V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2021-34454)
Anuncio de Resolución de la Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 7 de junio de 2021 sobre la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública de una instalación eléctrica del «Proyecto de nueva línea aéreo-subterránea, ampliación de red BT 10662 Corral d’en Bennassar» a Endesa Distribución Eléctrica, SLU.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. V-B. Pág. 46447
2. La respuesta de ENDESA a la undécima alegación es:
El resto de afectados por la unidad de actuación no se encuentran afectados
por la actuación objeto de este expediente, puesto que la actuación solo afecta al
señor Fanals.
3. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la undécima alegación son:
No se considera que tengan la condición de interesados en el expediente los
afectados por el desarrollo de la unidad de actuación.
Alegaciones durante el trámite de audiencia
1. El 9 de octubre de 2017, el señor Fanals presenta un nuevo escrito de
alegaciones durante el periodo de trámite de audiencia de autorización
administrativa y declaración de utilidad pública.
A continuación, se da respuesta a todas las cuestiones planteadas por el señor
Fanals.
Primera alegación
1. En la primera alegación sobre los antecedentes, el señor Fanals se reitera
en el escrito que presentó el 14.03.16.
2. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la primera alegación son que
estas no difieren del primer escrito del señor Fanals y que por lo tanto se reitera la
respuesta ya emitida por el jefe de este Servicio en el informe de 28 de agosto de
2017.
Segunda alegación
1. En la segunda alegación presentada por el señor Fanals se reitera en que
existe una falta de motivación que justifique el proyecto.
2. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la segunda alegación son que
estas no difieren del primer escrito del señor Fanals y que por lo tanto se reitera la
respuesta ya emitida por el jefe de este Servicio en el informe de 28 de agosto de
2017.
Tercera alegación
a) Lo que se cuestionó es que la relación de bienes a expropiar es incompleta,
que no aporta datos sobre los antecedentes, situación urbanística, que está en
suelo urbano, que la parcela confronta con vial público.
b) No hay plano donde se represente gráficamente la parcela beneficiaria del
suministro eléctrico con los lindes actuales, el vial público al que da frente, el suelo
rústico, los viales de las normas urbanísticas, las servidumbres de la Ley de
Costas, que permita situar la línea que se solicita en su entorno en un único
cve: BOE-B-2021-34454
Verificable en https://www.boe.es
1. En la tercera alegación sobre que el proyecto está incompleto, el señor
Fanals manifiesta que:
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. V-B. Pág. 46447
2. La respuesta de ENDESA a la undécima alegación es:
El resto de afectados por la unidad de actuación no se encuentran afectados
por la actuación objeto de este expediente, puesto que la actuación solo afecta al
señor Fanals.
3. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la undécima alegación son:
No se considera que tengan la condición de interesados en el expediente los
afectados por el desarrollo de la unidad de actuación.
Alegaciones durante el trámite de audiencia
1. El 9 de octubre de 2017, el señor Fanals presenta un nuevo escrito de
alegaciones durante el periodo de trámite de audiencia de autorización
administrativa y declaración de utilidad pública.
A continuación, se da respuesta a todas las cuestiones planteadas por el señor
Fanals.
Primera alegación
1. En la primera alegación sobre los antecedentes, el señor Fanals se reitera
en el escrito que presentó el 14.03.16.
2. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la primera alegación son que
estas no difieren del primer escrito del señor Fanals y que por lo tanto se reitera la
respuesta ya emitida por el jefe de este Servicio en el informe de 28 de agosto de
2017.
Segunda alegación
1. En la segunda alegación presentada por el señor Fanals se reitera en que
existe una falta de motivación que justifique el proyecto.
2. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la segunda alegación son que
estas no difieren del primer escrito del señor Fanals y que por lo tanto se reitera la
respuesta ya emitida por el jefe de este Servicio en el informe de 28 de agosto de
2017.
Tercera alegación
a) Lo que se cuestionó es que la relación de bienes a expropiar es incompleta,
que no aporta datos sobre los antecedentes, situación urbanística, que está en
suelo urbano, que la parcela confronta con vial público.
b) No hay plano donde se represente gráficamente la parcela beneficiaria del
suministro eléctrico con los lindes actuales, el vial público al que da frente, el suelo
rústico, los viales de las normas urbanísticas, las servidumbres de la Ley de
Costas, que permita situar la línea que se solicita en su entorno en un único
cve: BOE-B-2021-34454
Verificable en https://www.boe.es
1. En la tercera alegación sobre que el proyecto está incompleto, el señor
Fanals manifiesta que: