III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-12594)
Resolución de 19 de julio de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del Servicio Web SECOPA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Martes 27 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 90631

Cuarta. Compromisos y actuaciones del INE en relación con las consultas a la Base de
Padrón Continuo.
En el marco de la colaboración prevista en el presente convenio, el INE se
compromete a:
a) Facilitar la integración de la Amtega en el SW del INE
b) Desarrollar el Servicio WEB que permita atender las consultas de la base de
datos de padrón a la Amtega.
c) Realizar las conexiones telemáticas necesarias, comprobando la firma del
emisor.
d) Devolver un fichero XML-Firmado por el certificado de servidor con los datos
devueltos por la consulta.
e) Disponer de un fichero de historial de consultas realizadas por cada usuario
(«log») que posibilitará el control de los accesos realizados y permitirá llevar a cabo
auditorias sobre los mismos.
f) Comunicar a la Amtega las irregularidades que observe en el acceso a los datos
del Padrón, solicitando la información adicional que considere necesaria. El INE podrá
suspender o limitar el acceso al Servicio Web si advirtiera anomalías o irregularidades en
los accesos o en el régimen de su control, hasta que queden completamente aclaradas o
la Amtega adopte las medidas que resulten procedentes.
Por el contrario, el INE, al no gestionar la elaboración del padrón municipal, no
asume ninguna responsabilidad en los casos en los que los domicilios recogidos en la
base de datos de padrón y los datos del habitante encontrado no se ajusten a la realidad,
ni podrá emitir certificaciones de los datos que se obtengan.
Quinta.

Actuaciones a desarrollar por la Amtega en relación con el acceso al Padrón.

A efectos de posibilitar la colaboración pretendida la Amtega iniciará las acciones
tendentes a:
a) Establecer el correspondiente procedimiento para la tramitación interna de los
accesos por parte de las unidades del sector público autonómico de Galicia, dentro de su
estructura organizativa.
b) Contar, con carácter previo a la plena efectividad de este Convenio, con una norma de
seguridad interna, que contendrán, como mínimo, la regulación de los siguientes aspectos:

c) Realizar la gestión de usuarios y de accesos, según las normas técnicas que se
acuerden entre el INE y la Amtega.
d) Facilitar el asesoramiento técnico e informático a los distintos usuarios.
e) Generar con los datos de las distintas peticiones un fichero XML que deberá ser
firmado por el correspondiente certificado del servidor.
f) Facilitar al INE, para su incorporación como tabla en su sistema y según las
normas que se indiquen, la relación de unidades del sector público autonómico de

cve: BOE-A-2021-12594
Verificable en https://www.boe.es

1. El órgano responsable de la gestión de usuarios y control y seguridad de los
accesos.
2. Personal facultado y condiciones de acceso.
3. Gestión de usuarios.
4. Control de usuarios y accesos al Servicio Web de Consulta de la base de datos
del padrón continúo gestionada por el INE.
5. Forma de documentación de la gestión de los usuarios.
6. Control periódico de acceso de los usuarios con motivación de los mismos.
7. Registro de incidencias, y de medidas adoptadas.
8. Régimen de responsabilidades y sanciones.