III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-12382)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, para la construcción de la variante sur ferroviaria de Bilbao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88923

En particular, mediante esta Adenda se modifica el Convenio con el fin de:
− Prorrogar el Convenio de acuerdo a las previsiones del segundo párrafo del
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
− Reprogramar la distribución de anualidades prevista en el anexo I del Convenio
suscrito en 2017, sin que esto implique variación en el presupuesto total, para ajustarla a
los avances producidos en la ejecución del Convenio.
− Modificar la cláusula tercera, actualizando los plazos y condiciones que establece
para la redacción del proyecto constructivo de la plataforma para doble vía de la fase 1 y
para la redacción del estudio informativo de la fase 2.
− Actualizar la composición de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
octava, con la modificación de los representantes por parte de la Administración General
del Estado y Adif, para que todas las partes firmantes del Convenio puedan estar
representadas en la Comisión de Seguimiento.
− Se procede a actualizar en el texto del Convenio las referencias al Ministerio de
Fomento y al Ministerio de Hacienda y Función Pública por la actual denominación de
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Ministerio de Hacienda,
respectivamente, así como a eliminar del Convenio el término «de colaboración»,
adaptándolo a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
ACUERDAN
1.

Objeto

Mediante esta Adenda se modifica y prorroga el Convenio suscrito entre las partes
el 12 de julio de 2017 (BOE 11 de agosto de 2017).
Todas las cláusulas previstas en el Convenio suscrito con fecha 12 de julio de 2017
siguen vigentes, a excepción de aquellas que resulten contrarias a las estipulaciones
fijadas en la presente Adenda.
2. Modificación del título del Convenio
Se modifica el título del Convenio para adaptarlo a la nueva denominación del
Ministerio de Fomento y del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que han pasado a
denominarse Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Ministerio de
Hacienda, así como, la denominación «Convenio de colaboración» que pasa a ser
sustituida por la expresión «Convenio».
Asimismo, se modifican todas las referencias en el texto del Convenio a las
denominaciones «Ministerio de Fomento», «Ministerio de Hacienda y Función Pública y
«Convenio de colaboración», las cuales pasan respectivamente a ser sustituidas por las
expresiones «Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana», «Ministerio de
Hacienda» y «Convenio».
Modificación de la cláusula tercera del Convenio: Redacción de estudios informativos
y proyectos

Se modifica el segundo párrafo del apartado 3.1 de la cláusula tercera, que queda
redactado del siguiente modo:
«3.1 La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi se
responsabilizará de la redacción de los estudios informativos y proyectos
constructivos de plataforma para doble vía que más adelante se indican, bien,
directamente, o, indirectamente, a través de terceros, en cuyo caso ésta
Administración asumirá el ejercicio de todas las facultades precisas para la
redacción de los estudios y proyectos que, siendo competencia del Ministerio de

cve: BOE-A-2021-12382
Verificable en https://www.boe.es

3.