III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14741)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216

Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108834


Subvención a los centros de menores de la CA de Melilla para financiar la asistencia de
menores acogidos y tutelados por la CA a cursos formativos y festividad de Reyes, por la que se
reconocieron obligaciones por importe de 68 miles de euros.

Subvención a la ONG Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad, que dio lugar al
reconocimiento de obligaciones por importe de 15 miles de euros.
F)

ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO

En el informe de control financiero de gastos e ingresos 2016 y 2017, emitido por la IG con fecha
27 de septiembre de 2019 en relación con las subvenciones que se recogen en el anexo IV-1, se
señalan, con carácter general, las siguientes deficiencias en cuanto a las cuentas
justificativas con aportación de justificantes de gasto presentadas:

No presentan la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
resultados obtenidos a que se refiere el art.72.1 del RD 887/2006 RGLS.


Faltan las memorias de seguimiento y finales previstas en los clausulados de los convenios.


Las memorias económicas justificativas del coste de las actividades realizadas no incluyen
relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación de acreedor y del
documento, su importe, fecha de emisión, y en su caso, fecha de pago, ni declaración de otros
ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su
importe y procedencia, incumpliendo la obligación de comunicar al órgano concedente la
financiación concurrente (otras ayudas, subvenciones, concesión de contratos, cesiones de local,
percepción de ingresos de usuarios o matriculaciones en actividades, por ejemplo).
G)

SUBVENCIONES COMUNITARIAS

La CA fue receptora de fondos estructurales procedentes de los Programas Operativos del Fondo
Social Europeo 2014-2020, y de FEDER y Fondo de Cohesión, integrantes del marco 2007-2013.
Durante el ejercicio 2018, la IG de la CA ostentaba la condición de autoridad de auditoría de los
fondos comunitarios (Fondo Social Europeo), siendo organismo colaborador de control la IGAE.
Se realizaron controles sobre tres operaciones de un total de veinticuatro. La cuantía verificada
ascendió a 342 miles de euros (el 29 % del declarado), sin que se pusiera de manifiesto gasto
irregular y sin que la Comisión Europea adoptara decisión alguna en relación con ello.
II.6.6. Transparencia en la actividad pública

Según la citada Ley, los órganos de las CCAA y EELL disponían de un plazo máximo de dos años
para adaptarse a las obligaciones en ella contenidas. La CA consideró oportuno regular la materia
a través de un Reglamento, cuya aprobación corresponde al Pleno de la Asamblea atendiendo a
la potestad normativa que le atribuye el artículo 12.1 a) del EA. En este sentido, por Decreto
número 43, de 14 de julio de 2016, se produjo la aprobación definitiva del Reglamento de
transparencia y acceso a la información pública de la CA.

cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y
garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las
obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las
consecuencias derivadas de su incumplimiento.