III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14592)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Importaco Frutos Secos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108047
gestión medioambiental se establecen en el presente artículo los siguientes conceptos y
objetivos:
– Reducción del consumo energético.
– Reducción del consumo de agua.
– Reducción del consumo de papel y otros bienes consumibles.
– Recogida selectiva y fomento del reciclaje de los residuos generados.
– Introducir todas aquellas medidas económica y tecnológicamente viables que
comporten un mayor respeto hacia el entorno, estableciendo planes para la prevención y
reducción de todos los tipos de contaminación y los impactos medioambientales de los
distintos procesos de negocio, presentes o en desarrollo (en condiciones normales o en
caso de incidentes) dentro de un sistema de mejora continua.
– Sustitución de aquellos materiales y productos que en su producción y utilización
provocan un deterioro medioambiental.
– Fomentar la responsabilidad a todos los niveles de la organización respecto a
temas ambientales a través de programas de formación e información para el personal,
colaboradores o colaboradoras (clientes, proveedores y subcontratistas) y organismos.
– Mejorar el comportamiento ambiental de las instalaciones y actividades de la
compañía.
Artículo 69.
Inmigración y minorías étnicas.
Las partes declaran inaceptables los actos y comportamientos de discriminación
racista, xenófoba y formas conexas de intolerancia en general, y específicamente contra
las trabajadoras y los trabajadores inmigrantes o minorías étnicas que formen parte de
esta organización, para lo cual manifiesta su compromiso con la promoción del respeto
por la diversidad y la interacción multicultural, garantizando la aplicación a estos
colectivos de igualdad de condiciones laborales, derechos y libertades que para el resto
de personas trabajadoras en todas aquellas materias que afecten a su relación laboral,
especialmente en las referidas a formas y tipos de contratación, retribuciones,
prevención y seguridad, clasificación y promoción, formación, y derecho a prestaciones
sociales. Del mismo modo, y en la medida de sus posibilidades, la gestión de la
diversidad será parte integrante de la política de gestión de los recursos humanos de la
empresa con el objetivo de crear una cultura empresarial en la cual cada persona
trabajadora, sin distinción alguna, pueda desarrollar plenamente sus capacidades y
cualidades. Por ello, en consideración con las necesidades socio-culturales y familiares
específicas de estos grupos, y en aras de posibilitar su plena integración laboral y su
adaptación al entorno social, desde la organización de la empresa se asumirá el papel
de integrador social y mediador intercultural tratando de ayudar a estos trabajadores o
trabajadoras para concluir con éxito su adaptación a la dinámica de la empresa y la
sociedad.
Cercanía e integración.
1. El Grupo trabaja por su integración en las localidades en las que está presente,
tratando de interiorizar su cultura y costumbres, habiendo adquirido un carácter
multicultural que integra las diferencias de las comunidades que rodean a todos los
centros de trabajo. El apoyo a la promoción e integración cultural se concreta, entre otras
medidas, en el uso de las diferentes lenguas regionales co-oficiales en todos los
soportes informativos en los puntos de venta, Internet, publicaciones impresas,
etiquetado de productos de marca propia y folletos publi-promocionales.
2. Las empresas están abiertas al entorno en el que opera y, en consecuencia, en
el caso específico de la lengua, la tendencia natural es que sus miembros reproduzcan
dentro de la empresa el mismo mapa sociolingüístico que existe en la sociedad. La
actuación de la empresa debe de contar con ello. Es por tanto por lo que se adquiere el
cve: BOE-A-2021-14592
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 70.
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108047
gestión medioambiental se establecen en el presente artículo los siguientes conceptos y
objetivos:
– Reducción del consumo energético.
– Reducción del consumo de agua.
– Reducción del consumo de papel y otros bienes consumibles.
– Recogida selectiva y fomento del reciclaje de los residuos generados.
– Introducir todas aquellas medidas económica y tecnológicamente viables que
comporten un mayor respeto hacia el entorno, estableciendo planes para la prevención y
reducción de todos los tipos de contaminación y los impactos medioambientales de los
distintos procesos de negocio, presentes o en desarrollo (en condiciones normales o en
caso de incidentes) dentro de un sistema de mejora continua.
– Sustitución de aquellos materiales y productos que en su producción y utilización
provocan un deterioro medioambiental.
– Fomentar la responsabilidad a todos los niveles de la organización respecto a
temas ambientales a través de programas de formación e información para el personal,
colaboradores o colaboradoras (clientes, proveedores y subcontratistas) y organismos.
– Mejorar el comportamiento ambiental de las instalaciones y actividades de la
compañía.
Artículo 69.
Inmigración y minorías étnicas.
Las partes declaran inaceptables los actos y comportamientos de discriminación
racista, xenófoba y formas conexas de intolerancia en general, y específicamente contra
las trabajadoras y los trabajadores inmigrantes o minorías étnicas que formen parte de
esta organización, para lo cual manifiesta su compromiso con la promoción del respeto
por la diversidad y la interacción multicultural, garantizando la aplicación a estos
colectivos de igualdad de condiciones laborales, derechos y libertades que para el resto
de personas trabajadoras en todas aquellas materias que afecten a su relación laboral,
especialmente en las referidas a formas y tipos de contratación, retribuciones,
prevención y seguridad, clasificación y promoción, formación, y derecho a prestaciones
sociales. Del mismo modo, y en la medida de sus posibilidades, la gestión de la
diversidad será parte integrante de la política de gestión de los recursos humanos de la
empresa con el objetivo de crear una cultura empresarial en la cual cada persona
trabajadora, sin distinción alguna, pueda desarrollar plenamente sus capacidades y
cualidades. Por ello, en consideración con las necesidades socio-culturales y familiares
específicas de estos grupos, y en aras de posibilitar su plena integración laboral y su
adaptación al entorno social, desde la organización de la empresa se asumirá el papel
de integrador social y mediador intercultural tratando de ayudar a estos trabajadores o
trabajadoras para concluir con éxito su adaptación a la dinámica de la empresa y la
sociedad.
Cercanía e integración.
1. El Grupo trabaja por su integración en las localidades en las que está presente,
tratando de interiorizar su cultura y costumbres, habiendo adquirido un carácter
multicultural que integra las diferencias de las comunidades que rodean a todos los
centros de trabajo. El apoyo a la promoción e integración cultural se concreta, entre otras
medidas, en el uso de las diferentes lenguas regionales co-oficiales en todos los
soportes informativos en los puntos de venta, Internet, publicaciones impresas,
etiquetado de productos de marca propia y folletos publi-promocionales.
2. Las empresas están abiertas al entorno en el que opera y, en consecuencia, en
el caso específico de la lengua, la tendencia natural es que sus miembros reproduzcan
dentro de la empresa el mismo mapa sociolingüístico que existe en la sociedad. La
actuación de la empresa debe de contar con ello. Es por tanto por lo que se adquiere el
cve: BOE-A-2021-14592
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 70.