I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2021-12549)
Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Martes 27 de julio de 2021

Sec. I. Pág. 90441

apoyo técnico y político al presidente del Gobierno en asuntos relacionados con la
Política Económica.
2. La Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 contará con los siguientes
órganos con nivel orgánico de Subdirección General:
a) Unidad de Políticas Macroeconómicas y Financieras.
b) Unidad de Políticas Socio-Laborales.
c) Unidad de Seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. La persona titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 será
la enviada especial del presidente del Gobierno a las reuniones que a ese nivel de
enviados especiales tengan lugar en el G-20.
Artículo 10.

Secretaría de Estado de Comunicación.

1. Bajo la dependencia orgánica del presidente del Gobierno, e integrado en el
Comité de Dirección de la Presidencia del Gobierno, y bajo la dependencia funcional del
Ministro que asuma las funciones de Portavoz del Gobierno, a los efectos del ejercicio de
las mismas, existirá la Secretaría de Estado de Comunicación a quien le corresponde el
ejercicio de las siguientes funciones:
a) La coordinación de la política informativa del Gobierno y la elaboración de los
criterios para su determinación, así como el impulso y la coordinación de la política de
comunicación institucional del Estado.
b) La elaboración y difusión de los comunicados del Gobierno y de su presidente y
la reseña de las actividades del Consejo de Ministros.
c) La dirección de los servicios informativos de la Administración General del
Estado en España y en el extranjero.
d) Las relaciones con los medios de comunicación, así como el análisis de la
coyuntura nacional e internacional.
e) La organización de la cobertura informativa nacional, autonómica, internacional y
de medios digitales, de la actividad gubernamental.
f) La asistencia a las actividades y comparecencias públicas del presidente del
Gobierno, tanto en territorio nacional como en el extranjero.
g) El apoyo a la Comisión de publicidad y comunicación institucional, en el ejercicio
de las funciones que le atribuye el Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que
se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan
anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado.
h) La gestión de la comunicación ante situaciones de alerta nacional.
i) El análisis de la legislación vigente en materia informativa y la propuesta de
medidas para su mejora.

a) Departamento de Información Nacional.
b) Departamento de Información Internacional.
c) Departamento de Información Autonómica.
d) Departamento Digital.
4. Del Departamento de Información Nacional depende la Unidad de Información
Nacional, y la Unidad de Información Económica. Ambas con rango de Subdirección
General.
5. Del Departamento de Información Internacional depende la Subdirección General
de Información Internacional.

cve: BOE-A-2021-12549
Verificable en https://www.boe.es

2. El titular de la Secretaría de Estado de Comunicación se integrará en el Comité
de Dirección de la Presidencia del Gobierno.
3. Dependiendo directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación existirán
los siguientes Departamentos, cuyos titulares tendrán el rango de Director General: