II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-12720)
Resolución 400/38303/2021, de 26 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para acceso, por el sistema general de acceso libre y estabilización del empleo temporal, a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud, Titulado Sanitario, y Técnico Titulado Superior Sanitario, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Jueves 29 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 91264

No podrán formar parte de los órganos de selección el personal de elección o
designación política, los funcionarios interinos, ni el personal eventual o interino
estatutario, así como tampoco quienes tengan la consideración de alto cargo, de acuerdo
con lo establecido en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto
cargo de la Administración General del Estado.
La pertenencia a los tribunales, será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.
Corresponde al Tribunal calificador:
Las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas y la
calificación y valoración de las personas aspirantes, tanto en la fase de oposición como
en la de concurso.
La consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en
el desarrollo del ejercicio, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime
conveniente.
En el llamamiento único, decaerán en su derecho las personas opositoras que no
comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la
realización del ejercicio, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer,
en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
8.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa (calle Princesa
n.º 32-36, 28071 Madrid, teléfonos 91/4546281-91/4546199 y correo electrónico:
estatutarios-defensa@oc.mde.es).
9.

Desarrollo del proceso selectivo

9.1 Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan.
9.2 Los tribunales podrán requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que
alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa audiencia
del interesado.
9.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación
de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido en cada proceso selectivo
para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
9.4 Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación
de aprobados de cada proceso selectivo, para aportar la documentación acreditativa de
los méritos alegados en la fase de concurso. La documentación relativa a la fase de
Concurso, deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad con la
Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, y se dirigirá al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa
(Subdirección General de Personal Civil) calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
9.5 La no presentación de la documentación de los méritos alegados supondrá la
no valoración al aspirante en la fase de concurso.
9.6 Los tribunales publicarán las calificaciones provisionales obtenidas en la fase
de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación

cve: BOE-A-2021-12720
Verificable en https://www.boe.es

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de
la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública de 23 de junio de 2021
(BOE del 28), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.