III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-12380)
Resolución de 19 de julio de 2021, del Instituto de Turismo de España, O.A., por la que se publica el Convenio con Ryanair DAC, para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

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Tercera. Obligaciones y compromisos económicos.
El presupuesto de las acciones conjuntas de publicidad y marketing en medios de
pago asciende a 1.000.000 euros y será asumido por Turespaña y Ryanair a partes
iguales (500.000 euros cada uno).
En caso de proponerse acciones en medios propios, el presupuesto de las mismas
no podrá superar el 10 % del presupuesto total de la campaña, es decir 100.000 euros, y
será asumido por Turespaña y Ryanair a partes iguales (50.000 euros cada uno).
Todos los presupuestos establecidos son limitativos máximos e incluirán todos los
gastos y tributos.
El pago será tramitado por la Consejería de Turismo firmante del Convenio tras la
ejecución de las acciones previstas en el plan de medios y de acuerdo con el
seguimiento realizado en la cláusula séptima.
Cuarta.

Naturaleza de los compromisos económicos.

Las aportaciones económicas que se comprometen a realizar las partes estarán
orientadas exclusivamente a la promoción turística, quedando en principio excluidas del
ámbito de aplicación de la normativa relativa a ayudas de Estado. No obstante, si de la
firma del presente Convenio pudiera quedar afectada la competencia en este sentido, se
cumplirá con la normativa relativa a ayudas de Estado.
Quinta. Distribución temporal por anualidades e imputación del gasto.
La campaña por la parte de Turespaña será sufragada con cargo a su presupuesto,
aplicación presupuestaria 20.104.432A.640, proyecto de gasto 2021.20.104.0060, con la
siguiente distribución de anualidades:
Para las acciones en medios externos:
– Año 2021: 180.000 euros.
– Año 2022: 225.000 euros.
– Año 2023: 45.000 euros.
Para las acciones en medios internos:
– Año 2021: 20.000 euros.
– Año 2022: 25.000 euros.
– Año 2023: 5.000 euros.
Lo que hace el siguiente total por años:
– Año 2021: 200.000 euros.
– Año 2022: 250.000 euros.
– Año 2023: 50.000 euros.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo del
título preliminar del capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Séptima. Seguimiento.
Para garantizar la buena marcha de la ejecución del presente Convenio se constituirá
una Comisión Mixta de Seguimiento que se reunirá al menos una vez al mes.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por las partes firmantes, así como por
aquellas partes que se adhieran con posterioridad según la cláusula decimocuarta del
Convenio. Esta Comisión desarrollará el plan de medios referido en la Cláusula segunda

cve: BOE-A-2021-12380
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Naturaleza y régimen jurídico.