III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-12426)
Orden APA/792/2021, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en I+D+i, en el ámbito de los Planes Nacionales de Acuicultura, para agrupaciones de entidades que realicen proyectos de investigación en esta materia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Sábado 24 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 89192
Criterio 4. Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta
completa.
a) Se valorará la definición, el contenido, la calidad, la originalidad y la adecuación
de las actividades a los objetivos propuestos: 0 a 13 puntos.
b) Se valorará la planificación, la disponibilidad de recursos, el cronograma
establecido, los indicadores de ejecución y de evaluación, el presupuesto detallado y
desglosado y costes ajustados: 0 a 12 puntos.
La valoración del Criterio 6 Fase 2 se incluirá en el informe de Fase 2, en el que se
calificará el proyecto sobre 25 puntos.
Criterio 5.
Interés de la actuación en el ámbito autonómico.
En la evaluación de este criterio se considerarán los siguientes aspectos:
a) Oportunidad estratégica de la actuación en el ámbito autonómico: se valorará
que la propuesta esté alineada con las estrategias definidas por las comunidades
autónomas para el desarrollo de la acuicultura: 0 a 13 puntos.
b) Impacto socioeconómico en el ámbito autonómico: se valorará que la propuesta
pueda contribuir a la creación de empleo y nuevas empresas acuícolas: 0 a 12 puntos.
La valoración del Criterio 4 Fase 2 se incluirá en el informe de Fase 2, en el que se
calificará la propuesta sobre 25 puntos, en función del grado de interés que tenga la
propuesta para las autoridades autonómicas competentes en acuicultura.
La puntuación media obtenida por cada proyecto en este criterio se calculará
dividiendo la puntuación total, obtenida del sumatorio de las valoraciones de las
comunidades autónomas, entre el número de comunidades autónomas que han valorado
cada proyecto.
Criterio 6.
Impacto sobre la actividad y competitividad de las empresas acuícolas.
En la evaluación de este criterio se considerarán los siguientes aspectos:
a)
Interés técnico y económico:
Valorándose el interés y la viabilidad técnica y económica que posee el proyecto
sobre la actividad de las empresas del sector: 0 a 10 puntos.
b)
Aportación de soluciones a los retos y mejora del posicionamiento:
La valoración del Criterio 5 Fase 2 se incluirá en el informe de Fase 2, en el que se
calificará la propuesta sobre 20 puntos, en función del grado de interés que tenga la
propuesta para las empresas acuícolas.
La puntuación media obtenida por cada proyecto en este criterio se calculará
dividiendo la puntuación total, obtenida del sumatorio de las valoraciones de las
asociaciones del sector, entre el número de asociaciones del sector que han valorado
cada proyecto.
Criterio 7.
Explotación de resultados esperados y orientación al mercado.
a) Se valorarán los Planes de difusión y actuaciones de transferencia: 0 a 15
puntos.
b) Se valorará la Incorporación de estudios de análisis y previsión de mercados: 0
a 5 puntos.
cve: BOE-A-2021-12426
Verificable en https://www.boe.es
Valorándose la justificación de la forma en que el proyecto aporta soluciones a los
retos productivos y de los mercados que se hayan identificado, y como ello puede
mejorar el posicionamiento de las empresas frente a competidores exteriores: 0 a 10
puntos.
Núm. 176
Sábado 24 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 89192
Criterio 4. Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta
completa.
a) Se valorará la definición, el contenido, la calidad, la originalidad y la adecuación
de las actividades a los objetivos propuestos: 0 a 13 puntos.
b) Se valorará la planificación, la disponibilidad de recursos, el cronograma
establecido, los indicadores de ejecución y de evaluación, el presupuesto detallado y
desglosado y costes ajustados: 0 a 12 puntos.
La valoración del Criterio 6 Fase 2 se incluirá en el informe de Fase 2, en el que se
calificará el proyecto sobre 25 puntos.
Criterio 5.
Interés de la actuación en el ámbito autonómico.
En la evaluación de este criterio se considerarán los siguientes aspectos:
a) Oportunidad estratégica de la actuación en el ámbito autonómico: se valorará
que la propuesta esté alineada con las estrategias definidas por las comunidades
autónomas para el desarrollo de la acuicultura: 0 a 13 puntos.
b) Impacto socioeconómico en el ámbito autonómico: se valorará que la propuesta
pueda contribuir a la creación de empleo y nuevas empresas acuícolas: 0 a 12 puntos.
La valoración del Criterio 4 Fase 2 se incluirá en el informe de Fase 2, en el que se
calificará la propuesta sobre 25 puntos, en función del grado de interés que tenga la
propuesta para las autoridades autonómicas competentes en acuicultura.
La puntuación media obtenida por cada proyecto en este criterio se calculará
dividiendo la puntuación total, obtenida del sumatorio de las valoraciones de las
comunidades autónomas, entre el número de comunidades autónomas que han valorado
cada proyecto.
Criterio 6.
Impacto sobre la actividad y competitividad de las empresas acuícolas.
En la evaluación de este criterio se considerarán los siguientes aspectos:
a)
Interés técnico y económico:
Valorándose el interés y la viabilidad técnica y económica que posee el proyecto
sobre la actividad de las empresas del sector: 0 a 10 puntos.
b)
Aportación de soluciones a los retos y mejora del posicionamiento:
La valoración del Criterio 5 Fase 2 se incluirá en el informe de Fase 2, en el que se
calificará la propuesta sobre 20 puntos, en función del grado de interés que tenga la
propuesta para las empresas acuícolas.
La puntuación media obtenida por cada proyecto en este criterio se calculará
dividiendo la puntuación total, obtenida del sumatorio de las valoraciones de las
asociaciones del sector, entre el número de asociaciones del sector que han valorado
cada proyecto.
Criterio 7.
Explotación de resultados esperados y orientación al mercado.
a) Se valorarán los Planes de difusión y actuaciones de transferencia: 0 a 15
puntos.
b) Se valorará la Incorporación de estudios de análisis y previsión de mercados: 0
a 5 puntos.
cve: BOE-A-2021-12426
Verificable en https://www.boe.es
Valorándose la justificación de la forma en que el proyecto aporta soluciones a los
retos productivos y de los mercados que se hayan identificado, y como ello puede
mejorar el posicionamiento de las empresas frente a competidores exteriores: 0 a 10
puntos.