I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Organización. Régimen Jurídico. (BOE-A-2021-12701)
Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 91136
XI
En las disposiciones adicionales se definen el Servicio Jurídico del Gobierno de
Aragón y el «Boletín Oficial de Aragón», que se publicará en la sede electrónica del
Gobierno de Aragón. Se regula el Registro Electrónico Autonómico de Convenios y
Órganos de Cooperación, así como la adaptación a la nueva regulación de las entidades
y organismos públicos existentes y de los convenios hasta ahora vigentes. Además de
las especialidades de la Administración tributaria autonómica, es importante la cláusula
de progreso y adaptación a la evolución tecnológica en materia de administración
electrónica. Por último, se regula la adaptación a la tramitación electrónica del
procedimiento en materia de expropiación forzosa y la sustitución del recurso de alzada
en relación con el Ingreso Aragonés de Inserción.
Se establece el régimen transitorio aplicable a las entidades y organismos públicos
existentes, los encargos a empresas públicas ya realizados y las reclamaciones
presentadas ante la Comisión de Reclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción.
En la disposición derogatoria única se recogen las normas de igual o inferior rango
que quedan derogadas.
Entre las disposiciones finales se incluyen modificaciones puntuales de la Ley del
Consejo Consultivo de Aragón y de los textos refundidos de la Ley de Patrimonio y de la
Ley de Hacienda, con objeto de adaptarse a la nueva regulación. Se incluye también una
habilitación al Gobierno de Aragón para el desarrollo reglamentario de la administración
electrónica.
En la tramitación de esta norma se ha efectuado el trámite de audiencia con el resto
de departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se han
emitido los informes preceptivos de la Secretaría General Técnica de Hacienda y
Administración Pública, de la Dirección General de Presupuestos, Financiación y
Tesorería y de la Dirección General de Servicios Jurídicos, así como el informe de
evaluación de impacto de género.
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector
público
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto de la ley.
Esta Ley establece y regula el régimen jurídico de la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Aragón, las especialidades del procedimiento administrativo
que son aplicables a la Administración autonómica, los principios de responsabilidad
patrimonial y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de
la Administración autonómica y de su sector público institucional.
1. La ley se aplica, en la forma y términos previstos en la misma, a todo el sector
público autonómico, que comprende:
a)
b)
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
cve: BOE-A-2021-12701
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 91136
XI
En las disposiciones adicionales se definen el Servicio Jurídico del Gobierno de
Aragón y el «Boletín Oficial de Aragón», que se publicará en la sede electrónica del
Gobierno de Aragón. Se regula el Registro Electrónico Autonómico de Convenios y
Órganos de Cooperación, así como la adaptación a la nueva regulación de las entidades
y organismos públicos existentes y de los convenios hasta ahora vigentes. Además de
las especialidades de la Administración tributaria autonómica, es importante la cláusula
de progreso y adaptación a la evolución tecnológica en materia de administración
electrónica. Por último, se regula la adaptación a la tramitación electrónica del
procedimiento en materia de expropiación forzosa y la sustitución del recurso de alzada
en relación con el Ingreso Aragonés de Inserción.
Se establece el régimen transitorio aplicable a las entidades y organismos públicos
existentes, los encargos a empresas públicas ya realizados y las reclamaciones
presentadas ante la Comisión de Reclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción.
En la disposición derogatoria única se recogen las normas de igual o inferior rango
que quedan derogadas.
Entre las disposiciones finales se incluyen modificaciones puntuales de la Ley del
Consejo Consultivo de Aragón y de los textos refundidos de la Ley de Patrimonio y de la
Ley de Hacienda, con objeto de adaptarse a la nueva regulación. Se incluye también una
habilitación al Gobierno de Aragón para el desarrollo reglamentario de la administración
electrónica.
En la tramitación de esta norma se ha efectuado el trámite de audiencia con el resto
de departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se han
emitido los informes preceptivos de la Secretaría General Técnica de Hacienda y
Administración Pública, de la Dirección General de Presupuestos, Financiación y
Tesorería y de la Dirección General de Servicios Jurídicos, así como el informe de
evaluación de impacto de género.
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector
público
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto de la ley.
Esta Ley establece y regula el régimen jurídico de la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Aragón, las especialidades del procedimiento administrativo
que son aplicables a la Administración autonómica, los principios de responsabilidad
patrimonial y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de
la Administración autonómica y de su sector público institucional.
1. La ley se aplica, en la forma y términos previstos en la misma, a todo el sector
público autonómico, que comprende:
a)
b)
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
cve: BOE-A-2021-12701
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito subjetivo.