III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-12379)
Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de julio de 2021

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tiene el propósito de aumentar la eficiencia energética, capturar gases de escape para
almacenamiento o uso o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que
tales inversiones no den lugar a un aumento de la capacidad de procesamiento de
residuos de las plantas o en una extensión de la vida útil de la planta.
c) Actividades en las que la eliminación a largo plazo de desechos puede causar
daños a largo plazo al medio ambiente (por ejemplo, desechos nucleares).
5. Los conceptos de gasto, para ser considerados financiables, deberán detallarse
individualmente tanto en la memoria siguiendo el modelo que se establezca en la
correspondiente convocatoria, como en el cuestionario de solicitud. Asimismo, deberán
imputarse a la partida correspondiente en el cuestionario de solicitud.
Solo podrán considerarse financiables aquellos conceptos que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios,
con base en la descripción de las actuaciones aportada en la memoria de solicitud.
6. Son reglas aplicables a los conceptos de gasto financiable, las siguientes:
a) El equipamiento físico asociado al presupuesto financiable deberá ir provisto del
correspondiente marcado CE o declaración de conformidad y número de serie.
b) Los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano no serán
financiables.
c) Para los gastos de colaboraciones externas, consultoría o ingeniería, no se
podrán fraccionar las tareas que realice un mismo proveedor.
d) En el caso de que puedan existir operaciones con personas o entidades
vinculadas al beneficiario, entendiéndose estas conforme a lo dispuesto en el artículo 68
del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, sólo serán admisibles aquellas
inversiones que cuenten con autorización expresa por parte del órgano gestor y se
realicen de acuerdo con las condiciones normales de mercado, de conformidad con lo
establecido en el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) La adquisición de empresas no es financiable.
f) En ningún caso se consideran gastos financiables los impuestos indirectos
cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, según establece el
artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
g) Cuando el importe del gasto supere las cuantías que se establezcan en cada
momento en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el beneficiario
deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo
a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del
bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente
número de entidades que los realicen, presten o suministren.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación,
o, en su caso, en la solicitud, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía,
debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la
propuesta económica más ventajosa.
h) Respecto a los bienes inventariables, será de aplicación lo dispuesto en los
apartados 4 y 5 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
i) En ningún caso serán financiables los gastos financieros derivados del pago
aplazado de inversiones o de otros motivos, las inversiones en terrenos, locales y obra
civil, gastos de despliegue de infraestructuras para prestación de servicios, gastos de
promoción y difusión del proyecto.
j) Respecto a las subcontrataciones entendidas en los términos que define el
artículo 29.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deberá seguirse lo establecido en
la citada Ley.

cve: BOE-A-2021-12379
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Núm. 175