III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14742)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216

Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108914

Teniendo en cuenta que el artículo 7.3 de la LOEPSF establece que todo acto administrativo o
actuación de los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación, que afecten a los gastos o ingresos
públicos presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse de forma
estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera, cabe señalar que las incorporaciones de crédito financiadas de la
manera antes expuesta inciden negativamente sobre la estabilidad presupuestaria, mientras que
las ampliaciones en las que se habría recurrido al endeudamiento como fuente de financiación lo
hacen, de la misma forma, sobre la sostenibilidad financiera. Al igual que en 2017, la LP para
2018 no recoge la prohibición de realizar modificaciones que supongan un aumento de las
necesidades totales de financiación.
A ello se une la existencia de un remanente de tesorería total negativo al cierre del ejercicio
precedente de 536.932 miles de euros, aunque se financiaran con remanente afectado en 2018
modificaciones por 160.344 miles, ejercicio en que se genera un nuevo remanente negativo de
549.579 miles.
Precisamente, en relación con el uso dado en el ejercicio a los 8.103 miles de euros consignados
en el Fondo de Contingencia, estos sirvieron para abonar una condena por sentencia judicial firme
por importe de 1.100 miles de euros, resultado de un contencioso entre la Administración General
de la JCCM y una empresa de transportes que data de 2014, 375 miles para incrementar una
subvención nominativa concedida a la Fundación Impulsa CLM (entidad encargada de la gestión
de la puesta en marcha de la Fundación Roberto Polo) y 6.628 miles para financiar el déficit
presupuestario sanitario y los incrementos retributivos derivados de la Ley de Presupuestos
Generales del Estado (LPGE) para el año 2018, mientras que el concepto 520, Otros imprevistos,
carecía de créditos iniciales, siendo necesaria la generación de créditos mediante la suscripción
de préstamos a largo plazo por importe de 71.288 miles de euros.
A la vista de lo antes expuesto, la falta de previsión inicial de las cantidades en los casos
enumerados en el párrafo anterior no justifica el uso del Fondo de Contingencia ya que el pago de
sentencias condenatorias debería haberse previsto, como viene reiterándose en anteriores
informes de fiscalización, teniendo ello reflejo en la cuenta prevista por el PGCP para registrar en
el balance las provisiones para riesgos y gastos. Respecto a los gastos para la creación de la
Fundación Roberto Polo, ya en 2017 la JCCM había culminado el acuerdo para la donación de la
colección del mismo nombre y, finalmente, en la modificación presupuestaria por 6.628 miles de
euros con destino a la transferencia nominativa del SESCAM, tampoco es apropiado su uso para
el caso del déficit presupuestario sanitario, toda vez que el OA en 2017 arrojó un resultado y saldo
presupuestario positivo de 24.109 miles de euros.
C)

EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

La liquidación del presupuesto de gastos, según la clasificación económica, se presentó a nivel de
artículo, según se dispone en el PGCP, si bien dicha desagregación es inferior a la del
presupuesto aprobado (a nivel de subconcepto) prevista en el PGCP, por lo que de dicho estado
no se puede deducir el cumplimiento de la vinculación de los créditos.

cve: BOE-A-2021-14742
Verificable en https://www.boe.es

Los anexos II.1-3 y II.1-4 reflejan la liquidación del presupuesto de gastos atendiendo a su
clasificación económica y orgánica, por capítulos y secciones, respectivamente.