III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14398)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los acuerdos de modificación y prórroga del II Convenio colectivo de Telefónica de España, SAU, Telefónica Móviles España, SAU y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107055
Estos conceptos mantendrán los mismos valores que tienen en la actualidad y
no experimentarán variación durante la vigencia del Convenio.»
CAPÍTULO X
Tiempo de trabajo
Sección 2.ª
Artículo 89.
Descanso semanal y trabajos en domingos y festivos
Teletrabajo y Flex Work.
Se modifica este artículo 89 con el fin de adaptarlo al contenido del nuevo acuerdo
en materia de nuevas formas de trabajo.
De esta forma el artículo 89 quedaría redactado como sigue:
«Artículo 89.
Teletrabajo y Smart Work (trabajo en movilidad).
La regulación de las nuevas formas de trabajo: Teletrabajo y Smart Work se
regirá por las disposiciones previstas en el anexo V del presente Convenio.»
ANEXO V
Nuevas formas de trabajo: Teletrabajo y flexwork. Acuerdo de teletrabajo en TDE,
TME y TSOL
Se sustituye íntegramente el anexo V del II Convenio Colectivo de Empresas
Vinculadas para regular las nuevas formas de trabajo en TdE, TME y TSOL.
Se adjunta como anexo V al presente Acuerdo de prórroga.
Vigencia de la prórroga del Convenio.
La presente prórroga del II Convenio colectivo de Empresas Vinculadas 2019 - 2021,
así como la de sus disposiciones adicionales, transitorias, final y anexos que lo
acompañan, con las modificaciones contempladas en el presente acuerdo, iniciará su
vigencia el día 1 de enero de 2022, con excepción de aquellas materias para las que se
establezcan plazos distintos, y finalizará el 31 de diciembre de 2022.
Registro y publicación.
El presente acuerdo de prórroga, cumpliendo los requisitos legales, será presentado
para registro y publicación en los términos establecidos en el Estatuto de los
Trabajadores.
La representación de los trabajadores y de la Dirección de la Empresa en el seno de
la Comisión Paritaria de Negociación Permanente de Empresas Vinculadas firman el
presente texto de prórroga del II Convenio colectivo de empresas vinculadas 2019 2021, en prueba de conformidad y para la debida constancia.
ANEXO V
Las nuevas formas de trabajo en TDE, TME, TSOL
1.
INTRODUCCIÓN.
Telefónica España siempre ha sido un referente en el mercado empresarial
fortaleciendo su posición competitiva a través de la creación del mejor entorno laboral
posible. Apostamos decididamente por la promoción de la flexibilidad en la prestación de
cve: BOE-A-2021-14398
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, a 22 de junio de 2021.
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107055
Estos conceptos mantendrán los mismos valores que tienen en la actualidad y
no experimentarán variación durante la vigencia del Convenio.»
CAPÍTULO X
Tiempo de trabajo
Sección 2.ª
Artículo 89.
Descanso semanal y trabajos en domingos y festivos
Teletrabajo y Flex Work.
Se modifica este artículo 89 con el fin de adaptarlo al contenido del nuevo acuerdo
en materia de nuevas formas de trabajo.
De esta forma el artículo 89 quedaría redactado como sigue:
«Artículo 89.
Teletrabajo y Smart Work (trabajo en movilidad).
La regulación de las nuevas formas de trabajo: Teletrabajo y Smart Work se
regirá por las disposiciones previstas en el anexo V del presente Convenio.»
ANEXO V
Nuevas formas de trabajo: Teletrabajo y flexwork. Acuerdo de teletrabajo en TDE,
TME y TSOL
Se sustituye íntegramente el anexo V del II Convenio Colectivo de Empresas
Vinculadas para regular las nuevas formas de trabajo en TdE, TME y TSOL.
Se adjunta como anexo V al presente Acuerdo de prórroga.
Vigencia de la prórroga del Convenio.
La presente prórroga del II Convenio colectivo de Empresas Vinculadas 2019 - 2021,
así como la de sus disposiciones adicionales, transitorias, final y anexos que lo
acompañan, con las modificaciones contempladas en el presente acuerdo, iniciará su
vigencia el día 1 de enero de 2022, con excepción de aquellas materias para las que se
establezcan plazos distintos, y finalizará el 31 de diciembre de 2022.
Registro y publicación.
El presente acuerdo de prórroga, cumpliendo los requisitos legales, será presentado
para registro y publicación en los términos establecidos en el Estatuto de los
Trabajadores.
La representación de los trabajadores y de la Dirección de la Empresa en el seno de
la Comisión Paritaria de Negociación Permanente de Empresas Vinculadas firman el
presente texto de prórroga del II Convenio colectivo de empresas vinculadas 2019 2021, en prueba de conformidad y para la debida constancia.
ANEXO V
Las nuevas formas de trabajo en TDE, TME, TSOL
1.
INTRODUCCIÓN.
Telefónica España siempre ha sido un referente en el mercado empresarial
fortaleciendo su posición competitiva a través de la creación del mejor entorno laboral
posible. Apostamos decididamente por la promoción de la flexibilidad en la prestación de
cve: BOE-A-2021-14398
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, a 22 de junio de 2021.