I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Oferta de empleo público. (BOE-A-2021-12608)
Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 90705

humanos. Dicha distribución se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el articulado y
en los anexos de este real decreto.
2. En el anexo I se incluyen las plazas que se autorizan en la Administración
General del Estado para ingreso de nuevo personal con especificación de los cuerpos y
escalas de personal funcionario o convenio colectivo en el caso de personal laboral,
distribuyendo el número de plazas para cada uno de los colectivos mencionados.
Igualmente, se incluyen en este anexo las plazas de nuevo ingreso de los entes
públicos, tanto de personal funcionario como de personal laboral.
3. En el anexo II se autorizan las plazas de personal al servicio de la Administración
de Justicia, tanto de ingreso libre como de promoción interna, de acuerdo con lo que
establece la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
4. En el anexo III se contemplan, igualmente, las plazas de cuerpos de personal
funcionario docente no universitario en el ámbito de las competencias de la
Administración General del Estado.
5. En el anexo IV se incluyen las plazas de las Escalas de Funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, especificando las que se
convocan por acceso libre y por promoción interna.
6. En el anexo V se relacionan las plazas de personal estatutario tanto de la red
hospitalaria del Ministerio de Defensa como del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
7. En el anexo VI se incluyen las plazas a convocar por promoción interna en la
Administración General del Estado, detallando su distribución.
8. Por último, en el anexo VII se incluyen las plazas a convocar en el Cuerpo de
Letrados del Consejo General del Poder Judicial, de conformidad con lo indicado en la
disposición transitoria segunda de la citada Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de
reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 3. Criterios generales de aplicación en los procesos selectivos y sobre la
publicidad y gestión de los mismos.
1. Los procesos selectivos de personal funcionario de carrera de cuerpos y escalas
de la Administración General del Estado, derivados de esta oferta de empleo público, se
realizarán de conformidad con la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o
acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
2. Las convocatorias que se publiquen derivadas de esta oferta de empleo público
se adecuarán a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de
noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las
convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y
militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo
público.
3. Las convocatorias deberán ser informadas favorablemente por la Dirección
General de la Función Pública.
Las mismas incluirán una previsión sobre la duración máxima de, al menos, la fase
de oposición del proceso selectivo, incluyendo que la celebración del primer ejercicio de
la citada fase tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a
partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio
de que pueda acordarse la ampliación de dicho plazo.
Cuando el órgano convocante remita a la Dirección General de la Función Pública las
respectivas convocatorias a efectos de que, por esta, se emita el informe indicado
anteriormente, las mismas deberán contener una referencia a la composición numérica,
distribuida por sexo, de los cuerpos y escalas o grupos de titulación objeto de la
correspondiente convocatoria.
4. El desarrollo de los diferentes procesos selectivos podrá ser coincidente en el
tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,

cve: BOE-A-2021-12608
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Núm. 179