III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-12926)
Orden TED/818/2021, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a la transición ecológica, a la conservación del patrimonio natural y a hacer frente al cambio climático.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Viernes 30 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 92754

relación al alcance material y funcional de la competencia que el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española reserva al Estado.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función
Pública, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta orden es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión
de ayudas para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a una
transición ecológica que, a través del conocimiento científico, hagan frente al desafío del
cambio climático y la conservación del patrimonio natural, en línea con lo establecido en los
planes y estrategias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y sus
actualizaciones, especialmente en lo referido en el Plan Estratégico del patrimonio natural y la
biodiversidad y en el Plan Nacional de adaptación al cambio climático.
Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo
con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación,
así como con los principios de eficacia y eficiencia de la gestión de las mismas.
Artículo 2. Finalidad.
Estas ayudas tienen por finalidad contribuir al cometido de la Fundación Biodiversidad
F.S.P. (en adelante FB) de coadyuvar en las competencias del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico que se relacionan y definen en el Real Decreto 500/2020,
de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, respecto a la definición, propuesta y ejecución de las políticas en materia de
lucha contra el cambio climático, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad, de los
bosques y del agua para la transición a un modelo productivo y social más ecológico. Así
mismo, coadyuvar en la implementación de los planes y estrategias de carácter estatal y los
compromisos internacionales del mencionado ministerio.
Artículo 3. Beneficiarios.

a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.
b) Organismos de investigación.
c) Universidades públicas.
d) Colegios profesionales.
e) Administraciones públicas.
f) Entidades mercantiles.
g) Otras personas jurídicas, públicas o privadas.
h) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de
personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. De
acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las
personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de
beneficiarias. Además, deberán formalizar un acuerdo entre ellas en el que quedarán
reflejados los siguientes aspectos:
1.º Los compromisos de ejecución asumidos por cada integrante, así como el
importe de la ayuda que, en su caso, corresponda a cada una de ellas. Estas cuestiones
deberán igualmente quedar reflejadas en la solicitud de la ayuda.

cve: BOE-A-2021-12926
Verificable en https://www.boe.es

1. Podrán obtener la condición de beneficiarios al amparo de estas bases
reguladoras, en función de cada convocatoria, en los términos que las mismas definan y
establezcan y siempre que cumplan los requisitos exigidos tanto en las bases
reguladoras como en la convocatoria específica: