III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-12682)
Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, por la que se publica el Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P., destinado a promover becas de formación práctica para personas jóvenes estudiantes o tituladas, en el periodo 2021-2023, con la finalidad de facilitar su posterior inserción en el mundo laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Miércoles 28 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 91008

Sexta. Obligaciones de SEPI.

1. Definir y entregar a la Fundación, que deberá dar su conformidad, el programa
de formación que se propone para cada una de las becas y que se desarrollará durante
la duración de éstas.
2. Acoger a las personas seleccionadas en los centros de SEPI o de las empresas
del grupo que se adhieran a este convenio donde vayan a adquirir su formación práctica,
designarles un tutor que se encargue de velar por su adecuada formación y facilitarles
durante toda la duración de la beca el uso de los medios e instalaciones precisos para su
mejor formación. No obstante, SEPI y las empresas del grupo que se adhieran a este
convenio se comprometen a no iniciar la mencionada formación, hasta el momento en
que la Fundación le haya confirmado por escrito la incorporación de estas personas a la
Seguridad Social.
3. Comunicar a la Fundación, de forma inmediata, las fechas de inicio y finalización
de la acción formativa de las personas becarias, así como la situación de baja o
ausencia de las mismas.
4. Entregar a la Fundación la aportación económica especificada en el anexo I,
destinada a compensar a la Fundación por el coste de las asignaciones económicas de
las personas becarias que le sean asignadas y aquellos otros en que incurra por la
gestión del Programa. La parte de aportación destinada a cubrir los gastos de gestión
será incrementada en aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido, si procede.
5. Evaluar la actitud y aptitud mostradas por los becarios respecto de la formación
práctica que se lleve a cabo en los centros de SEPI o de las empresas del grupo que se
adhieran a este convenio, así como informar a la Fundación sobre las eventualidades
que, en su caso, pudieran surgir proponiendo los acuerdos entre las partes que estime
necesarios para la resolución de las mismas.
6. Velar, conjuntamente con las personas asignadas para su tutorización, por la
efectiva formación práctica de los becarios durante el desarrollo de sus becas. Permitir y
facilitar su asistencia a las acciones formativas, jornadas y actos que con motivo del
desarrollo de este Programa sean convocados.
7. Procurar atender las solicitudes de permisos de las prácticas formativas que, por
asuntos particulares debidamente justificados, puedan presentar quienes sean titulares
de las becas. SEPI o las empresas del grupo adheridas a este Programa, a la luz de las
circunstancias concurrentes, elevará propuesta a la Fundación que será la que
finalmente resuelva y comunique su decisión a las partes interesadas.
8. Asumir la política de prevención de riesgos penales establecida por la Fundación
para sus trabajadores, clientes y proveedores. A estos efectos la Fundación pone a
disposición de SEPI, una copia del manual de prevención de riesgos penales que tiene
aprobado.
9. Guardar confidencialidad sobre el contenido de este convenio y la organización
inherente a la concesión de las becas de la Fundación y cualquier otra información de la
que haya tenido conocimiento que no sea pública o notoria.
10. Poner todos los medios a su alcance y adoptar todas las medidas de seguridad
necesarias para la protección y tratamiento de los datos personales que le sean cedidos
por la Fundación para el exclusivo fin de poder desarrollar el objeto del presente
convenio, de conformidad con lo estipulado en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Séptima.

Duración y prórrogas de las becas.

El periodo formativo tendrá una duración entre seis y doce meses.
Los periodos se establecerán en anexo a las bases de la convocatoria que se
publiquen en cada proceso dentro del Programa.

cve: BOE-A-2021-12682
Verificable en https://www.boe.es

Al suscribir el presente convenio, SEPI contrae las siguientes obligaciones, que
tienen el carácter de esenciales: