II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. (BOE-A-2021-14372)
Resolución de 23 de julio de 2021, de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Miércoles 1 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 106761

Máster universitario adicional al que en su caso pueda ser necesario para la
obtención de la titulación mínima requerida: se adjudicará 0,75 puntos por cada título de
Máster universitario relacionado con la seguridad nuclear y protección radiológica.
Segunda titulación como Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto, Grado o
equivalente: 0,5 puntos.
Segunda titulación como ingeniero Técnico (distinta a la titulación superior del
aspirante), Arquitecto Técnico, o Diplomado Universitario: 0,25 puntos.
Títulos propios: se valorará hasta un máximo de 1 punto:
Se otorgará 0,50 puntos por cada título propio relacionado con la seguridad nuclear y
protección radiológica de duración igual o superior a 300 horas.
Se otorgará 0,25 puntos por cada título propio relacionado con la seguridad nuclear y
protección radiológica de duración inferior a 300 horas.
b)

Diplomas profesionales: se valorará hasta un máximo de 2 puntos:

Se otorgará 0,50 puntos por cada título propio relacionado con la seguridad nuclear y
protección radiológica de duración igual o superior a 300 horas.
Se otorgará 0,25 puntos por cada título propio relacionado con la seguridad nuclear y
protección radiológica de duración inferior a 300 horas.
Científicos o profesionales no relacionados con la seguridad nuclear o protección
radiológica: 0,15 puntos por cada título o diploma.
Otros títulos y diplomas: 0,1 puntos por cada título o diploma.
c)

Publicaciones: se valorará hasta 3 puntos:

Realizadas en revistas científicas versando sobre temas de seguridad nuclear y
protección radiológica: se otorgará 0,5 puntos por cada publicación.
Realizadas en revistas científicas versando sobre temas científicos y tecnológicos
relacionados con el ámbito de actuación del CSN: 0,25 puntos por cada publicación.
Realizados en el marco de congresos nacionales e internacionales y que versen
sobre temas relacionados con el ámbito competencial del CSN: 0,25 puntos por cada
publicación.
d)

Experiencia profesional: se valorará hasta 10 puntos.

La calificación global del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.
Aquellos aspirantes que no superen los ejercicios de la fase de oposición no optarán
a la fase de concurso
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá aplicando los criterios de
desempate establecidos para la fase de oposición en la descripción del proceso
selectivo, apartado A) Dos, de esta convocatoria.
El Presidente del CSN publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de
aprobados, disponiendo éstos de 20 días hábiles para la presentación de la

cve: BOE-A-2021-14372
Verificable en https://www.boe.es

En temas relacionados con aspectos reguladores en materia de seguridad nuclear y
protección radiológica: se otorgará 0,5 puntos por cada seis meses completos de
experiencia.
En temas relacionados con operación en instalaciones nucleares, radioactivas, o en
gestión, ejecución, investigación y/ o desarrollo en temas relacionados con el ámbito de
la seguridad nuclear y la protección radiológica: 0,25 puntos por cada seis meses
completos de experiencia.
Científica o tecnológica distinta de las comprendidas en los dos párrafos anteriores:
0,2 puntos por cada seis meses completos de experiencia.
Otras experiencias profesionales: 0,05 puntos por cada seis meses completos de
experiencia.