III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14395)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Ilunion Seguridad, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
4.º
Sec. III. Pág. 106942
Medidas de emergencia.
Ilunion Seguridad implantará en todos sus centros de trabajo, teniendo en cuenta el
tamaño, la actividad y la posible presencia de personas ajenas a la empresa, las
medidas de emergencia necesarias para gestionar las actuaciones a seguir en caso de
emergencia, lucha contra incendios, primeros auxilios y evacuación de los
trabajadores/as.
El desarrollo de las medidas de emergencia requiere la designación de
trabajadores/as, para que una vez recibida la formación correspondiente las puedan
poner en práctica.
Los Comités de Salud laboral o los Delegados de Prevención serán informados de
las personas designadas en medidas de emergencia en cada territorio.
5.º
Equipos de trabajo y de protección personal.
Cuando la empresa entregue un equipo de trabajo o un Equipo de Protección
Individual (en adelante EPI), el trabajador que lo reciba deberá ser informado del manejo,
funcionamiento, mantenimiento, así como del manual de instrucciones, debiendo firmar
el recibí correspondiente. Los EPIs que la empresa entregue serán de uso obligatorio y
en especial en las prácticas de tiro. Previamente serán informados los Comités de Salud
laboral o los Delegados de Prevención de cada territorio.
6.º
Trabajadores/as especialmente sensibles.
Ilunion Seguridad garantiza de manera específica la protección de los
Trabajadores/as Especialmente Sensibles (en adelante TES) que, por sus propias
características personales o estado biológico conocido, incluidos aquéllos que tengan
reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente
sensibles a riesgos derivados del trabajo:
Trabajadoras embarazadas, con parto reciente o en periodo de lactancia.
Trabajadores/as que por sus características personales puedan verse afectados por
los riesgos existentes en sus puestos de trabajo y que acrecienten su afección, o que por
una discapacidad sea necesario la adaptación del mismo.
Menores de 18 años que por la falta de experiencia, formación y concienciación
sobre el peligro hace que este colectivo pueda verse expuesto a determinados riesgos.
Ilunion Seguridad incluye de manera explícita estas situaciones en las evaluaciones
de riesgos laborales y, en función de éstas, adopta las medidas preventivas y de
protección necesarias.
Si los resultados de las evaluaciones pusieran de manifiesto la existencia de riesgo
para la seguridad y salud de un TES, Ilunion Seguridad con el asesoramiento del
Servicio de Prevención Ajeno con el que concierta la vigilancia de la salud, adoptará las
medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo a través de una adaptación
de las condiciones o tiempo de trabajo.
El SPM elaborará el informe de adaptación de puesto de trabajo y recogerá las
conclusiones del mismo, aportando cuantos documentos de apoyo sean necesarios.
Obligaciones en seguridad y salud en el trabajo.
Será obligación de todos los trabajadores/as velar, según sus posibilidades y
mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean
adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras
personas a las que pueda afectar su actividad profesional a causa de sus actos y
omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del
empresario.
cve: BOE-A-2021-14395
Verificable en https://www.boe.es
7.º
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
4.º
Sec. III. Pág. 106942
Medidas de emergencia.
Ilunion Seguridad implantará en todos sus centros de trabajo, teniendo en cuenta el
tamaño, la actividad y la posible presencia de personas ajenas a la empresa, las
medidas de emergencia necesarias para gestionar las actuaciones a seguir en caso de
emergencia, lucha contra incendios, primeros auxilios y evacuación de los
trabajadores/as.
El desarrollo de las medidas de emergencia requiere la designación de
trabajadores/as, para que una vez recibida la formación correspondiente las puedan
poner en práctica.
Los Comités de Salud laboral o los Delegados de Prevención serán informados de
las personas designadas en medidas de emergencia en cada territorio.
5.º
Equipos de trabajo y de protección personal.
Cuando la empresa entregue un equipo de trabajo o un Equipo de Protección
Individual (en adelante EPI), el trabajador que lo reciba deberá ser informado del manejo,
funcionamiento, mantenimiento, así como del manual de instrucciones, debiendo firmar
el recibí correspondiente. Los EPIs que la empresa entregue serán de uso obligatorio y
en especial en las prácticas de tiro. Previamente serán informados los Comités de Salud
laboral o los Delegados de Prevención de cada territorio.
6.º
Trabajadores/as especialmente sensibles.
Ilunion Seguridad garantiza de manera específica la protección de los
Trabajadores/as Especialmente Sensibles (en adelante TES) que, por sus propias
características personales o estado biológico conocido, incluidos aquéllos que tengan
reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente
sensibles a riesgos derivados del trabajo:
Trabajadoras embarazadas, con parto reciente o en periodo de lactancia.
Trabajadores/as que por sus características personales puedan verse afectados por
los riesgos existentes en sus puestos de trabajo y que acrecienten su afección, o que por
una discapacidad sea necesario la adaptación del mismo.
Menores de 18 años que por la falta de experiencia, formación y concienciación
sobre el peligro hace que este colectivo pueda verse expuesto a determinados riesgos.
Ilunion Seguridad incluye de manera explícita estas situaciones en las evaluaciones
de riesgos laborales y, en función de éstas, adopta las medidas preventivas y de
protección necesarias.
Si los resultados de las evaluaciones pusieran de manifiesto la existencia de riesgo
para la seguridad y salud de un TES, Ilunion Seguridad con el asesoramiento del
Servicio de Prevención Ajeno con el que concierta la vigilancia de la salud, adoptará las
medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo a través de una adaptación
de las condiciones o tiempo de trabajo.
El SPM elaborará el informe de adaptación de puesto de trabajo y recogerá las
conclusiones del mismo, aportando cuantos documentos de apoyo sean necesarios.
Obligaciones en seguridad y salud en el trabajo.
Será obligación de todos los trabajadores/as velar, según sus posibilidades y
mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean
adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras
personas a las que pueda afectar su actividad profesional a causa de sus actos y
omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del
empresario.
cve: BOE-A-2021-14395
Verificable en https://www.boe.es
7.º