III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14741)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108816
A continuación, se detalla la evolución del saldo vivo de la deuda de la CA y sus entidades
dependientes (en miles de euros), donde se aprecia el importante descenso producido en los
últimos años.
CUADRO Nº 22. EVOLUCIÓN DEL SALDO VIVO DE LA DEUDA
(miles de euros)
31/12/2016
31/12/2017
31/12/2018
Administración General
-
Préstamos de entidades de crédito
-
Préstamo Ministerio Industria Plan Avanza
-
Operaciones de arrendamiento financiero
Subtotal
68.191
54.063
53.618
4.083
3.500
2.917
7.476
6.587
5.562
79.750
64.150
62.097
17.690
15.834
13.829
97.440
79.984
75.926
Empresas Públicas
-
Préstamos de entidades de crédito y otras deudas
Total
B)
LIMITACIONES LEGALES AL ENDEUDAMIENTO
Tanto el EA de la CA como, principalmente, la legislación del Estado sobre régimen financiero de
las EELL, de aplicación supletoria a la CA, regulan la concertación de operaciones de crédito.
Durante el ejercicio 2018 la CA no concertó operaciones para cubrir necesidades transitorias de
tesorería y formalizó un préstamo a largo plazo, por importe de 9.670 miles de euros, previsto en
su Presupuesto, además de otros dos préstamos por importe total de 12.090 miles de euros que
habían sido adjudicados en 2017 e imputados al presupuesto de ese ejercicio, pero que fueron
formalizados a principios de 2018.
El régimen legal para la autorización del endeudamiento viene establecido, con carácter general,
por el artículo 53 del TRLRHL y la DA decimocuarta del RD-L 20/2011, de 30 de diciembre, de
medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, según la redacción otorgada por la Disposición final trigésima primera de la LPGE para el
año 2013, la cual, además, le atribuyó vigencia indefinida.
Por otra parte, esta misma DA se refiere al informe de la Intervención regulado en el apartado 2
del artículo 52 del TRLRHL, indicando que en el mismo se incluirán los cálculos que acrediten el
cumplimiento de los límites citados en la propia Disposición y cualesquiera otros ajustes que
afecten a la medición de la capacidad de pago de la entidad. Sobre este informe, previo a la
concertación del endeudamiento, cabe señalar que el analizado, a diferencia de los emitidos en
ejercicios anteriores, sí verifica de manera particular la capacidad para afrontar las obligaciones
que se derivan de las nuevas operaciones de crédito.
En el expediente del préstamo a largo plazo imputado al ejercicio 2018 se incluía informe con los
cálculos necesarios para determinar el coste de la operación de endeudamiento, según la
metodología establecida en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a
cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es
Según la citada DA decimocuarta, las entidades que presentasen ahorro neto negativo no podían
concertar operaciones de crédito a largo plazo. De la liquidación del presupuesto del ejercicio
2017, así como del cálculo de las anualidades de los préstamos vivos y de las operaciones a
concertar para 2018, no se deduce que la CA estuviera en tal situación.
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108816
A continuación, se detalla la evolución del saldo vivo de la deuda de la CA y sus entidades
dependientes (en miles de euros), donde se aprecia el importante descenso producido en los
últimos años.
CUADRO Nº 22. EVOLUCIÓN DEL SALDO VIVO DE LA DEUDA
(miles de euros)
31/12/2016
31/12/2017
31/12/2018
Administración General
-
Préstamos de entidades de crédito
-
Préstamo Ministerio Industria Plan Avanza
-
Operaciones de arrendamiento financiero
Subtotal
68.191
54.063
53.618
4.083
3.500
2.917
7.476
6.587
5.562
79.750
64.150
62.097
17.690
15.834
13.829
97.440
79.984
75.926
Empresas Públicas
-
Préstamos de entidades de crédito y otras deudas
Total
B)
LIMITACIONES LEGALES AL ENDEUDAMIENTO
Tanto el EA de la CA como, principalmente, la legislación del Estado sobre régimen financiero de
las EELL, de aplicación supletoria a la CA, regulan la concertación de operaciones de crédito.
Durante el ejercicio 2018 la CA no concertó operaciones para cubrir necesidades transitorias de
tesorería y formalizó un préstamo a largo plazo, por importe de 9.670 miles de euros, previsto en
su Presupuesto, además de otros dos préstamos por importe total de 12.090 miles de euros que
habían sido adjudicados en 2017 e imputados al presupuesto de ese ejercicio, pero que fueron
formalizados a principios de 2018.
El régimen legal para la autorización del endeudamiento viene establecido, con carácter general,
por el artículo 53 del TRLRHL y la DA decimocuarta del RD-L 20/2011, de 30 de diciembre, de
medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, según la redacción otorgada por la Disposición final trigésima primera de la LPGE para el
año 2013, la cual, además, le atribuyó vigencia indefinida.
Por otra parte, esta misma DA se refiere al informe de la Intervención regulado en el apartado 2
del artículo 52 del TRLRHL, indicando que en el mismo se incluirán los cálculos que acrediten el
cumplimiento de los límites citados en la propia Disposición y cualesquiera otros ajustes que
afecten a la medición de la capacidad de pago de la entidad. Sobre este informe, previo a la
concertación del endeudamiento, cabe señalar que el analizado, a diferencia de los emitidos en
ejercicios anteriores, sí verifica de manera particular la capacidad para afrontar las obligaciones
que se derivan de las nuevas operaciones de crédito.
En el expediente del préstamo a largo plazo imputado al ejercicio 2018 se incluía informe con los
cálculos necesarios para determinar el coste de la operación de endeudamiento, según la
metodología establecida en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a
cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es
Según la citada DA decimocuarta, las entidades que presentasen ahorro neto negativo no podían
concertar operaciones de crédito a largo plazo. De la liquidación del presupuesto del ejercicio
2017, así como del cálculo de las anualidades de los préstamos vivos y de las operaciones a
concertar para 2018, no se deduce que la CA estuviera en tal situación.