V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2021-34454)
Anuncio de Resolución de la Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 7 de junio de 2021 sobre la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública de una instalación eléctrica del «Proyecto de nueva línea aéreo-subterránea, ampliación de red BT 10662 Corral d’en Bennassar» a Endesa Distribución Eléctrica, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. V-B. Pág. 46440
actuación y las correspondientes al suelo rústico. Lo que se tiene que hacer es
identificar la clase de suelo rústico/urbano que se pretende ocupar indicando
situación, superficies y características de este con clasificación y calificación del
suelo afectado.
2. La respuesta de ENDESA a la cuarta alegación es:
a) En el anexo presentado al proyecto se detallan las superficies de
expropiación y los bienes afectados, aparece el detalle de superficies de
expropiación y los bienes afectados, aparece el detalle de superficies del armario y
del soporte a instalar. Se dispone de una licencia municipal para la ejecución de un
tramo de red subterráneo de baja tensión por el vial público de la avenida Corral
d’en Bennassar (expediente municipal 20120107E), en el que se incluye el armario
a instalar. Por motivos de gestión ante la Dirección General de Energía, se han
incluido en un proyecto todos los bienes afectados por la imposición forzosa de
servidumbre, en el que se incluye el armario de distribución y dos soportes de
hormigón que sustituyen dos soportes de madera.
b) Debido a la antigüedad de la línea existente que vuela por la propiedad del
afectado, no se dispone de los permisos de la citada línea. Por el tiempo
transcurrido desde su instalación, se considera legalizada y consolidada, y se
aprovecha el vuelo y el tendido existente para la nueva instalación, y, por lo tanto,
también la servidumbre existente para el tendido de un nuevo tramo de conductor
aéreo.
3. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la cuarta alegación son:
a) De la lectura del punto 1.8 de la memoria del proyecto de nueva línea, se
concreta que el tipo de terreno corresponde a secano algarrobo. No obstante, debe
solicitarse a ENDESA una mayor concreción en la relación de bienes afectados,
con la indicación de si el suelo que se ocupa es de tipo rústico o de tipo urbano, o
si la actuación implica ambos tipo de suelo.
b) ENDESA deberá concretar el alcance de la utilidad pública solicitada, puesto
que, si no tiene título que demuestre la servidumbre de paso de energía de la línea
existente, deberá incluir la petición en esta solicitud. No se detalla la antigüedad de
la línea, lo que hace que no se pueda determinar la consolidación de los derechos
indicados en su respuesta. (En el escrito de 25 de septiembre de 2017, ENDESA
concreta el alcance de la utilidad pública.)
c) El armario BT origen de esta actuación no forma parte de este trámite de
autorización ni de declaración de utilidad pública y, dado que el proyecto no afecta
a la propiedad del señor Fanals, no es necesaria ninguna aclaración adicional.
1. En la quinta alegación sobre el proyecto incompleto presentada por el señor
Fanals, donde manifiesta:
a) El señor Knapp en 2001 obtuvo una licencia de obras con prescripciones. En
consecuencia, adquirió el compromiso individual de urbanizar el vial público con el
que confronta, es decir, haría llegar las redes de servicios, incluida la distribución
eléctrica, por este vial.
cve: BOE-B-2021-34454
Verificable en https://www.boe.es
Quinta alegación
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. V-B. Pág. 46440
actuación y las correspondientes al suelo rústico. Lo que se tiene que hacer es
identificar la clase de suelo rústico/urbano que se pretende ocupar indicando
situación, superficies y características de este con clasificación y calificación del
suelo afectado.
2. La respuesta de ENDESA a la cuarta alegación es:
a) En el anexo presentado al proyecto se detallan las superficies de
expropiación y los bienes afectados, aparece el detalle de superficies de
expropiación y los bienes afectados, aparece el detalle de superficies del armario y
del soporte a instalar. Se dispone de una licencia municipal para la ejecución de un
tramo de red subterráneo de baja tensión por el vial público de la avenida Corral
d’en Bennassar (expediente municipal 20120107E), en el que se incluye el armario
a instalar. Por motivos de gestión ante la Dirección General de Energía, se han
incluido en un proyecto todos los bienes afectados por la imposición forzosa de
servidumbre, en el que se incluye el armario de distribución y dos soportes de
hormigón que sustituyen dos soportes de madera.
b) Debido a la antigüedad de la línea existente que vuela por la propiedad del
afectado, no se dispone de los permisos de la citada línea. Por el tiempo
transcurrido desde su instalación, se considera legalizada y consolidada, y se
aprovecha el vuelo y el tendido existente para la nueva instalación, y, por lo tanto,
también la servidumbre existente para el tendido de un nuevo tramo de conductor
aéreo.
3. Las consideraciones del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y
Generación Térmica en relación con el contenido de la cuarta alegación son:
a) De la lectura del punto 1.8 de la memoria del proyecto de nueva línea, se
concreta que el tipo de terreno corresponde a secano algarrobo. No obstante, debe
solicitarse a ENDESA una mayor concreción en la relación de bienes afectados,
con la indicación de si el suelo que se ocupa es de tipo rústico o de tipo urbano, o
si la actuación implica ambos tipo de suelo.
b) ENDESA deberá concretar el alcance de la utilidad pública solicitada, puesto
que, si no tiene título que demuestre la servidumbre de paso de energía de la línea
existente, deberá incluir la petición en esta solicitud. No se detalla la antigüedad de
la línea, lo que hace que no se pueda determinar la consolidación de los derechos
indicados en su respuesta. (En el escrito de 25 de septiembre de 2017, ENDESA
concreta el alcance de la utilidad pública.)
c) El armario BT origen de esta actuación no forma parte de este trámite de
autorización ni de declaración de utilidad pública y, dado que el proyecto no afecta
a la propiedad del señor Fanals, no es necesaria ninguna aclaración adicional.
1. En la quinta alegación sobre el proyecto incompleto presentada por el señor
Fanals, donde manifiesta:
a) El señor Knapp en 2001 obtuvo una licencia de obras con prescripciones. En
consecuencia, adquirió el compromiso individual de urbanizar el vial público con el
que confronta, es decir, haría llegar las redes de servicios, incluida la distribución
eléctrica, por este vial.
cve: BOE-B-2021-34454
Verificable en https://www.boe.es
Quinta alegación