II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2021-14576)
Resolución de 24 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 6 de septiembre de 2021

6.1.2

Sec. II.B. Pág. 107860

Segunda prueba (de conocimientos y ortografía).

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal establece que
la prueba constará de dos partes eliminatorias:
a) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario
de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo
una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como Anexo II a la presente
convocatoria. Se utilizará la fórmula:
[A–E/(n–1)]*10/P
siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas
de respuesta y «P» el número total de preguntas.
El Tribunal establece que serán considerados/as aptos/as en esta prueba los/as
opositores/as que hubiesen obtenido al menos 5 puntos tras la aplicación de la fórmula
expresada en el párrafo anterior.
b) Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la
capacidad ortográfica del/de la opositor/a. Para la corrección de la prueba se utilizarán
las entradas propias que figuren en el «Diccionario de la lengua española», obra
lexicográfica de referencia de la Academia. Se utilizará la fórmula:
[A–E/(n–1)]*10/P
siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas
de respuesta y «P» el número total de preguntas. Serán declarados aptos/as los
opositores/as que obtengan una nota igual o superior a 5.
El Tribunal, en el ejercicio de sus competencias, podrá, en caso de que tras la
calificación de la prueba de conocimientos no exista un número suficiente de opositores
con una puntuación igual o superior a 5 puntos, que garanticen una eficaz selección,
bajar la nota de corte de los 5 puntos iniciales. Igualmente, y en caso necesario, se
realizará con la prueba de ortografía.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de dos días naturales, contados a
partir del siguiente al de su publicación, para impugnar cualquiera de las preguntas
integrantes de los cuestionarios de conocimientos y ortografía. Bajo criterios de
celeridad, economía y eficacia, las impugnaciones se deberán presentar al Tribunal a
través de la dirección del correo electrónico: secretariaprocesos.dfp@policia.es.
6.1.3

Tercera prueba.

a) Reconocimiento médico. Dirigido a comprobar que no concurren en la persona
aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere el Real Decreto 326/2021,
de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso
en la Policía Nacional.
La realización de la parte a) implica el consentimiento de las personas aspirantes
para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del
Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y
calificación de la misma.
Se aplicarán a los/as aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se
estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina
Las toxicomanías a las que se refiere el apartado «D, Neurología y psiquiatría», del
cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional (Real
Decreto 326/2021, de 11 de mayo) se evaluarán atendiendo a las recomendaciones de la
SOHT (Society of Hair Testing), que establece unas concentraciones mínimas, diferentes

cve: BOE-A-2021-14576
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Constará de tres partes eliminatorias: