II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2021-14354)
Acuerdo de 15 de julio de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en los órganos técnicos del Consejo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 106572
2.2 Titulación. Las titulaciones universitarias de contenido relacionado con las
funciones del puesto se valorarán con un máximo de 0,50 puntos en su conjunto,
siempre que tengan relación con las características del puesto convocado, se valorarán
según el siguiente detalle:
–
–
–
–
Título de doctor: 0,5 puntos.
Título superior o de Grado: 0,40 puntos por título, con un máximo de 0,50.
Titulo medio o Diplomatura: 0,20 puntos por título, con un máximo de 0,40.
Máster universitario: 0,10 puntos por título, con un máximo de 0,20.
Únicamente se valorará aquel título que se corresponda con el ciclo superior de los
acreditados.
2.3 Memoria. Los concursantes presentarán obligatoriamente una memoria en la
que:
a) se describan brevemente las funciones del Consejo General del Poder Judicial;
b) se relacionen las competencias atribuidas al órgano técnico al que está adscrito
el puesto al que se concursa;
c) se formulen las consideraciones que se estimen pertinentes sobre las tareas y
cometidos que a juicio del candidato sean propios de la plaza a la que se opta puestos
en relación con los méritos específicos alegados y con los destinos servidos.
Esta memoria se valorará, en esta fase de méritos específicos, hasta un máximo
de 2,50 puntos atendiendo a lo acertado de su contenido, claridad expositiva, corrección
sintáctica, estructuración y presentación visual.
2.4 Currículum vitae. También se acompañará obligatoriamente, junto a la instancia,
un currículum vitae en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales
que se estimen oportunos y en especial los que se refieran a los puestos ocupados,
títulos académicos, realización de cursos y seminarios, así como otros méritos
relacionados con el puesto de trabajo solicitado, adjuntando necesariamente la oportuna
justificación documental.
Tanto la memoria como el currículum no podrán sobrepasar cada uno de ellos
las 2.000 palabras.
La puntuación máxima correspondiente a esta segunda fase es de 18 puntos, siendo
la mínima exigida de 9 puntos.
Tercera. Modelos, plazos y
documentación justificativa.
condiciones
de
presentación
de
solicitudes
y
a) en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8,
28071 Madrid);
b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria
única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
cve: BOE-A-2021-14354
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está
disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público – Convocatorias en curso
– 2021». Se presentará una solicitud por cada puesto solicitado conforme a la tipología
descrita en el anexo I.
2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la
Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la
documentación que más adelante se indicará:
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 106572
2.2 Titulación. Las titulaciones universitarias de contenido relacionado con las
funciones del puesto se valorarán con un máximo de 0,50 puntos en su conjunto,
siempre que tengan relación con las características del puesto convocado, se valorarán
según el siguiente detalle:
–
–
–
–
Título de doctor: 0,5 puntos.
Título superior o de Grado: 0,40 puntos por título, con un máximo de 0,50.
Titulo medio o Diplomatura: 0,20 puntos por título, con un máximo de 0,40.
Máster universitario: 0,10 puntos por título, con un máximo de 0,20.
Únicamente se valorará aquel título que se corresponda con el ciclo superior de los
acreditados.
2.3 Memoria. Los concursantes presentarán obligatoriamente una memoria en la
que:
a) se describan brevemente las funciones del Consejo General del Poder Judicial;
b) se relacionen las competencias atribuidas al órgano técnico al que está adscrito
el puesto al que se concursa;
c) se formulen las consideraciones que se estimen pertinentes sobre las tareas y
cometidos que a juicio del candidato sean propios de la plaza a la que se opta puestos
en relación con los méritos específicos alegados y con los destinos servidos.
Esta memoria se valorará, en esta fase de méritos específicos, hasta un máximo
de 2,50 puntos atendiendo a lo acertado de su contenido, claridad expositiva, corrección
sintáctica, estructuración y presentación visual.
2.4 Currículum vitae. También se acompañará obligatoriamente, junto a la instancia,
un currículum vitae en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales
que se estimen oportunos y en especial los que se refieran a los puestos ocupados,
títulos académicos, realización de cursos y seminarios, así como otros méritos
relacionados con el puesto de trabajo solicitado, adjuntando necesariamente la oportuna
justificación documental.
Tanto la memoria como el currículum no podrán sobrepasar cada uno de ellos
las 2.000 palabras.
La puntuación máxima correspondiente a esta segunda fase es de 18 puntos, siendo
la mínima exigida de 9 puntos.
Tercera. Modelos, plazos y
documentación justificativa.
condiciones
de
presentación
de
solicitudes
y
a) en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8,
28071 Madrid);
b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria
única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
cve: BOE-A-2021-14354
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está
disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público – Convocatorias en curso
– 2021». Se presentará una solicitud por cada puesto solicitado conforme a la tipología
descrita en el anexo I.
2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la
Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la
documentación que más adelante se indicará: