III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14396)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de Decathlon España, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107009
aplicación de los factores de valoración y atendiendo a las tareas y cualificación más
representativas que desarrollen:
Grupo o Nivel 1:
Se incluyen en este grupo o nivel aquellos puestos que requieren una formación de
titulación superior o equivalente, completada con una dilatada experiencia profesional. La
experiencia adquirida en el desempeño de funciones y tareas correspondientes a otros
grupos profesionales de menor cualificación, junto con la formación recibida, pueden
compensar y homologar la titulación correspondiente para el desempeño de las tareas
encomendadas.
Se trata de puestos que requieren un alto grado de autonomía, conocimientos
profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios ámbitos de la
empresa, partiendo de directrices muy amplias, debiendo dar cuenta de su gestión por lo
menos a Dirección General.
Participan en la definición de las estrategias de la empresa y desarrolla, por tanto, un
alto grado de iniciativa. Dirige, en todos los casos, un equipo humano de trabajo.
Grupo o Nivel 2:
Se incluyen en este grupo o nivel a empleados/as que, con un alto nivel de
formación, deciden autónomamente acerca del proceso, los métodos y la validez del
resultado final dentro de las estrategias fijadas por sus superiores jerárquicos. Las
instrucciones se enuncian en términos generales, y han de ser interpretadas y adaptadas
en gran medida, estando facultados/as para fijar directrices, por todo lo cual se exige
ineludiblemente una gran aportación personal. El desempeño del puesto requiere
identificar qué tipo de información se necesita y, además, realizar acciones específicas
para provocar su aparición y permitir su obtención. Ejercen, por delegación de sus
superiores jerárquicos, su responsabilidad sobre un área funcional, zona de producción,
distribución o logística. Tienen bajo su dependencia un equipo humano de trabajo de
cuya organización y formación se responsabilizan dentro de la política de Recursos
Humanos de la Compañía y bajo las pautas emanadas de la Dirección. Tienen acceso y
utilizan información privilegiada de la empresa.
Grupo o Nivel 3:
Incluye aquellos puestos que, requiriendo una formación equivalente a titulación
académica de grado medio y una dilatada experiencia profesional, sus funciones
consisten en la realización de actividades complejas con objetivos definidos y un grado
medio de experiencia en los factores de autonomía y responsabilidad. Dirigen
normalmente un conjunto de funciones que comportan una actividad técnica o
profesional especializada y, en determinados casos, pueden dirigir un equipo humano de
trabajo. En el desempeño de su trabajo necesitan identificar la información que se
requiere y ejecutar las acciones que conduzcan a la aparición de la información, a su
obtención y a su procesamiento. Tienen acceso y emplean confidencialmente la
información básica existente en su área.
Incluye aquellos puestos en los que precisando de formación básica o, en su caso,
de grado medio, completada con formación específica de carácter profesional que
proporcione un conocimiento total del oficio o profesión, se realizan funciones con un
margen medio de autonomía que exigen, habitualmente, iniciativa y razonamiento,
pudiendo ser ayudados por otro/a u otros/as trabajadores/as.
Definen la concepción global de las tareas con su inmediato superior jerárquico, que
les asiste y asesora durante la realización de las mismas, verificando su resultado final.
En consecuencia, ejerce cierta autonomía al decidir sobre la aplicación concreta de los
cve: BOE-A-2021-14396
Verificable en https://www.boe.es
Grupo o Nivel 4:
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107009
aplicación de los factores de valoración y atendiendo a las tareas y cualificación más
representativas que desarrollen:
Grupo o Nivel 1:
Se incluyen en este grupo o nivel aquellos puestos que requieren una formación de
titulación superior o equivalente, completada con una dilatada experiencia profesional. La
experiencia adquirida en el desempeño de funciones y tareas correspondientes a otros
grupos profesionales de menor cualificación, junto con la formación recibida, pueden
compensar y homologar la titulación correspondiente para el desempeño de las tareas
encomendadas.
Se trata de puestos que requieren un alto grado de autonomía, conocimientos
profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios ámbitos de la
empresa, partiendo de directrices muy amplias, debiendo dar cuenta de su gestión por lo
menos a Dirección General.
Participan en la definición de las estrategias de la empresa y desarrolla, por tanto, un
alto grado de iniciativa. Dirige, en todos los casos, un equipo humano de trabajo.
Grupo o Nivel 2:
Se incluyen en este grupo o nivel a empleados/as que, con un alto nivel de
formación, deciden autónomamente acerca del proceso, los métodos y la validez del
resultado final dentro de las estrategias fijadas por sus superiores jerárquicos. Las
instrucciones se enuncian en términos generales, y han de ser interpretadas y adaptadas
en gran medida, estando facultados/as para fijar directrices, por todo lo cual se exige
ineludiblemente una gran aportación personal. El desempeño del puesto requiere
identificar qué tipo de información se necesita y, además, realizar acciones específicas
para provocar su aparición y permitir su obtención. Ejercen, por delegación de sus
superiores jerárquicos, su responsabilidad sobre un área funcional, zona de producción,
distribución o logística. Tienen bajo su dependencia un equipo humano de trabajo de
cuya organización y formación se responsabilizan dentro de la política de Recursos
Humanos de la Compañía y bajo las pautas emanadas de la Dirección. Tienen acceso y
utilizan información privilegiada de la empresa.
Grupo o Nivel 3:
Incluye aquellos puestos que, requiriendo una formación equivalente a titulación
académica de grado medio y una dilatada experiencia profesional, sus funciones
consisten en la realización de actividades complejas con objetivos definidos y un grado
medio de experiencia en los factores de autonomía y responsabilidad. Dirigen
normalmente un conjunto de funciones que comportan una actividad técnica o
profesional especializada y, en determinados casos, pueden dirigir un equipo humano de
trabajo. En el desempeño de su trabajo necesitan identificar la información que se
requiere y ejecutar las acciones que conduzcan a la aparición de la información, a su
obtención y a su procesamiento. Tienen acceso y emplean confidencialmente la
información básica existente en su área.
Incluye aquellos puestos en los que precisando de formación básica o, en su caso,
de grado medio, completada con formación específica de carácter profesional que
proporcione un conocimiento total del oficio o profesión, se realizan funciones con un
margen medio de autonomía que exigen, habitualmente, iniciativa y razonamiento,
pudiendo ser ayudados por otro/a u otros/as trabajadores/as.
Definen la concepción global de las tareas con su inmediato superior jerárquico, que
les asiste y asesora durante la realización de las mismas, verificando su resultado final.
En consecuencia, ejerce cierta autonomía al decidir sobre la aplicación concreta de los
cve: BOE-A-2021-14396
Verificable en https://www.boe.es
Grupo o Nivel 4: