III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2021-14750)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la segunda subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109124
presentes reglas, siendo conocedor asimismo de las normas aplicables, en particular y
de las resoluciones dictadas al efecto.
b) Aceptar los resultados de la subasta en los términos fijados en las reglas de la
subasta. Los participantes reconocen que las reglas de la subasta no les atribuyen
ningún derecho a interrumpir, concluir, retrasar o repetir la subasta.
c) Mantener la confidencialidad de aquella información que haya obtenido a través
de su participación en la subasta o a través de la entidad administradora de la subasta.
d) Disponer de los equipos informáticos y medios de comunicación necesarios para
poder participar con garantía en la subasta. Es responsabilidad del participante
asegurarse del correcto funcionamiento de los equipos con los que van a acceder a la
subasta, de la correcta instalación del software y dispositivos necesarios y del correcto
funcionamiento de la infraestructura de comunicación con la entidad administradora de la
subasta.
e) Realizar el proceso de precalificación de acuerdo a lo establecido en las reglas
de la subasta.
f) Realizar el proceso de calificación de acuerdo a lo establecido en las reglas de la
subasta.
g) Abonar a la entidad administradora de la subasta el coste de la subasta en caso
de que resulten adjudicatarios en la subasta, según se establece en el artículo 7.3 de la
Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
6. Garantías de participación. Según el artículo 8 del Real Decreto 960/2020, los
agentes interesados en participar en la subasta deberán presentar ante la entidad
administradora de la misma las garantías para la participación en la subasta.
Según se establece en el artículo 12.1 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre,
la cuantía de la garantía económica regulada en el artículo 8 del Real Decreto 960/2020,
de 3 de noviembre, solicitada como requisito previo para la participación en la subasta, será
de 60 euros/kW para la potencia por la que pretende presentar oferta.
La falta de constitución de las garantías requeridas impedirá a los agentes la participación
en la subasta, en aplicación del artículo 7 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Por lo anterior, los participantes precalificados que pretendan su calificación deben
constituir dichas garantías por el volumen máximo de calificación a nombre y beneficio de
OMEL Diversificación, S.A.U., que gestionará dichas garantías para el proceso de calificación.
La constitución, cobertura, formalización y ejecución, en su caso, de las garantías se realizarán
de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de la información y documentación a aportar en
el proceso de calificación que se recoge en la Guía de calificación («apéndice III»).
7. Proceso de subasta.
7.1 Fase de recepción de ofertas. Podrán participar en la subasta las personas
físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en la Orden, y que hayan
superado los procesos de precalificación y calificación establecidos en estas reglas de la
subasta.
La entidad administradora de la subasta pondrá a disposición de todos los
participantes el Manual de usuario para la participación en la subasta, que incluirá
indicaciones para la realización de las ofertas.
En aplicación del artículo 7 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, las
comunicaciones entre un participante y la entidad administradora de la subasta deberán
llevarse a cabo por medios electrónicos de conformidad con el Manual de usuario por lo
que respecta al contenido del mensaje, su formato y a la forma de comunicación. Para
ello, los participantes deberán disponer de los equipos informáticos y medios de
comunicación necesarios para poder participar con garantías en la subasta, tal y como
se especifique en dicho Manual de usuario.
La apertura de la fase de recepción de ofertas será a las 9:00 hora oficial española y
tendrá una duración de dos horas.
En el supuesto de que surgiesen incidencias que alterasen el curso normal de
cualquiera de los mecanismos que integran el proceso de subasta, la entidad
cve: BOE-A-2021-14750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109124
presentes reglas, siendo conocedor asimismo de las normas aplicables, en particular y
de las resoluciones dictadas al efecto.
b) Aceptar los resultados de la subasta en los términos fijados en las reglas de la
subasta. Los participantes reconocen que las reglas de la subasta no les atribuyen
ningún derecho a interrumpir, concluir, retrasar o repetir la subasta.
c) Mantener la confidencialidad de aquella información que haya obtenido a través
de su participación en la subasta o a través de la entidad administradora de la subasta.
d) Disponer de los equipos informáticos y medios de comunicación necesarios para
poder participar con garantía en la subasta. Es responsabilidad del participante
asegurarse del correcto funcionamiento de los equipos con los que van a acceder a la
subasta, de la correcta instalación del software y dispositivos necesarios y del correcto
funcionamiento de la infraestructura de comunicación con la entidad administradora de la
subasta.
e) Realizar el proceso de precalificación de acuerdo a lo establecido en las reglas
de la subasta.
f) Realizar el proceso de calificación de acuerdo a lo establecido en las reglas de la
subasta.
g) Abonar a la entidad administradora de la subasta el coste de la subasta en caso
de que resulten adjudicatarios en la subasta, según se establece en el artículo 7.3 de la
Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
6. Garantías de participación. Según el artículo 8 del Real Decreto 960/2020, los
agentes interesados en participar en la subasta deberán presentar ante la entidad
administradora de la misma las garantías para la participación en la subasta.
Según se establece en el artículo 12.1 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre,
la cuantía de la garantía económica regulada en el artículo 8 del Real Decreto 960/2020,
de 3 de noviembre, solicitada como requisito previo para la participación en la subasta, será
de 60 euros/kW para la potencia por la que pretende presentar oferta.
La falta de constitución de las garantías requeridas impedirá a los agentes la participación
en la subasta, en aplicación del artículo 7 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Por lo anterior, los participantes precalificados que pretendan su calificación deben
constituir dichas garantías por el volumen máximo de calificación a nombre y beneficio de
OMEL Diversificación, S.A.U., que gestionará dichas garantías para el proceso de calificación.
La constitución, cobertura, formalización y ejecución, en su caso, de las garantías se realizarán
de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de la información y documentación a aportar en
el proceso de calificación que se recoge en la Guía de calificación («apéndice III»).
7. Proceso de subasta.
7.1 Fase de recepción de ofertas. Podrán participar en la subasta las personas
físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en la Orden, y que hayan
superado los procesos de precalificación y calificación establecidos en estas reglas de la
subasta.
La entidad administradora de la subasta pondrá a disposición de todos los
participantes el Manual de usuario para la participación en la subasta, que incluirá
indicaciones para la realización de las ofertas.
En aplicación del artículo 7 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, las
comunicaciones entre un participante y la entidad administradora de la subasta deberán
llevarse a cabo por medios electrónicos de conformidad con el Manual de usuario por lo
que respecta al contenido del mensaje, su formato y a la forma de comunicación. Para
ello, los participantes deberán disponer de los equipos informáticos y medios de
comunicación necesarios para poder participar con garantías en la subasta, tal y como
se especifique en dicho Manual de usuario.
La apertura de la fase de recepción de ofertas será a las 9:00 hora oficial española y
tendrá una duración de dos horas.
En el supuesto de que surgiesen incidencias que alterasen el curso normal de
cualquiera de los mecanismos que integran el proceso de subasta, la entidad
cve: BOE-A-2021-14750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216