III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14741)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2018.
123 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108773
Además, se ha verificado el cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, así como de las prescripciones de transparencia en todo aquello en que lo dispuesto en
dicha normativa pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
De la exposición de los objetivos anteriores se deduce el carácter integral (de regularidad y
operativa) de la presente fiscalización.
No han existido limitaciones al alcance que imposibilitaran el cumplimiento de los objetivos
previstos en la presente fiscalización. Sin perjuicio de lo anterior y, por tanto, sin afectar a los
objetivos, en las diferentes áreas en que se estructuran los resultados del trabajo del presente
Informe se indica la falta de remisión de determinada documentación, en los casos en que hubiera
dificultado, reducido o alterado el análisis previsto.
I.5.
TRÁMITE DE ALEGACIONES
Los resultados de las actuaciones practicadas se pusieron de manifiesto al actual Presidente de la
CA de Melilla y a quien ostentaba ese cargo durante el ejercicio fiscalizado para que se
formulasen las alegaciones y se presentasen cuantos documentos y justificantes se estimasen
pertinentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley de 5 de abril de 1988, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu).
Dentro del plazo de prórroga concedido, tras la petición formulada por el actual Presidente, se
recibieron las correspondientes alegaciones de este que, en virtud de lo dispuesto en el
mencionado artículo 44, se incorporan al presente Informe.
A la vista de las alegaciones, se han efectuado las oportunas modificaciones en el texto y, en los
casos en que se ha visto necesario plantear algunas consideraciones respecto al contenido de las
mismas, aquellas se reflejan mediante notas a pie de página. No se formulan observaciones
respecto a las alegaciones que constituyen meras explicaciones en relación con los hechos
recogidos en el Informe y que, por tanto, no implican oposición al contenido del mismo. En
cualquier caso, el resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en el presente Informe.
Se ha recibido documentación remitida por una dirección general de la CA fuera del plazo
habilitado para realizar alegaciones, por lo que, con arreglo a lo dispuesto en las Normas Internas
de Fiscalización del Tribunal de Cuentas de 23 de diciembre de 2013, no se acompaña al Informe,
aunque ha sido analizada a los efectos de darle el oportuno tratamiento.
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
El Pleno de la Asamblea de Melilla, en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2017, aprobó
inicialmente el Presupuesto General Consolidado de la CA, sus OOAA, sociedades mercantiles,
fundación y consorcio para el año 2018. Durante el plazo previsto en el artículo 169 del TRLRHL
se produjeron dos reclamaciones, ambas desestimadas, por lo que el presupuesto quedó
definitivamente aprobado por Acuerdo de la Asamblea de fecha 23 de enero de 2018 [Boletín
Oficial de la CA de Melilla (BOME) extraordinario número 1 de 24 de enero de 2018]. Según este
Presupuesto, el conjunto de los gastos consolidados fue el siguiente.
cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es
El sector público de Melilla en el ejercicio fiscalizado, de acuerdo con la información contenida en
la Cuenta General remitida, se componía de la Administración General, dos OOAA, un ente
público, tres sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de la Ciudad, una
fundación cuya dotación inicial fue realizada por una de las sociedades participadas en su
totalidad por la CA y, por último, un consorcio. Además, la Ciudad ostentaba el 50 % del capital de
otra sociedad, perteneciendo el 50 % restante a una sociedad estatal y que, por lo tanto,
atendiendo a lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria, se integra en la Cuenta General del
Estado.
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108773
Además, se ha verificado el cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, así como de las prescripciones de transparencia en todo aquello en que lo dispuesto en
dicha normativa pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
De la exposición de los objetivos anteriores se deduce el carácter integral (de regularidad y
operativa) de la presente fiscalización.
No han existido limitaciones al alcance que imposibilitaran el cumplimiento de los objetivos
previstos en la presente fiscalización. Sin perjuicio de lo anterior y, por tanto, sin afectar a los
objetivos, en las diferentes áreas en que se estructuran los resultados del trabajo del presente
Informe se indica la falta de remisión de determinada documentación, en los casos en que hubiera
dificultado, reducido o alterado el análisis previsto.
I.5.
TRÁMITE DE ALEGACIONES
Los resultados de las actuaciones practicadas se pusieron de manifiesto al actual Presidente de la
CA de Melilla y a quien ostentaba ese cargo durante el ejercicio fiscalizado para que se
formulasen las alegaciones y se presentasen cuantos documentos y justificantes se estimasen
pertinentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley de 5 de abril de 1988, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu).
Dentro del plazo de prórroga concedido, tras la petición formulada por el actual Presidente, se
recibieron las correspondientes alegaciones de este que, en virtud de lo dispuesto en el
mencionado artículo 44, se incorporan al presente Informe.
A la vista de las alegaciones, se han efectuado las oportunas modificaciones en el texto y, en los
casos en que se ha visto necesario plantear algunas consideraciones respecto al contenido de las
mismas, aquellas se reflejan mediante notas a pie de página. No se formulan observaciones
respecto a las alegaciones que constituyen meras explicaciones en relación con los hechos
recogidos en el Informe y que, por tanto, no implican oposición al contenido del mismo. En
cualquier caso, el resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en el presente Informe.
Se ha recibido documentación remitida por una dirección general de la CA fuera del plazo
habilitado para realizar alegaciones, por lo que, con arreglo a lo dispuesto en las Normas Internas
de Fiscalización del Tribunal de Cuentas de 23 de diciembre de 2013, no se acompaña al Informe,
aunque ha sido analizada a los efectos de darle el oportuno tratamiento.
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
El Pleno de la Asamblea de Melilla, en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2017, aprobó
inicialmente el Presupuesto General Consolidado de la CA, sus OOAA, sociedades mercantiles,
fundación y consorcio para el año 2018. Durante el plazo previsto en el artículo 169 del TRLRHL
se produjeron dos reclamaciones, ambas desestimadas, por lo que el presupuesto quedó
definitivamente aprobado por Acuerdo de la Asamblea de fecha 23 de enero de 2018 [Boletín
Oficial de la CA de Melilla (BOME) extraordinario número 1 de 24 de enero de 2018]. Según este
Presupuesto, el conjunto de los gastos consolidados fue el siguiente.
cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es
El sector público de Melilla en el ejercicio fiscalizado, de acuerdo con la información contenida en
la Cuenta General remitida, se componía de la Administración General, dos OOAA, un ente
público, tres sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de la Ciudad, una
fundación cuya dotación inicial fue realizada por una de las sociedades participadas en su
totalidad por la CA y, por último, un consorcio. Además, la Ciudad ostentaba el 50 % del capital de
otra sociedad, perteneciendo el 50 % restante a una sociedad estatal y que, por lo tanto,
atendiendo a lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria, se integra en la Cuenta General del
Estado.