III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-12382)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, para la construcción de la variante sur ferroviaria de Bilbao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88922

Doña Isabel Pardo de Vera Posada, Presidenta de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF Q-2801660H, cargo para
el que fue nombrada por Real Decreto 735/2018, de 29 de junio, en el ejercicio de las
facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) del Estatuto de ADIF, aprobado
mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre.
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad para
formalizar la presente Adenda al Convenio y obligarse en los términos del mismo, y, a tal
efecto,
EXPONEN
I. Que, con fecha 12 de julio de 2017, el Ministerio de Fomento, el Ministerio de
Hacienda y Función Pública, la Administración General de la Comunidad Autónoma del
País Vasco y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) suscribieron un Convenio de Colaboración (en adelante, Convenio)
para la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, a través del cual se fijaban
las bases de cooperación para la encomienda a la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Euskadi (AGCAE) de la redacción de los estudios informativos
y proyectos de construcción de plataforma para doble vía, así como la contratación y
ejecución de las obras, la colaboración en la gestión administrativa de los expedientes
expropiatorios y las direcciones de obra y cualquier otro tipo de servicios que la
ejecución de estas requieran.
No resultaba objeto de encomienda la aprobación del proyecto de construcción, ni
afectaba a las funciones de supervisión y recepción de la obra.
II. Que, conforme determina el segundo apartado de la primera cláusula del
Convenio, las actividades objeto de este Convenio fueron posteriormente
encomendadas, por Acuerdo de Consejo de Gobierno Vasco de fecha 26 de julio
de 2017, al ente público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea.
III. Que el texto del Convenio, suscrito el 12 de julio de 2017, establecía en su
décima cláusula una vigencia de 4 años con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1.º del
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; no obstante, teniendo presente que la ejecución de las actuaciones que se
recogen en el mismo abarca un periodo superior de tiempo, las partes se comprometían
a tramitar con suficiente antelación al fin de dicha vigencia su necesaria prórroga, de
conformidad con lo previsto en el apartado 2.º del artículo 49.h) de la citada Ley.
IV. Que actualmente resulta preciso seguir trabajando en los términos fijados en el
Convenio suscrito el 12 de julio de 2017, y de esa forma seguir avanzando en la
definición de estudios y proyectos, para la ejecución de las obras indicadas en el texto
del Convenio referido.
V. Que el texto del Convenio prevé en su cláusula undécima que se procederá a la
modificación del Convenio cuando las circunstancias lo hagan necesario, previo acuerdo
de las administraciones y entidades firmantes, mediante la tramitación y suscripción del
correspondiente documento de modificación.
VI. Que la redacción de la cláusula octava del Convenio, sobre la composición de la
Comisión de Seguimiento y Coordinación de los proyectos, y Comisión Técnica, no
permite que todas las partes firmantes estén representadas en dicha Comisión de
Seguimiento, por lo que se estima conveniente su modificación al efecto.
Por todo lo anterior, se considera justificado modificar el Convenio de Colaboración
suscrito con fecha 12 de julio de 2017 entre el Ministerio de Fomento, el Ministerio de
Hacienda y Función Pública, la Administración General de la Comunidad Autónoma del
País Vasco y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, por el
que se determinan las bases de cooperación entre administraciones y entidades
firmantes para su ejecución por fases.

cve: BOE-A-2021-12382
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Núm. 175