III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14592)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Importaco Frutos Secos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 6 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108019

A.–Cualificados Expertos: Son las personas trabajadoras que, además de las
funciones exigidas a los Cualificados B, tienen la capacidad y el conocimiento de realizar
y practicar con absoluta polivalencia y autonomía todas las operaciones y tareas propias
del área o sección, y además cuando las necesidades productivas u organizativas así lo
requieren, asumen y se responsabilizan de forma discontinua de la coordinación de una
o varias secciones del proceso productivo de la empresa y del personal asociado, con
plena responsabilidad, alta autonomía, siendo el responsable de aplicar la normativa
interna de la empresa relativa a seguridad e higiene, calidad, disciplina y producción en
el área o áreas que coordine temporalmente.
Conoce y maneja adecuadamente los sistemas informáticos aplicados en la empresa
en los procesos productivos, tiene capacidad e interviene en la resolución de las
incidencias que se producen en el área y tiene conocimientos técnicos y capacidad
profesional suficiente como para asumir en determinados momentos las funciones de su
superior inmediato.
Todos los trabajadores adscritos a este Grupo Profesional deberán haber superado
una evaluación técnica para la consolidación en el mismo. Los criterios de evaluación
serán negociados entre la RLT y la Dirección de cada centro.
Quedarán en cualquier caso encuadrados en este nivel el personal que realice
habiendo alcanzado el máximo nivel de especialización profesional realiza tareas propias
de áreas administrativas y/o de calidad, con total autonomía, estando subordinados a las
órdenes de un mando superior cumplen con sus directrices y realizan con la máxima
corrección, trabajos que requieren amplia iniciativa y responsabilidad.
Grupo 3.–Técnicos:

Grupo 4.–Responsables: Son las personas trabajadoras que realizan de modo
permanente las tareas propias de un responsable del departamento, proyecto o área
específica de la empresa, y con posibilidad de tener personal a su cargo, desarrolla,
ordena y dirige todas las tareas propias del departamento, proyecto o área específica
asignado, atendiendo a las directrices dispuestas por su superior jerárquico. Conoce el
departamento, proyecto o área específica asignado con especialización, coordinando y
dirigiendo las distintas secciones de su área.
Las personas trabajadoras quedarán adscritas a este Grupo Profesional de acuerdo
con el sistema de evaluación de puestos interna de Importaco.
Grupo 5.–Directores: Las personas trabajadoras pertenecientes a este grupo son
nombradas por la empresa y ostentan la responsabilidad de la gestión de su área de

cve: BOE-A-2021-14592
Verificable en https://www.boe.es

B.–Técnicos: Son las personas trabajadoras que, con el máximo grado de
especialización profesional y un alto nivel de responsabilidad, y que contando con la
formación específica exigible para ocupar el puesto, ejecutan su trabajo bajo la
dependencia de un mando superior, desarrollando tareas y funciones que precisan de
instrucciones y supervisión, pero que requieren de adecuados conocimientos
profesionales y aptitudes técnicas, participan en la resolución de incidencias pudiendo
implicar utilización de medios informáticos o robóticos.
Las personas trabajadoras quedarán adscritas a este Grupo Profesional de acuerdo
con el sistema de evaluación de puestos interna de Importaco.
A.–Técnicos Coordinadores: Son las personas trabajadoras que además de las
funciones exigidas a los Técnicos B, ejecutan su trabajo bajo la dependencia de mandos
o profesionales de más alta cualificación, asumen y se responsabilizan de la
coordinación de una o varias secciones y de las personas asociadas a la/s misma/s, con
plena responsabilidad, alta autonomía, siendo responsable de aplicar la normativa
interna de la empresa relativa a seguridad e higiene, calidad y disciplina en el área o
áreas que coordine.
Las personas trabajadoras quedarán adscritas a este Grupo Profesional de acuerdo
con el sistema de evaluación de puestos interna de Importaco.