxima de su potencia, la
cantidad máxima ofertada por tramo deberá de cumplir con dicha limitación.
j) El sistema de información de la subasta verificará que las ofertas enviadas
cumplen con estos requisitos, rechazando la oferta en caso contrario.
Para que una oferta sea válida, será preciso que cumpla los requisitos establecidos a
continuación, en caso contrario, resultarán inválidas:
k) La oferta deberá recibirse durante la fase de presentación de ofertas.
l) Cada cantidad de producto incluida en un tramo de oferta deberá estar expresada
en números enteros no negativos. En el caso de que alguna tecnología esté definida con
una limitación máxima de su potencia, la cantidad máxima ofertada por tramo deberá de
cumplir con dicha limitación.
m) El precio declarado en cada tramo de oferta deberá ser mayor o igual que 0
euros/MWh.
n) La suma de las cantidades incluidas en los tramos de todas las ofertas enviadas
para un producto por un participante no podrá superar su volumen máximo de
calificación para ese producto.
o) La suma de las cantidades incluidas en los tramos de cada oferta enviada para
un producto por un participante no podrá superar la limitación del máximo volumen que
puede ser adjudicado a una misma empresa o grupo empresarial.
p) En el caso de que la oferta incluya tramos a diferentes precios, éstos deberán
declararse estrictamente en orden creciente con el número de tramo, salvo que se
tengan N tramos consecutivos indivisibles o una combinación de N tramos indivisibles
con un divisible, en cuyo caso podrán tener el mismo precio. No se permitirá más de un
tramo divisible al mismo precio.
q) Únicamente se incorporará al proceso de casación una oferta válida por cada
participante, producto y una o varias tecnologías distinguibles por sus especificidades,
según se establece en la resolución de convocatoria. Los participantes podrán enviar
diferentes versiones de oferta, siendo la última oferta válida la que se incluya en el
proceso de casación de la subasta, quedando anuladas las previas.
cve: BOE-A-2021-14750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216