III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-13004)
Orden APA/832/2021, de 21 de julio, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de níspero y otros frutales, comprendido en el cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Sábado 31 de julio de 2021

b)

Sec. III. Pág. 93179

Garantía a la plantación.

1.º Inicio de garantías. Las garantías se inician con la toma de efecto.
2.º Final de garantías. Las garantías finalizan en la fecha más temprana de las
siguientes:
Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
c)

Garantía a las instalaciones.

1.º Inicio de garantías. Las garantías se inician con la toma de efecto.
2.º Final de garantías. Las garantías finalizan en la fecha más temprana de las
siguientes:
Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
2.

Seguro complementario:

a) Inicio de garantías. Las garantías se inician con la toma de efecto de la
declaración de seguro complementario y nunca antes de las fechas que figuran en el
anexo V.
b) Final de garantías. Las garantías finalizan en las mismas fechas que las
especificadas para la garantía de la producción del seguro principal.
Artículo 8.
1.

Período de suscripción.

Seguro principal.

Teniendo en cuenta los períodos de garantía, anteriormente indicados y lo establecido
en el Cuadragésimo Segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados, el período de
suscripción se iniciará el 1 de septiembre de 2021 para todos los cultivos, excepto para el
membrillo, cuyo periodo de suscripción se iniciará el 15 de noviembre de 2021, el azufaifo,
cuyo período de suscripción se iniciará el 1 de diciembre de 2021, el granado, cuyo
periodo de suscripción se iniciará el 15 de enero de 2022 y para el módulo P en el cultivo
del endrino, cuyo periodo de suscripción se iniciará el 1 de marzo de 2022.
Las fechas de finalización del período de suscripción serán las siguientes:
Cultivo

Azufaifo.

15 de mayo de 2022.

Castaño.

31 de julio de 2022.

Endrino.

28 de febrero de 2022 para módulos 1 y 2 y 31 de mayo de 2022 para el módulo P.

Granado.

30 de abril de 2022.

Breva.

30 de abril de 2022.

Higo.

15 de junio de 2022.

Kiwi.

15 de marzo de 2022.

Para los módulos 1, 2 y P con helada el 31 de enero de 2022 en las Comarcas
de Don Benito y Llerena (Badajoz), Campiña Baja, Las Colonias, Campiña Alta
y Penibética (Córdoba), La Campiña y Estepa (Sevilla). Para los módulos 1, 2 y P sin
Membrillo.
helada, el 20 de mayo de 2022 en las provincias de Girona, Huesca, LLeida, La
Rioja, Navarra, Tarragona, Teruel y Zaragoza y el 30 de abril de 2022 en el resto del
ámbito para los módulos 1, 2 y P sin helada.
Níspero.

15 de noviembre de 2021.

cve: BOE-A-2021-13004
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