III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-12307)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Valenciana, por el que se aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional en el área profesional de Fabricación Cerámica de la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Jueves 22 de julio de 2021

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Todas las actividades del CRN se desarrollarán en el marco de la igualdad de
oportunidades, no discriminación, inclusión social, accesibilidad universal, gestión
medioambiental y desarrollo sostenible, seguridad y salud laboral.
Tercera. Evaluación.
Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional,
la evaluación de Plan de Actuación Plurianual, deberá realizarse una vez finalizado el
plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo
Anual, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.
Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerde por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo:
1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo Anual.
2) Niveles de cumplimento cualitativos de los objetivos marcados, como por
ejemplo, contenido de las acciones innovadoras, aplicación de las mismas, grado de
aceptación en otros centros de formación.
3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio
de actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de
comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus
actividades.
4) Valoración de CRN y de las actividades que lleva a cabo, por los participantes de
las mismas, en un doble plano:
i. En lo referente al contenido de su actividad innovadora, para lo que se valorará la
aplicación práctica en la docencia de las mismas, así como su viabilidad y proyección de
futuro.
ii. En lo referente a la actividad de difusión, a través de la participación de los
sectores implicados en la estructura del CRN, en la planificación de sus contenidos, así
como en su colaboración en las actividades del CRN, especialmente en el estudio,
creación y producción que redunden y/o complementen la misma.
iii. En su caso, las actividades formativas que realice.
5) Nivel de incorporación de las actividades de investigación e innovadoras a los
planes de estudio o itinerarios formativos dentro de la Comunidad Autónoma, así como
en otras Comunidades Autónomas. En este apartado se valorará, específicamente, el
grado de modificación que, en su caso, soporten los itinerarios formativos como
consecuencia de las actividades innovadoras ejecutadas por el CRN.
6) Cumplimiento y aplicación correctas de las subvenciones previstas en la
normativa aplicable, otorgadas por el Servicio público de Empleo Estatal, el Ministerio de
Educación y Formación Profesional y la Comunitat Valenciana.
7) Acciones en el ámbito exterior, especialmente en los foros relativos a la
formación profesional de personal adultas, mujeres, personas con algún tipo de
discapacidad y personas en riesgo de exclusión social.

El presente Convenio carece de contenido económico y no genera obligaciones ni
contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las cuales asumirán los
costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos corrientes.
Según se establece en los artículos 7.2 y 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15
de febrero, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Servicio Público de
Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo y Economía Social financiarán las actividades
contempladas en el Plan de Trabajo Anual que prevé la normativa de aplicación, a través
de subvenciones de concesión directa, condicionadas a la disponibilidad presupuestaria.

cve: BOE-A-2021-12307
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Aspectos económicos.