III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14740)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108672
TEMPORALIDAD DE LOS CONTRATOS
La estructura de la plantilla de personal de la Administración General y el número de altos cargos
de la Ciudad para el año 2018 ha sido la siguiente, habiendo aumentado en términos globales un
3 % respecto al ejercicio anterior:
Cuadro 30. Nº de efectivos de la AGCE
2018
Altos cargos
13
Personal eventual
42
Funcionarios de carrera
761
Funcionarios interinos
95
Laborales fijos
32
Laborales indefinidos no fijos
70
Laborales temporales
TOTAL
315
1.328
La temporalidad del empleo público de la Ciudad en el ejercicio fiscalizado se ha mantenido en un
porcentaje del 29 %, un punto por encima del ejercicio anterior.
PERSONAL EN COMISIÓN DE SERVICIOS Y ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL
Según el art. 36 del RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso al servicio de la AGE y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios civiles de la AGE, los puestos adscritos a funcionarios pueden ser temporalmente
cubiertos mediante comisión de servicios y adscripción provisional. A 31 de diciembre de 2018 se
ha informado que únicamente dos policías locales estaban en comisión de servicio no habiéndose
sobrepasado el límite temporal (un año, prorrogable por otro) recogido en el RD 364/1995.
Respecto a las adscripciones provisionales, la Ciudad ha informado que ante la ausencia de RPT,
y salvo los casos puntuales de aquellos empleados públicos para los que en los últimos años se
ha realizado un concurso para adscripción definitiva a un puesto de trabajo, todos los funcionarios
y laborales de la Ciudad Autónoma tienen una adscripción provisional.
En la fiscalización se ha comprobado que en 2018 se han abonado 15 premios de jubilación
anticipada por un total de 437 miles de euros, recogidos en el acuerdo regulador de los
funcionarios de la Ciudad. De acuerdo con la sentencia 459/2018, de 20 de marzo, del Tribunal
Supremo, estos premios, en el caso de los funcionarios, tienen carácter de remuneración y por
tanto su percepción supondría vulnerar determinados preceptos básicos como el art. 93 LRBRL, el
art. 153 del Real Decreto Legislativo 781/19863 y el art. 1.2 del RD 861/1986.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
PREMIOS DE JUBILACIÓN
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108672
TEMPORALIDAD DE LOS CONTRATOS
La estructura de la plantilla de personal de la Administración General y el número de altos cargos
de la Ciudad para el año 2018 ha sido la siguiente, habiendo aumentado en términos globales un
3 % respecto al ejercicio anterior:
Cuadro 30. Nº de efectivos de la AGCE
2018
Altos cargos
13
Personal eventual
42
Funcionarios de carrera
761
Funcionarios interinos
95
Laborales fijos
32
Laborales indefinidos no fijos
70
Laborales temporales
TOTAL
315
1.328
La temporalidad del empleo público de la Ciudad en el ejercicio fiscalizado se ha mantenido en un
porcentaje del 29 %, un punto por encima del ejercicio anterior.
PERSONAL EN COMISIÓN DE SERVICIOS Y ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL
Según el art. 36 del RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso al servicio de la AGE y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios civiles de la AGE, los puestos adscritos a funcionarios pueden ser temporalmente
cubiertos mediante comisión de servicios y adscripción provisional. A 31 de diciembre de 2018 se
ha informado que únicamente dos policías locales estaban en comisión de servicio no habiéndose
sobrepasado el límite temporal (un año, prorrogable por otro) recogido en el RD 364/1995.
Respecto a las adscripciones provisionales, la Ciudad ha informado que ante la ausencia de RPT,
y salvo los casos puntuales de aquellos empleados públicos para los que en los últimos años se
ha realizado un concurso para adscripción definitiva a un puesto de trabajo, todos los funcionarios
y laborales de la Ciudad Autónoma tienen una adscripción provisional.
En la fiscalización se ha comprobado que en 2018 se han abonado 15 premios de jubilación
anticipada por un total de 437 miles de euros, recogidos en el acuerdo regulador de los
funcionarios de la Ciudad. De acuerdo con la sentencia 459/2018, de 20 de marzo, del Tribunal
Supremo, estos premios, en el caso de los funcionarios, tienen carácter de remuneración y por
tanto su percepción supondría vulnerar determinados preceptos básicos como el art. 93 LRBRL, el
art. 153 del Real Decreto Legislativo 781/19863 y el art. 1.2 del RD 861/1986.
cve: BOE-A-2021-14740
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PREMIOS DE JUBILACIÓN