III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14395)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Ilunion Seguridad, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106967
de 90 euros en caso de gastos oftalmológicos de 75 euros por ayuda, o bien la cantidad
solicitada cuando sea inferior a los importes anteriormente detallados
4. Ayudas de Becas de Estudio para los trabajadores/as y sus hijos. Los requisitos,
plazos y documentación a presentar serán los que se estipulen en las bases de la
convocatoria. La cantidad destinada para las ayudas de Becas de estudio para el
año 2021 será de 38.625 euros para 2021.
Apartado 5.º
Recursos económicos.
Los recursos económicos del Fondo estarán constituidos por:
1. Las aportaciones totales que al mismo hace la empresa, será, para el año 2021,
de 97.850 euros, distribuidos de la siguiente forma:
59.225 euros para los puntos 1, 2 y 3 del apartado 4.º.
38.625 euros para el punto 4 del apartado 4.º.
Apartado 6.º
Ingreso de las cuotas.
La Empresa pondrá a disposición de la Comisión Administradora del Fondo las
cuantías anteriormente pactadas el día 1 de enero del año en curso. El incumplimiento
por la empresa de esta obligación le hará responsable de los perjuicios que se ocasionen
a los trabajadores/as solicitantes de cualquier ayuda.
Apartado 7.º
Órgano rector.
La Comisión Administradora del Fondo estará formada por la representación sindical
firmante del convenio, con un mínimo de 2 miembros, que serán elegidos de entre los
miembros del Comité Intercentro y por el mismo número de la parte empresarial. Dicha
Comisión, con carácter de Administradora del Fondo, se reunirá una vez al mes en
sesión ordinaria y con carácter de extraordinaria cuando lo solicite cualquiera de las dos
partes que la componen.
Apartado 8.º
Competencias de la Comisión.
Las competencias de la Comisión se extienden a cuanto concierne al gobierno,
administración y representación del Fondo. Especialmente le corresponderá:
1. Velar por el cumplimiento de los presentes estatutos.
2. Aprobar la distribución anual de los recursos entre las distintas finalidades
estatutarias, fijando la reserva que estime oportuna.
Apartado 9.º
Beneficiarios.
Son beneficiarios del fondo, los trabajadores/as de Ilunion Seguridad. Para la
concesión de cualquiera de las ayudas que otorga el fondo será necesario:
Apartado 10.º
Tramitación.
La solicitud se realizará en modelo confeccionado por el Comité Intercentro y será
cumplimentada por el trabajador con todos los datos requeridos en la misma, aportando
la documentación acreditativa de dicha solicitud (facturas, libro de familia, etcétera). Se
anexa a este convenio.
La tramitación se realizará por los comités de Empresa o Delegados de Personal de
cada una de las provincias de Ilunion Seguridad. En los comités de empresa se
nombrará a una persona del comité o una comisión, que será la encargada de la
cve: BOE-A-2021-14395
Verificable en https://www.boe.es
1. Dirigir solicitud a tal efecto justificando la necesidad que la motiva.
2. Tener una antigüedad real de un año en la empresa en el momento de solicitar
los beneficios del Fondo.
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106967
de 90 euros en caso de gastos oftalmológicos de 75 euros por ayuda, o bien la cantidad
solicitada cuando sea inferior a los importes anteriormente detallados
4. Ayudas de Becas de Estudio para los trabajadores/as y sus hijos. Los requisitos,
plazos y documentación a presentar serán los que se estipulen en las bases de la
convocatoria. La cantidad destinada para las ayudas de Becas de estudio para el
año 2021 será de 38.625 euros para 2021.
Apartado 5.º
Recursos económicos.
Los recursos económicos del Fondo estarán constituidos por:
1. Las aportaciones totales que al mismo hace la empresa, será, para el año 2021,
de 97.850 euros, distribuidos de la siguiente forma:
59.225 euros para los puntos 1, 2 y 3 del apartado 4.º.
38.625 euros para el punto 4 del apartado 4.º.
Apartado 6.º
Ingreso de las cuotas.
La Empresa pondrá a disposición de la Comisión Administradora del Fondo las
cuantías anteriormente pactadas el día 1 de enero del año en curso. El incumplimiento
por la empresa de esta obligación le hará responsable de los perjuicios que se ocasionen
a los trabajadores/as solicitantes de cualquier ayuda.
Apartado 7.º
Órgano rector.
La Comisión Administradora del Fondo estará formada por la representación sindical
firmante del convenio, con un mínimo de 2 miembros, que serán elegidos de entre los
miembros del Comité Intercentro y por el mismo número de la parte empresarial. Dicha
Comisión, con carácter de Administradora del Fondo, se reunirá una vez al mes en
sesión ordinaria y con carácter de extraordinaria cuando lo solicite cualquiera de las dos
partes que la componen.
Apartado 8.º
Competencias de la Comisión.
Las competencias de la Comisión se extienden a cuanto concierne al gobierno,
administración y representación del Fondo. Especialmente le corresponderá:
1. Velar por el cumplimiento de los presentes estatutos.
2. Aprobar la distribución anual de los recursos entre las distintas finalidades
estatutarias, fijando la reserva que estime oportuna.
Apartado 9.º
Beneficiarios.
Son beneficiarios del fondo, los trabajadores/as de Ilunion Seguridad. Para la
concesión de cualquiera de las ayudas que otorga el fondo será necesario:
Apartado 10.º
Tramitación.
La solicitud se realizará en modelo confeccionado por el Comité Intercentro y será
cumplimentada por el trabajador con todos los datos requeridos en la misma, aportando
la documentación acreditativa de dicha solicitud (facturas, libro de familia, etcétera). Se
anexa a este convenio.
La tramitación se realizará por los comités de Empresa o Delegados de Personal de
cada una de las provincias de Ilunion Seguridad. En los comités de empresa se
nombrará a una persona del comité o una comisión, que será la encargada de la
cve: BOE-A-2021-14395
Verificable en https://www.boe.es
1. Dirigir solicitud a tal efecto justificando la necesidad que la motiva.
2. Tener una antigüedad real de un año en la empresa en el momento de solicitar
los beneficios del Fondo.